Artículo 50 de la Ley 19.880 (LBPA)
Qué dice el artículo
Artículo 50. Título. La Administración Pública no iniciará ninguna actuación material de ejecución de resoluciones que limite derechos de los particulares sin que previamente haya sido adoptada la resolución que le sirva de fundamento jurídico. El órgano que ordene un acto de ejecución material de resoluciones estará obligado a notificar al particular interesado la resolución que autorice la actuación administrativa.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de mayo de 2003 · promulgación: 22 de mayo de 2003 · Última modificación: 5 de febrero de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Cobro retroactivo de contribuciones a Compañía Puerto de Coronel por predio no enrolado
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de Compañía Puerto de Coronel: el predio omitido debía enrolarse con la retroactividad de los artículos 10 letra f) y 14 de la Ley 17.235, sin distinguir buena fe.
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Cobro retroactivo de patentes municipales a una sociedad educacional en Talca
Acoge la casación de la sociedad: la patente grava el ejercicio efectivo de la actividad lucrativa y la Municipalidad no acreditó que la sociedad la ejerciera en 2012, 2013 y 2014.
Se muestran los 10 más recientes de 18 fallos.
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