Protección a la Maternidad y Sala Cuna
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Protección a la Maternidad y Sala Cuna, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Protección a la Maternidad y Sala Cuna, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Protección a la Maternidad y Sala CunaTemas de Protección a la Maternidad y Sala Cuna
Pronunciamientos
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ORD. N°742 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado por el Estado; Se autoriza a pagar a la trabajadora Sra. XXXXXXXX un bono compensatorio del beneficio de sala cuna.
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ORD. N°727 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado; Se autoriza el pago de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se otorgue aquel derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, que la localidad de Panguipulli, no cuenta con establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorizaci
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ORD. N°728 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Establecimiento sin autorización del estado; Se autoriza el pago de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se otorgue aquel derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, que la localidad de Panguipulli, no cuenta con establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autoriz
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ORD. N°703 Obligación del Empleador; Permiso y facilidad para ausentarse de sus labores, para sufragar o excusarse de participar a los trabajadores; Proceso eleccionario; Proceso elecciones Alcaldes, Concejales, Gobernadores Regionales y Consejeros Regionales; Informa doctrina referida a la obligación de los empleadores de otorgar a sus trabajadores el permiso y facilidades de ausentarse de sus labores, para concurrir a sufragar o excusarse de participar en el proceso eleccionario que se realiz
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ORD. N°702 Elecciones municipales y regionales, Días 26 y 27 octubre 2024; Sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos; Trabajadores Sector Minero; Permiso para sufragar y excusarse; El empleador está obligado a otorgar a los trabajadores afectos a un sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos, en una faena minera ubicada a más de 200 Km. del lugar de votación, un permiso de a lo menos tres horas para ausentarse de sus labores, con el objeto d
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ORD. N°694/27 Estatuto de Salud; Permisos sin goce de remuneraciones; Ley N°21.308; Requisitos; 1.- Los permisos sin goce de remuneraciones del personal regido por la Ley N°19.378 que se desempeña en una Corporación Municipal deben ser otorgados o denegados en los términos expuestos en el presente oficio. 2.-Los requisitos exigidos por la Ley N°21.308 para que el personal regido por la Ley N°19.378 que se desempeña en una Corporación Municipal pase de estar contratado a plazo fijo a estarlo de
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ORD. N°668 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono Compensatorio; Licencia Médica por enfermedad común Madre; La circunstancia que aquejaría a la madre trabajadora como es su licencia médica por enfermedad común, en ningún caso puede significar un cese automático de la obligación del empleador de pagar el bono compensatorio de sala cuna, debiendo aquel continuar cumpliendo con su obligación ante tal evento.
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ORD. N°678 Feriado Legal; Descanso de Maternidad; Profesional de la Educación; Establecimiento Educacional Particular Pagado; El profesional de la educación cuyo descanso de maternidad coincidió con el periodo de interrupción de las actividades escolares establecido en el artículo 74 del Código del Trabajo, no le asiste el derecho para impetrar el feriado en otra época del año.
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ORD. N°656/24 Ley N°21.693, modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema electoral y realizar elecciones municipales y regionales; Días 26 y 27 octubre de 2024; Feriado Obligatorio domingo 27/10/2024, para las y los trabajadores comprendidos en el artículo 38 N°7 del Código del Trabajo; Permiso para sufragar o excusarse y cumplir funciones de Vocal de Mesa, Colegio Escrutador o Delegado Junta Electoral; 1) El sábado 26 de octubre de 2024, fecha en que se da inicio al proceso
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ORD. N°653 Fuero Maternal; Contrato de Trabajo a Plazo Fijo; Autorización judicial previa; La ley prohíbe que el empleador ponga término al contrato de trabajo de la trabajadora amparada por fuero maternal salvo que en forma previa hubiere obtenido la respectiva autorización judicial, la que procederá respecto de los causales de término establecidas en los artículos 159 numerales 4 y 5 y 160, ambos del Código del Trabajo.
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ORD. N°588 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado por el Estado; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de
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ORD. N°577 Permiso; Exámenes médicos preventivos; Los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a medio día de permiso, una vez al año, para someterse a exámenes tales como mamografía y próstata, así como también otros exámenes de medicina preventiva, como el papanicolau, y no medio día de permiso por cada examen preventivo.
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ORD. N°568 Protección a la Maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Inexistencia establecimiento con autorización del Estado; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna
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ORD. N°569 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Autorización de funcionamiento del Estado; Reconsidera Ordinario N°1190 de 28.08.2023, declarando que se autoriza el pago del bono compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezc
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ORD. N°563 Protección a la Maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Inexistencia establecimiento con autorización del Estado; Se deniega la solicitud de reconsideración del Ordinario N°173 de 11.03.2024, de esta Dirección, por encontrarse ajustado a derecho, sin que su presentación haya aportado nuevos antecedentes que permitan variar la conclusión arribada en aquel.
