Contraloría General de la República · Control de la Contraloría
Toma de Razón y Actos Exentos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Toma de Razón y Actos Exentos, del más reciente al más antiguo. Página 40.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, que incluye Toma de Razón y Actos Exentos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaPronunciamientos
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La Contraloría no dio curso al instrumento que regulariza y aprueba el convenio N° 3 del estudio de ingeniería, porque faltan antecedentes técnicos que fundamenten las variaciones y no se transcribieron íntegramente los anexos exigidos.
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El tema principal es si un secretario regional ministerial debe presentar declaración de intereses y patrimonio aunque su nombramiento fue representado. Se concluye que sí correspondía, pues ejerció como funcionario de hecho y sus actuaciones fueron válidas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación de la asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Ruta 66, con alcances por su dictación tardía, errores formales e inconsistencias, e instruye emitir oportunamente los actos administrativos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio modificatorio N° 3 del estudio de ingeniería, aunque observa su evidente retraso y le instruye emitir oportunamente los actos administrativos, con información precisa y anexos legibles.
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La Contraloría no da curso al instrumento que deja sin efecto una resolución y regulariza y aprueba los convenios ad-referéndum N°5, su adenda, N°6 y N°7 sobre la Ruta N°114, pues los antecedentes no superan todas las observaciones del oficio de representación.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos 2024 a la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana para el "Programa Curadurías", con alcances: la transferencia solo procede desde la total tramitación del acto y el reintegro alcanza recursos no rendidos, observados o no ejecutados.
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La Contraloría toma razón del instrumento que amplía las concesiones sanitarias de la empresa para el sector Quilacoya, en Temuco, pero hace presente que el decreto N° 203, de 2015, del Ministerio de Economía es afecto, y no como allí se indica.
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La Contraloría toma razón del instrumento que modifica el contrato de concesión del Embalse Convento Viejo II Etapa, entendiendo que ratifica una transacción que extiende en siete años el plazo máximo de la concesión, y precisa que un oficio del Consejo de Defensa del Estado no constituyó la aprobación de dicho acuerdo.
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La Contraloría no da curso al instrumento que regulariza lo obrado y aprueba un convenio para obras de control de erosión en San Alfonso, pues la Dirección no justificó por qué no aplicó el Reglamento para Contratos de Obras Públicas, tratándose de obras, y la empresa no está inscrita en el Registro de Contratistas del MOP.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos a la Corporación de Asistencia Judicial de Tarapacá y Antofagasta para el "Programa Curadurías" 2024, con alcances: la transferencia solo procede desde la total tramitación del acto y el reintegro alcanza recursos no rendidos, observados o no ejecutados.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos a la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío para el "Programa Curadurías" 2024, con alcances: la transferencia solo procede desde la total tramitación del acto y el reintegro abarca recursos no rendidos, observados y/o no ejecutados.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos a la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso para el Programa Curadurías 2024, con alcances: la transferencia solo procede desde la total tramitación del acto y el reintegro alcanza recursos no rendidos, observados o no ejecutados.
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La Contraloría no da curso al decreto que amplía las concesiones sanitarias de ESSBIO S.A. en Pichilemu, porque los antecedentes no subsanan todas las observaciones: faltan acreditaciones sobre derechos de agua, informe de calidad, programa de desarrollo y compatibilidad con el Plan Regulador.
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La Contraloría toma razón de la resolución que autoriza trato directo y aprueba contrato de arriendo de maquinaria, por tratarse de una regularización de servicios ya ejecutados, con alcances sobre precisión de sectores, contenido contractual y errores formales.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de la licitación de ayudas técnicas auditivas de JUNAEB, con alcances: precisar inhabilidades del artículo 35 quáter, exigir vigencia de la unión temporal según el contrato y corregir el presupuesto referencial.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el pago de indemnización por gastos directos en el contrato de obra citado, pues no se acreditaron los requisitos reglamentarios del artículo 138, al faltar detalle de los días de atraso y los programas de trabajo en formato Project.
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La Contraloría toma razón del documento que transfiere fondos a la cuenta bancaria seis del Sistema de Transporte Público de Pasajeros de Santiago, teniendo presente que la resolución que aprueba la modificación contractual aún está en trámite de control preventivo.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la transferencia de recursos para el funcionamiento de la Junta Nacional de Bomberos de Chile y organismos dependientes para 2024, por estar ajustado a derecho, con los alcances sobre el reintegro de recursos no rendidos, observados o no ejecutados y los deberes de publicidad.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la transferencia de recursos para capacitación de Bomberos de Chile 2024, por estar ajustado a derecho, con alcances sobre el reintegro de recursos no rendidos, observados o no ejecutados y sobre los deberes de publicidad.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la transferencia de recursos para capacitación de Bomberos de Chile 2024, por estar ajustado a derecho, con alcances sobre el reintegro de recursos no rendidos, observados o no ejecutados y sobre los deberes de publicidad.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la transferencia de recursos para importaciones y compromisos en moneda extranjera de los Cuerpos de Bomberos de Chile para 2024, con alcances sobre el reintegro de recursos no rendidos, observados o no ejecutados y sobre los deberes de publicidad.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la transferencia de recursos para los Cuerpos de Bomberos de Chile 2024, por ajustarse a derecho, con alcances sobre el reintegro de recursos no rendidos, observados o no ejecutados y sobre los deberes de publicidad.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la transferencia de recursos para gastos de operación de Cuerpos de Bomberos 2024, por estar ajustado a derecho, con alcances sobre el reintegro de recursos no rendidos, observados o no ejecutados y sobre los deberes de publicidad.
