Contraloría General de la República · Control de la Contraloría
Toma de Razón y Actos Exentos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Toma de Razón y Actos Exentos, del más reciente al más antiguo. Página 13.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, que incluye Toma de Razón y Actos Exentos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaPronunciamientos
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La Contraloría toma razón del documento del Ministerio de Educación que aprueba el contrato de impresión de textos escolares 2026, con el alcance de que el pago debe hacerse en 30 días corridos desde la factura, sin condicionarlo a la entrega de antecedentes.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba una transferencia de recursos a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, 2025, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe considerarse la normativa presupuestaria sobre el plazo de rendición de cuentas.
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La Contraloría toma razón del documento que amplía las concesiones sanitarias de ECONSSA Chile S.A. para la Población Santa Antonia II, en Ovalle, con el alcance de que los actos administrativos deben individualizar a la autoridad firmante.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte lacustre en la región de Aysén, por la necesidad de mantener la conectividad del sector. Además, instruye a la Secretaría de Estado adoptar medidas para licitar con antelación y remitir oportunamente sus actos a toma de razón, dado el evidente retraso.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad referéndum N° 4 sobre el estudio de ingeniería de detalle "Construcción Conexión Vial Puerto Varas – Llanquihue", precisando que dicho convenio es de 9 de agosto de 2025 y no de la fecha indicada en el primer resuelvo de la resolución.
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La Contraloría toma razón de la resolución que dispone una transferencia y fija condiciones de rendición de recursos al Ejército, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la transferencia solo puede efectuarse desde la total tramitación del acto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que dispone la transferencia de recursos al Ejército de Chile, por ajustarse a derecho, con el alcance de que solo puede efectuarse desde la total tramitación del acto.
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La Contraloría no da curso a la resolución del Instituto de Salud Pública que aprueba las bases de una licitación de equipos de laboratorio, por múltiples infracciones a la normativa de compras públicas, y representa el acto administrativo.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba la liquidación final del contrato del Embalse Caritaya, pues no se justifica el traspaso del saldo de retenciones sin canjear; ordena al Ministerio regularizar la restitución de esas sumas a la brevedad.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de contact center de la Subsecretaría de Salud Pública, con alcances sobre el cómputo del plazo, el término anticipado por inhabilitación, el trámite de orden de facturación y la imputación presupuestaria.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el Reglamento de Premios por Logros Deportivos, con alcances: la mención al "procedimiento de pago excepcional" debe entenderse referida al de los incisos finales del artículo 10, y corrige el número de un oficio citado.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una modificación al convenio de transferencia con el FOSIS, por ajustarse a derecho, aunque con el alcance de que la ampliación de plazo consta en otra resolución distinta de la citada.
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La Contraloría toma razón del documento que declara la caducidad de la concesión de acuicultura, con el alcance de que la resolución anterior que declaró esa misma caducidad no produjo efectos por haber sido retirada sin tramitar.
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La Contraloría toma razón de la resolución del Fondo Nacional de Salud que aprueba un aumento de contrato para prestaciones de hemodiálisis, con alcances: deberá ponerse término anticipado al contrato si se inhabilita al proveedor para contratar con el Estado y, en lo sucesivo, indicarse el monto imputado al presupuesto del año en curso.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con la Universidad Adolfo Ibáñez para externalización docente en la FACH, con alcances: el cobro de la garantía procede solo por causales imputables al contratista, y deben corregirse el "entre otros" y errores de remisión y cita legal.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de comunicaciones del Registro Civil, con alcances: debe preverse el término anticipado por inhabilitación para contratar, precisarse las características de los equipos y corregirse ciertas cláusulas.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el contrato directo del MINVU con Esri Chile SpA, con alcances: debe preverse el término anticipado si se inhabilita al proveedor y cobrarse la garantía solo por las causales específicas del contrato.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el aumento del contrato de hemodiálisis y peritoneodiálisis, con alcances: deberá ponerse término anticipado al contrato si se imponen al proveedor las penas de inhabilitación previstas, e incorporarse en lo sucesivo el monto imputado al presupuesto del año.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el aumento del contrato de hemodiálisis con Davita Chile S.A., con alcances: deberá preverse el término anticipado si se imponen penas de inhabilitación, y el servicio debe mejorar la estimación de montos y remitir oportunamente los convenios a control preventivo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia tipo del Concurso Núcleos Milenio en Ciencias Sociales 2025, con alcances: el plazo de ejecución debe ajustarse a las bases y las cuotas segunda y tercera exigen rendir antes todos los fondos transferidos.
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La Contraloría toma razón del documento que autoriza la licitación y aprueba sus bases, con el alcance de que la garantía de seriedad se devuelva al suscribirse el contrato y no tras la total tramitación del acto aprobatorio.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la renovación del contrato de arriendo del parque computacional, con alcances: deberá terminarse anticipadamente si se inhabilita al proveedor, e incorporarse en lo sucesivo el monto imputado al presupuesto del año.
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La Contraloría toma razón de la resolución del Servicio Agrícola y Ganadero que aprueba un contrato por trato directo con MSLI LATAM INC., con alcances: debe consignarse la causal del artículo 72 del reglamento, preverse el término anticipado en los casos legales señalados y, en lo sucesivo, indicarse el monto imputado al presupuesto.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba bases administrativas tipo para infraestructura sanitaria, porque elaborar formatos generales corresponde a la Subsecretaría de Salud y no a cada servicio de salud.
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La Contraloría no da curso a la resolución de la CONADI que aprueba el financiamiento para adquirir predios para Inés del Carmen Lemún Saavedra, porque ese gasto no se ajusta al Fondo de Tierras y Aguas Indígenas ni a su imputación presupuestaria, y debe gestionarse como compensación por daños.
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La Contraloría no da curso a la resolución que aprueba las bases para adquirir un microscopio para el Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros, porque el informe del artículo 31 del decreto N° 661, de 2024, omite el análisis de precio y costos del bien. Además, formula diversas observaciones al pliego de condiciones.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con EMTEC Chile S.A. para adquirir 684 equipos computacionales, por ajustarse a derecho, con alcances: corrige la referencia al decreto N° 114 de 2025 y precisa que el pago se imputa a la cuenta contable N° 214-05.
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La Contraloría no da curso al instrumento que adjudica la obra, porque falta justificar la gran diferencia entre el presupuesto oficial y el monto adjudicado. Requiere al servicio una explicación detallada y documentada, e informar sobre las medidas del oficio N°E180671.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que adjudica el contrato "Ampliación Edificio MOP Atacama", porque faltan los decretos de destinación de dos inmuebles fiscales y el certificado de factibilidad eléctrica está vencido.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio tipo FONDEQUIP 2025, con alcances: corregir el plazo de reintegro a sesenta días, designar contrapartes técnicas, incluir la imputación presupuestaria y ajustar la restitución por término anticipado.
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La Contraloría toma razón del documento que regulariza la prestación del servicio ferroviario Corto Laja, autoriza su pago y contratación directa y aprueba el contrato de subsidio, con alcance: el Ministerio debe emitir oportunamente los actos que aprueben convenios, lo que ocurrió con evidente retraso.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de subsidio con SUGAL Chile Limitada, por ajustarse a derecho, con el alcance de que se pueden reconocer gastos anticipados desde la fecha de comunicación de la decisión aprobatoria.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la renovación del contrato entre la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y Axity Chile S.p.A., con el alcance de que el pago total solo procede si el contrato no se extingue antes de los doce meses, y de ser así, será proporcional a los servicios prestados.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la renovación del contrato entre la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y Axity Chile S.p.A., con el alcance de que el pago total solo procede si el contrato no termina antes de los doce meses, y de ser así, será proporcional a los servicios prestados.
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La Contraloría se abstiene de tomar razón del acto que regulariza el pago a un proveedor por prestaciones médicas 2023-2025, por estar exento de ese trámite según la resolución N° 36 de 2024, sin perjuicio de los controles de reemplazo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia 2025 entre el Consorcio Técnico Red Agroclimática y la Subsecretaría de Agricultura, con alcances sobre la publicación de información, las rendiciones de cuentas y la identificación del decreto de nombramiento del Subsecretario.
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La Contraloría toma razón de la resolución que autoriza y aprueba el convenio de colaboración y transferencia de recursos con la Municipalidad de Chillán para el Programa Habilidades Para La Vida III, 2025-2026, por ajustarse a derecho, con alcances sobre el plazo de rendición de cuentas, la redistribución de recursos, el anexo faltante y la imputación presupuestaria futura.
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La Contraloría toma razón del documento que elimina el carácter "Especial" de la Unidad Penal de Til-Til, con el alcance de que ello no limite las atribuciones de Gendarmería para resguardar la integridad y salud de los internos adultos mayores, conforme a la normativa y tratados vigentes.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato con Fibra Limitada, con alcances: el plazo de pago de facturas corre desde su recepción, y la autoridad debe velar por renovar las garantías antes de su vencimiento.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Programa Oceánico Nacional, con alcances: sus objetivos no son normativos y deben sujetarse a la ley y al presupuesto, sus plazos son referenciales y debe constar el informe del artículo 37 bis de la ley N° 19.880.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la modificación del convenio de subsidio con la Fundación para la Revolución Tecnocreativa, por ajustarse a derecho, con el alcance de que CORFO debe evitar rendir gastos vinculados a la causa RIT C-1454-2023.
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La Contraloría no da curso a la resolución de la Subsecretaría de Salud Pública que aprueba las bases de esa licitación, por múltiples infracciones a la ley N° 19.886 y al decreto N° 661, de 2024, en materia de evaluación, registro de proveedores, plazos, vigencia y término anticipado.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica el decreto N° 127, de 2019, de Defensa, sobre carrera de la gente de mar, con alcances e instrucciones sobre errores de referencia, la resolución N° 7, enmiendas sin timbre y espacios en blanco.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza lo obrado y aprueba el convenio que modifica el contrato de asesoría técnica de esa obra, aunque instruye a la Dirección adoptar medidas para que los actos que aprueben convenios se dicten oportunamente, dado el evidente retraso.
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La Contraloría no da curso al instrumento que regulariza lo obrado y aprueba los convenios ad-referéndum del estudio de caracterización, por falta de antecedentes técnicos que justifiquen las prórrogas y por no asegurar la continuidad del servicio durante el feriado del Inspector Fiscal.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de transferencia de recursos entre CORFO y CODESSER para el proyecto "Dora Season 3", por ajustarse a derecho. Con el alcance de que las modificaciones a dicho convenio deberán sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de transferencia de recursos entre CORFO y CODESSER para el proyecto "Mis Muertos Tristes", por ajustarse a derecho. Como alcance, las modificaciones a ese convenio deberán sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de transferencia de recursos entre CORFO y CODESSER para el proyecto "La Vida Padre", por ajustarse a derecho. Con el alcance de que sus modificaciones deberán sancionarse mediante acto administrativo afecto a toma de razón.
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La Contraloría representa el decreto que modifica un convenio de transferencia entre la Subsecretaría de Energía y la Agencia Chilena de Eficiencia Energética, porque no se remitieron los antecedentes solicitados para su estudio, incumpliendo el artículo 9° de la ley N°10.336 y la resolución N°36 de 2024.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el Plan de Recuperación, Conservación y Gestión del Zorro Chilote o de Darwin, con alcances: su contenido no es normativo y las instituciones responsables no pueden exceder sus atribuciones legales al implementarlo.