Contraloría General de la República · Educación
Estatuto Docente
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Estatuto Docente, del más reciente al más antiguo. Página 2.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre educación, que incluye Estatuto Docente, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre educaciónPronunciamientos
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El artículo 80 de la ley N° 21.306 permite postular al bono postlaboral de la ley N° 20.305 dentro del plazo extraordinario, aunque no se haya solicitado junto con la renuncia voluntaria. Se concluye que los exdocentes tienen derecho a percibirlo.
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La Contraloría concluye que el municipio debe calificar si la causa invocada por la docente para poner término anticipado a su relación laboral es justificada, aplicando la excepción del numeral 10 del artículo 2° de la ley N° 20.976, y si la aprueba, informar al MINEDUC para el pago de la bonificación.
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La Contraloría concluye que la bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.976 solo considera el tiempo trabajado en la municipalidad a la que se renuncia, sin sumar períodos en otros municipios, por lo que se ajustó a derecho el cálculo del SLEPH.
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La Contraloría concluye que docentes que se eximieron de evaluación docente antes de la ley N° 21.399 conservan el derecho a indemnización, pues este se devengó al cumplir la edad para jubilar en 2019. Ordena al Ministerio de Educación conceder el anticipo de subvención solicitado por la Municipalidad de Los Sauces.
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La Contraloría concluye que, excepcionalmente, los 353 docentes convocados por error antes de tiempo pueden usar el mejor resultado de su última evaluación para avanzar de tramo, pues un error administrativo no debe perjudicar a quienes actuaron de buena fe.
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La Contraloría concluye que la excepción del artículo vigésimo transitorio de la ley N° 20.903 solo aplica a quienes se incorporan a cargos técnico-pedagógicos desde el 25 de abril de 2019, no a quienes ya los ejercían antes, por lo que el recurrente no tiene derecho a la asignación reclamada.
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La Contraloría concluye que el docente no puede usar su resultado B de 2017, pues al rendir voluntariamente la prueba en 2021 rige su último resultado C; usar evaluaciones anteriores es una excepción solo autorizada expresamente, por lo que desestima su solicitud.
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La remuneración mínima de educadores diferenciales en educación de adultos depende del nivel en que trabajan, no del valor de educación especial. Contraloría concluye que a la recurrente le corresponde el valor de hora de enseñanza media y ordena al SLEP regularizar y informar.
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La Contraloría concluye que la labor de docente mentor es compatible con el cargo de funcionario de la JUNJI y debe remunerarse, aplicando una excepción a la regla general de incompatibilidad, debiendo el funcionario prolongar su jornada para compensar las horas no trabajadas.
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La Contraloría interpreta la ley N° 19.648 tras la reforma de la ley N° 21.399 y concluye que la titularidad docente beneficia a docentes de aula, técnico-pedagógicos y directivos, excepto directores y jefes DAEM, por ser cargos de reemplazo transitorio sujetos a concurso.
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La Contraloría concluye que no procede reconocer, para la asignación de experiencia ni para el componente de experiencia de la Asignación por Tramo, los desempeños docentes realizados en el extranjero por maestros del sector municipal, pues la ley solo computa servicios prestados en establecimientos educacionales del país.
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La asignación del artículo 88 C del Estatuto Docente debe incluirse en el cálculo de la remuneración bruta mensualizada del artículo 3º de la ley Nº 20.905, incluso si el trabajador no percibe remuneración o la recibe parcialmente. Contraloría comparte el criterio de la JUNJI.
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Los docentes de apoyo en aula financiados por la ley SEP realizan docencia de aula y, por tanto, deben ser evaluados en el Sistema de Reconocimiento y Promoción del Desarrollo Profesional Docente, sin que quepa excluirlos por carecer de titularidad de asignatura.
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La Contraloría concluye que los docentes pueden usar su feriado en una fecha distinta a la legal si coincide con un descanso maternal, hasta 15 días hábiles anuales, y aplica excepcionalmente este nuevo criterio a la consultante.
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La Contraloría rechaza la reconsideración del dictamen N° E219177, de 2022, confirmando que el plan anual de educación 2022 del SLEP de Colchagua no cumplió los requisitos del artículo 46 de la ley N° 21.040, por lo que los ceses docentes y de asistentes fundados en él no se ajustaron a derecho y deben regularizarse.