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La Contraloría toma razón del documento del Ministerio de Bienes Nacionales que autoriza la transferencia gratuita de un inmueble fiscal al Serviu Metropolitano, por ajustarse a derecho, aunque con el alcance de que se omitió ordenar su registro en ese ministerio.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato por trato directo entre la Subsecretaría de Redes Asistenciales y CONIN, al ajustarse a derecho, con el alcance de que regulariza prestaciones iniciadas antes de su suscripción.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una enmienda al contrato N°25/2019, por ajustarse a derecho, con el alcance de que dicho acto está afecto a toma de razón y no exento como indica su título.
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La Contraloría toma razón de la resolución que autoriza el trato directo y aprueba el contrato de arriendo de maquinaria, con alcances: corrige la referencia normativa (artículo 10 N° 3, no N° 7 letra f) y errores en la individualización del ítem II y en los plazos.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba una transferencia de fondos a la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, con el alcance de que la Subsecretaría debe arbitrar medidas conforme a la resolución N° 30, de 2015, sobre rendición de cuentas.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de una licitación privada, con alcances: las referencias al apartado 3.6.5 deben entenderse al 3.6.4 y se advierte la numeración 3.6.3 repetida.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza y aprueba el convenio de arriendo de maquinaria, precisando que su ejecución y pago se rigen por la ley N° 19.886 y no por el reglamento de Obras Públicas, y que las multas no se descuentan de las facturas.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos a la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso para 2024, con alcances: la transferencia solo procede desde la total tramitación del acto y el reintegro abarca recursos no rendidos, observados o no ejecutados.
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La Contraloría toma razón del decreto que transfiere recursos a la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío para 2024, con alcances: la transferencia solo procede desde la total tramitación del acto y el reintegro se rige por la ley de Presupuestos 2024.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza y aprueba el convenio de arriendo de maquinaria, precisando que se rige por la ley N° 19.886 y no por el reglamento de obras públicas, y que las multas no se descuentan de las facturas.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos a la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, con alcances: la transferencia solo procede desde la total tramitación del acto y el reintegro abarca recursos no rendidos, observados o no ejecutados.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba la transferencia de recursos a la Corporación de Asistencia Judicial de Tarapacá y Antofagasta, 2024, con alcances: solo puede ejecutarse desde la total tramitación del acto y el reintegro abarca recursos no rendidos, observados y/o no ejecutados.
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La Contraloría toma razón del decreto que establece medidas tributarias para las comunas afectadas por los incendios en Valparaíso, por ajustarse a derecho, con el alcance de que, en el supuesto del resuelvo N° 3, deberá dictarse un nuevo acto administrativo que regule la materia.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de reposición de la Ruta 5, por omitir antecedentes esenciales y presentar errores en estados de pago, multas y retenciones.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba el término anticipado del contrato de obra por falta de antecedentes que justifiquen la causal invocada, y ordena remitir la documentación detallada para respaldarlo.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia 2024 entre la Subsecretaría de Agricultura y CIREN, con alcances: no se autorizó la subcontratación de actividades ajenas al objeto principal y deben publicarse en los sitios electrónicos institucionales.
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La Contraloría toma razón del convenio de transferencia 2024 entre la Subsecretaría de Agricultura e INIA, con alcances: no se autorizó la subcontratación de actividades ajenas al objeto principal y ambos deben publicar en sus sitios electrónicos.
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La Contraloría no dio curso al decreto que declara zona de escasez hídrica a la provincia de Llanquihue, porque la única estación que cumple los criterios de sequía severa solo representa a la comuna de Cochamó, no a toda la provincia.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de colaboración y transferencia de recursos con la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso para el "Programa Mi Abogado", por ajustarse a derecho, con el alcance de que las entidades receptoras deben reintegrar los recursos directamente a rentas generales de la Nación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio de colaboración y transferencia entre la Subsecretaría de Justicia y la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana para el Programa "MI Abogado", por estar ajustado a derecho, con el alcance de que la restitución de caudales debe hacerse directamente a rentas generales de la Nación.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el presupuesto 2024 de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, por ajustarse a derecho, con el alcance de que en lo sucesivo el acto contenga solo esa aprobación y los respaldos vayan en instrumento separado.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de colaboración y transferencia de recursos con la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío para el "Programa Mi Abogado", por ajustarse a derecho, con el alcance de que la restitución de caudales debe hacerse directamente a rentas generales de la Nación.
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La Contraloría toma razón del decreto que aprueba el convenio de transferencia de recursos con la Corporación de Asistencia Judicial de Tarapacá y Antofagasta para el "Programa Mi Abogado", por ajustarse a derecho, con el alcance de que la restitución de caudales debe hacerse directamente a rentas generales de la Nación.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de conservación vial, por faltar antecedentes sobre personal mínimo, exigencias técnicas de seguridad vial, respaldo de una multa y diferencias en el estado de pago N° 1.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría, porque faltan antecedentes esenciales para verificar el término del trabajo y el cumplimiento de las obligaciones de la consultora.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras de baterías de pozos, por observaciones: falta de antecedentes sobre personal, bitácoras, informes, seguros, protocolos y pagos, multa no cursada e identificación incompleta de pozos operados.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de mejoramiento de la ruta T-775, por observaciones a los estados de pago, antecedentes faltantes y demoras injustificadas.