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ORD. N°561 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Monto; No resulta jurídicamente procedente autorizar a las partes el pago de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo, porque el monto ofrecido por el empleador no satisface los gastos que supone la atención de un menor en establecimiento de esa naturaleza.
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ORD. N°550 Protección a la maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia establecimiento autorizado por el Estado; Se autoriza el pago del bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Pang
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ORD. N°549 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Monto; El acuerdo celebrado por las partes sobre el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna que cubra las necesidades de atención, cuidado y resguardo de un menor de dos años cuando este por razones de salud no puede asistir a una sala cuna debe ajustarse a los criterios y parámetros definidos por la doctrina de este Servicio, lo que implica que su monto debe ser equivalente o compensatorio de los gastos que irrogar
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ORD. N°538 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado del Estado; Se autoriza el pago del bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Quinter
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ORD. N°537 Protección a la Maternidad, paternidad y vida familiar; Informa lo que indica acerca de presentación ante la Contraloría Regional Metropolitana de Santiago.
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ORD. N°506 Trabajadores de Jardines Infantiles VTF; Junta Nacional de Jardines Infantiles; Feriado; Licencia Médica; Al personal que se desempeña en establecimientos de educación parvularia financiados mediante transferencia de fondos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que, durante el período de receso o suspensión de actividades establecido en la Ley N°20.994, ha hecho uso de licencia médica o descanso maternal no le asiste el derecho a impetrar el beneficio del feriado en otra época d
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ORD. N°507 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado del Estado; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Pa
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ORD. N°509 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado del Estado; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Pa
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ORD. N°510 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado del Estado; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Pa
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ORD. N°508 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia establecimiento autorizado por el Estado; Se autoriza el pago un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se otorgue aquel derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, que la localidad de Panguipulli, no cuenta con establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o
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ORD. N°512 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia establecimiento autorizado por el Estado; Se autoriza el pago un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se otorgue aquel derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, que la localidad de Retiro, no cuenta con establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autor
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ORD. N°515 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento sin autorización del Estado; Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que las localidades en donde la madre reside y trabaja no cuentan con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.
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ORD. N°504 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia Establecimiento autorizado del Estado; Se autoriza el pago un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se otorgue aquel derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, que la localidad de Panguipulli no cuenta con establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o aut
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ORD. N°417 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia de Sala cuna autorizada por el Estado; Se autoriza el pago del bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Panguipu
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ORD. N°410 Contrato Individual de Trabajo; Modalidad Trabajo remoto; Alerta Sanitaria; Código del Trabajo, artículo 206 bis; No resulta aplicable la modalidad de trabajo remoto contemplada en el artículo 206 bis del Código del Trabajo, como consecuencia de la dictación del Decreto N°13 de 20.03.2024, que ha declarado alerta sanitaria para las regiones que indica y la modifica el Decreto N°28 de 01.09.2023, ambos del Ministerio de Salud, por las razones expuestas en el cuerpo de este informe.
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ORD. N°395 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Atiende presentación acerca de la procedencia del pacto de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna en las circunstancias que indica.
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ORD. N°376 Protección a la Maternidad, paternidad y vida familiar; Trabajo a distancia o Teletrabajo; Trabajadores con responsabilidades familiares; 1.Este Servicio se encuentra habilitado para verificar en terreno los incumplimientos de los empleadores en el marco del procedimiento previsto por el artículo 152 quáter O ter del Código del Trabajo, ante la ausencia de respuesta del empleador, el rechazo injustificado de la propuesta de la persona trabajadora, o la falta de respuesta, así como tam
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ORD. N°367 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Establecimiento sin autorización del Estado; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna en la comuna de Panguipull
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ORD. N°366 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Establecimiento sin autorización del Estado; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe.
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ORD. N°348 Elecciones Primarias 09.06.2024; Candidatura Alcaldes y Gobernadores Regionales; Feriado Obligatorio; Trabajadores del Comercio; Código del Trabajo, artículo 38 N°7; Permiso para Sufragar; Permiso para cumplir funciones de Vocal de mesa, miembro Colegio Escrutador o Delegado de la Junta Electoral; 1) El domingo 9 de junio de 2024, fecha en que debe efectuarse el proceso de elecciones primarias de candidatos a Alcaldes y Gobernadores Regionales, constituye feriado obligatorio para los
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ORD. N°339/18 Protección a la Maternidad, paternidad y vida familiar; Trabajo a distancia o Teletrabajo; Ley N°21.645; Complementa Dictamen N°67/1 de 26.01.2024; 1) En el marco del procedimiento previsto en el artículo 152 quáter O ter del Código del Trabajo, la ausencia de respuesta del empleador conlleva un incumplimiento de su obligación legal, toda vez que el legislador no contempla dicha alternativa dentro del procedimiento establecido. De igual forma, la respuesta del empleador fuera del p
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ORD. N°332 Protección a la Maternidad, paternidad y vida familiar; Trabajo a distancia o Teletrabajo; Ley N°21.645; A la Corporación Nacional Forestal le son aplicables las disposiciones de la Ley N°21.645, que Modifica el Título II del Libro II del Código del Trabajo "De la protección a la maternidad, paternidad y vida familiar" y regula un régimen de trabajo a distancia y teletrabajo en las condiciones que indica, cuyo sentido y alcance fue fijado por esta Dirección en el Dictamen N°67/1, de 2
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ORD. N°281 Estatuto de Salud; Aviso Término de contrato; Permisos con goce de remuneración; Feriado Proporcional; 1.-En el sistema de Atención Primaria de Salud Municipal la Corporación Municipal no está obligada a dar aviso anticipado del término del contrato de trabajo de plazo fijo sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio. 2.-El Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal no ha contemplado la procedencia del pago de la indemnización del feriado por no uso del beneficio ni el p
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ORD. N°252 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia de Sala cuna autorizada; Resulta jurídicamente procedente autorizar a las partes el pago de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de alguna de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna autorizada que ofrezca el servicio de sala cuna
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ORD. N°247 Protección a la Maternidad y la Paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral; Sala Cuna; Bono compensatorio; Inexistencia de sala cuna autorizada; Se autoriza el pago de los bonos compensatorios del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo y se mantengan las condiciones descritas en el presente informe, esto es, ausencia de sala cuna particular autoriz
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ORD.N°202 Programa Desarrollo Profesional Docente; Remuneración promedio; Licencia Médica; Permisos; 1. Para calcular el promedio de las remuneraciones de los seis meses anteriores al ingreso de los profesionales de la educación al Sistema de Desarrollo Profesional de un profesional de la educación que se encuentre haciendo uso de licencia médica se deberá recurrir a los meses íntegramente cubiertos con la remuneración, los que corresponden a los meses de enero y febrero, utilizando como diviso
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ORD. N°168 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización de funcionamiento del Estado; Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que la localidad de Panguipulli, en donde la madre reside y trabaja no cuenta con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.
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ORD.N°169 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización de funcionamiento del Estado; Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que la localidad de Panguipulli, en donde la madre reside y trabaja no cuenta con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.
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ORD.N°170 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización de funcionamiento del Estado; Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio del derecho a sala cuna atendido que en las localidades en donde la madre trabajadora reside y labora, no cuentan con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.
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ORD.N°171 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización de funcionamiento del Estado; Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que en la localidad donde la madre trabajadora reside y labora, no cuenta con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.
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ORD.N°173 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Monto; No resulta jurídicamente procedente autorizar a las partes el pago de un bono compensatorio del beneficio de sala cuna, mientras no se haga uso de ese derecho por medio de una de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo, porque el monto ofrecido por el empleador no satisface los gastos que supone la atención de un menor en establecimiento de esa naturaleza.
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ORD.N°174 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Monto; El monto del bono compensatorio de sala cuna pactado entre las partes debe ser equivalente a los gastos que irrogaría al empleador el otorgamiento del beneficio de sala cuna en la medida que sea apropiado para permitir la atención y cuidado del menor.
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ORD.N°175 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización de funcionamiento del Estado; Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que las localidades en donde la madre reside y trabaja no cuentan con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.
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ORD.N°163 Protección a la maternidad; Sala cuna; Bono compensatorio; Monto; El monto del bono compensatorio de sala cuna pactado en un contrato colectivo en favor de aquellos progenitores que no pueden llevar a sus hijos a una sala cuna por razones de salud, debe ser equivalente a los gastos que irrogaría la atención del menor en una sala cuna, de manera que permita financiar los cuidados del niño en su domicilio.
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ORD. N°152 Protección a la Maternidad; Sala Cuna; Bono compensatorio; Autoriza pago; Establecimiento sin autorización del Estado; Resulta procedente autorizar que las partes acuerden el pago de un bono compensatorio de sala cuna, en tanto la trabajadora no haga uso de ese derecho por medio de alguna de las alternativas previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo.