Dirección del Trabajo · Seguridad y Salud en el Trabajo
Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
Los pronunciamientos de la Dirección del Trabajo sobre Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, del más reciente al más antiguo.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, que incluye Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Seguridad y Salud en el TrabajoPronunciamientos
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El empleador puede sancionar a sus trabajadores solo de forma racional y respetando el debido proceso, y la Dirección del Trabajo no puede intervenir en esa potestad disciplinaria.
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La norma exige que las empresas prevengan la fatiga, somnolencia y distracción laboral, implementando medidas tecnológicas y de control para proteger la vida y salud de los trabajadores, incluso limitando el poder de dirección cuando sea necesario.
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La norma aclara que, al terminar el contrato, solo se puede descontar el valor de la ropa o implementos no devueltos si el reglamento interno lo permite y las partes acuerdan la responsabilidad por su pérdida o extravío.
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La norma establece que las medidas de control empresarial deben incluirse en el Reglamento Interno, respetando los derechos fundamentales de los trabajadores, y no pueden evaluarse en abstracto, sino caso a caso.
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ORD.N°714 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Facultad disciplinaria; Descuento de remuneraciones; Principios Non Bis in Idem; El empleador se encuentra obligado a cumplir el principio non bis in idem al imponer las sanciones a sus trabajadores por infracción a las obligaciones que señala el reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad -las que sólo podrán consistir en amonestación verbal o escrita y multa de hasta el veinticinco por ciento de la remuneración diaria-, por lo qu
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ORD.N°584 Exámenes médicos; Mecanismos de control audiovisual; 1) Es factible establecer en el reglamento interno de higiene y seguridad, un control de salud de los trabajadores, atendiendo especialmente la función que desempeñan, como medida preventiva, no solo para evitar accidentes o enfermedades comunes, sino también del trabajo o profesionales, debiendo asumir el empleador el costo económico de la realización de estos exámenes. 2) Con el objeto de proteger la salud de los trabajadores, el
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ORD.N°573 Declaración empleador único; Instrumentos de prevención; 1) Las obligaciones previstas en la normativa sobre la implementación del Departamento de Prevención de Riesgos y la dictación del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad son de aquellas obligaciones de carácter laboral y previsional que pueden cumplirse solidariamente por una de las empresas consideradas como un único empleador a la luz del artículo 3 inciso cuarto y siguientes del Código del Trabajo. 2) Esta Dirección
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ORD.N°408 Competencia Dirección del Trabajo; Sistema de monitoreo por cámaras de vigilancia; 1. La Dirección del Trabajo no emite autorizaciones de sistemas de monitoreo mediante cámaras de videovigilancia, sin perjuicio de las observaciones que este Servicio pueda realizar mediante fiscalizaciones en terreno en cada caso particular. 2. El mecanismo de control mediante cámaras de seguridad debe estar contemplado en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la empresa que desee imple
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ORD.N°357 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Improcedencia de limitar el contenido; 1) Las disposiciones mínimas que debe contemplar todo reglamento interno no deben entenderse como taxativas, pues tal afirmación atentaría contra la garantía de un ambiente laboral digno y de mutuo respeto entre los trabajadores señalada en el inciso segundo del artículo 153 como un objetivo de su contenido. 2) No corresponde que esta Dirección señale, taxativamente, el contenido normativo del Regl
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ORD. N°889 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Obligaciones y prohibiciones; Remite presentación que indica.
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ORD. N°881 Evaluación de desempeño; Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad; Regulación en idioma extranjero; 1. Una empresa, dentro del marco de sus facultades, puede establecer un procedimiento de evaluación o calificación de carácter obligatorio, teniendo como límite los derechos el respeto de los derechos fundamentales de las personas trabajadoras. 2. Los procedimientos de evaluación o calificación de carácter obligatorio deben necesariamente incorporarse al reglamento interno de or
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ORD. N°850 Jornada de Trabajo; Turnos; Reglamento Interno; El sistema de turnos analizado en el presente informe, correspondiente a la función de conductores desarrollada en la empresa Subus Chile S.A., no se ajusta a derecho, toda vez que no existe certeza respecto de la distribución diaria de la jornada, quedando esta al arbitrio de la parte empleadora.
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ORD. N°798 Poder de Mando; Control mediante cámaras; Derecho Fundamental; Dignidad del Trabajador; Al implementar mecanismos audiovisuales de control, las y los empleadores deben estar a lo señalado en este informe, respetando los derechos fundamentales de los trabajadores, entre los cuales se cuentan, la intimidad y la honra, así como la integridad física y síquica de los mismos.
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ORD. N°497/21 Acoso Sexual, Laboral o de Violencia en el Trabajo; Ley N°21.643; El empleador tiene la obligación de disponer e informar los medios idóneos para recibir las denuncias de acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral.
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ORD. N°457 Documentación laboral Electrónica; De acuerdo a lo señalado en el Dictamen N°919/29 de 04.07.2023, los empleadores deben cargar los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad en soporte electrónico a través del portal MiDT perfil empleador.
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ORD. N°362/19 Acoso Sexual; Acoso Laboral; Violencia en el trabajo; Ley N°21.643; Protocolo de Prevención; Procedimiento de investigación y sanciones; Fija sentido y alcance de las modificaciones introducidas por la Ley N°21.643 al Código del Trabajo.
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ORD. N°353 Contrato individual de Trabajo; Reglamento Interno; La cláusula inserta en el anexo de contrato de trabajo referida a la Evaluación de Esquema de Comisiones, que facultan al empleador a cambiar esquema de comisiones de los ejecutivos comerciales, es contraria a derecho, toda vez que ella significa incorporar incertidumbre en el pago de las remuneraciones del aludido personal, lo cual transgrede el artículo 10 N°4 del Código del Trabajo.
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ORD. N°350 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Disposiciones obligatorias; Competencia Dirección del Trabajo; 1. Acorde con lo dispuesto en el artículo 154 inciso primero N°11 del Código del Trabajo, el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la empresa debe contener el procedimiento al que se someterá la aplicación de las sanciones a que se refiere el N°10 de la citada disposición legal, por infracción a las obligaciones contenidas en dicho reglamento, las que solo pod
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ORD. N°333 Sistema de control de Fatiga, somnolencia y distracción; Choferes; El sistema de detección de la fatiga y distracción de los conductores, denominado “Guardian”, no se ajusta a derecho dado que consiste en un control desproporcionado que afectaría indebidamente el contenido esencial de la garantía fundamental de la privacidad de los dependientes, tanto en su espacio de intimidad como en su faz de la autonomía en el desarrollo de sus labores, así como también en su dimensión de promoci
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ORD. N°53 Uso Teléfonos móviles personales; Con la excepción del trabajo a distancia y teletrabajo, no existe inconveniente para que los dependientes utilicen medios tecnológicos de su propiedad para el desarrollo de sus funciones en la medida que su uso se ajuste a las reglas indicadas en el N°2.23.2 del Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.
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ORD. N°1442 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; 1.- No procede jurídicamente que la Dirección del Trabajo señale taxativamente el contenido normativo del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, sin perjuicio de disponer, de oficio o a petición de parte, las modificaciones de aquellas normas reglamentarias que sean contrarias a la legislación y reglamentación laboral. 2.- Las organizaciones sindicales o trabajadores pueden impugnar el contenido del Reglamento Interno de Or
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ORD. N°1446 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Sanciones; Responde consultas relativas a la facultad sancionatoria con que el empleador cuenta en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
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ORD. N°1080 Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Disposiciones obligatorias; Competencia Dirección del Trabajo; 1. Las disposiciones contenidas en el código de conducta implementado por Minera Escondida Limitada no constituyen una regulación obligatoria para los trabajadores en sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la referida empleadora, cuyo incumplimiento amerite la aplicación de sanciones por aquella, en tanto dicha normativa no se encuentre contenida en el regl
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ORD. N°1057 Contrato individual de Trabajo; Modificaciones; Facultad de administración; 1) No resulta jurídicamente procedente que la Corporación Nacional Forestal, en forma unilateral, proceda a cambiar de lugar de trabajo a un dependiente, a menos que lo realice en conformidad al artículo 12 del Código del Trabajo. 2) La referida Corporación puede ejercer su potestad disciplinaria y, consecuencialmente, aplicar sanciones a sus trabajadores en conformidad al reglamento interno de orden, higien
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ORD. N°736 Protección Datos personales; Sistema Control y vigilancia; Jornada de Trabajo; 1. La medida de revisión y control de las cédulas de identidad de los trabajadores debe estar regulada en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa, así como las eventuales sanciones. 2. Para el almacenamiento de los datos personales y sensibles de los trabajadores se requiere del consentimiento escrito del trabajador que autorice tal tratamiento. 3. No es jornada pasiva el tiempo d
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ORD. N°708 Derecho Fundamental; Medidas de control y vigilancia; Principio de proporcionalidad; Dignidad y honra de los Trabajadores; El mecanismo de control de que se trata debe encontrarse contemplado en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la empresa que desee implementarlo, como se expuso en párrafos anteriores, en términos tales que respete los derechos fundamentales de los trabajadores, entre los cuales se cuentan, la intimidad y la honra, así como la integridad física y
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ORD. N°683 Poder de dirección y mando; Deber de Protección; Reglamento Interno; Corresponde al empleador aplicar las medidas idóneas para la administración de su empresa, así como implementar aquellos mecanismos que permitan observar el cumplimiento del deber de protección a la salud de sus dependientes. Lo anterior, en virtud del principio de protección o mando y lo dispuesto en el artículo 184 del Código del Trabajo.
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ORD. N°635 Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad; Entrega por medios electrónicos; No existe impedimento para que el empleador entregue a través de medios electrónicos el reglamento interno de orden higiene y seguridad en la medida que de cumplimiento con los requisitos establecidos en la jurisprudencia administrativa citada en este informe.
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ORD. N°628 Reglamento Interno; Sanciones; Potestad de Mando y poder de dirección; Incumbe al empleador la facultad de ejercer privadamente la administración de su empresa, sin que corresponda a este Servicio intervenir en dichas atribuciones Lo anterior, en virtud de la potestad de dirección y mando del empleador señalado e el presente informe y en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de la Dirección del Trabajo.
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ORD. N°583 Reglamento Interno de Higiene y Seguridad; Las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas se encuentran obligadas a mantener un reglamento interno de orden, higiene y seguridad y cuando ocupen diez o más trabajadores permanentes. Del mismo modo, el reglamento interno debe ser único y regular las relaciones con todos los trabajadores de la empresa, aun cuando éstos se desempeñen en distintas fábricas o secciones de la empresa y éstas se encuentren ubicadas en la misma lo
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ORD. N°569 Reglamento interno de Orden Higiene y Seguridad; Disposiciones Obligatorias; 1. El "Plan de Mejoramiento del Desempeño" "PIP" debe ser incorporado obligatoriamente en el Reglamento Interno de la Empresa. 2. Las prohibiciones y obligaciones dispuestas por el empleador en el documento mencionado no constituyen una regulación interna de carácter obligatorio para los trabajadores, sino una vez se incorporen al Reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa y se ponen en co
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ORD. N°1062 Documentación laboral electrónica; Evaluación desempeño; Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Para las respuestas a las consultas realizadas acerca de la posibilidad que las evaluaciones que el empleador realice sobre los trabajadores en materia de: seguridad, prevención de accidentes del trabajo y otras temáticas de interés, puedan ser realizadas mediante plataformas digitales, deberá atenderse al contenido del presente informe.
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ORD. N°°782 Reglamento Interno; Potestad de Mando; Las sanciones que puede aplicar el empleador ante una infracción del trabajador al Reglamento Interno de la empresa, sólo pueden consistir en amonestación verbal o escrita, y en multas, en conformidad a lo expuesto en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°346 Reglamento interno Orden, Higiene y Seguridad; Proceso de Evaluación; 1. El procedimiento de evaluación aplicable a los trabajadores debe incorporase previamente al reglamento interno de la empresa respectiva, sea por la vía de su anexión, como parte integrante del mismo, o bien, mediante la inclusión de las disposiciones respectivas de dicho cuerpo reglamentario, las que deben respetar la dignidad del trabajador. 2. El Reglamento Interno y sus modificaciones deberán ser puestas en co
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ORD. N°297 Reglamento interno Orden, Higiene y Seguridad; Proceso de Evaluación; 1.- El artículo 154 del Código del Trabajo no exige en forma taxativa que el Reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad, regule un recurso procedimental de tipo impugnatorio al que pueda acogerse el trabajador que ha sido evaluado en su desempeño, sin embargo, una disposición de al tipo inserta en el reglamento interno supone garantizar de mejor manera el objetivo de lograr relaciones humanas armónicas y respe
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ORD. N°148 Reglamento interno Orden, Higiene y Seguridad; Medidas de Control; 1. La implementación de una medida de control por parte del empleador debe materializarse a través de su inclusión en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 154 inciso 2 del Código del Trabajo, la cual debe respetar, como límite infranqueable, los derechos fundamentales de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 5 del Código del T
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ORD. N°59 Corporación Municipal; Reglamento interno de orden, higiene y seguridad; El empleador -Corporación Municipal- cumple su obligación manteniendo un reglamento interno de orden, higiene y seguridad, incorporando disposiciones generales aplicables a todos los trabajadores, así como, las especificas orientadas a las funciones que cada trabajador realiza. Sin perjuicio de las normas particulares previstas en los estatutos jurídicos que rigen las relaciones laborales al interior de ella.
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ORD. N°2789 Corporación Municipal; Reglamento interno de orden, higiene y seguridad; No existe inconveniente jurídico para que la Corporación de Educación y Salud de San Bernardo confeccione su reglamento interno de orden, higiene y seguridad, incorporando las sanciones que establece el artículo 15 N°10 y 11 del Código del Trabajo. Sin perjuicio de las normas particulares previstas en los estatutos jurídicos que rigen las relaciones laborales al interior de ella.
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ORD. N°2632 Asociación de Funcionarios; Reglamento Interno; Competencia Dirección del Trabajo; 1. Esta Dirección carece e competencia para pronunciarse sobre el sentido y alcance que debe darse a la norma del artículo 29 de los estatutos de la Asociación Nacional de Empleados del Poder Judicial, por cuanto, en virtud de la autonomía de que goza, dicha facultad se encuentra radicada en la propia organización, de acuerdo con los mecanismos establecidos en sus estatutos y reglamentación interna, lo
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ORD. N°1989 Evaluación de desempeño; Derechos fundamentales; Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; 1. El empleador puede, en el ejercicio de sus facultades de organizar y dirigir su empresa, calificar y evaluar el desempeño de sus trabajadores, con la limitación del respeto de los derechos fundamentales de estos últimos. 2. El sistema de evaluación practicado por el empleador debe encontrarse incluido en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
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ORD. N°1598 Reglamento Interno; Sanciones; Potestad de Mando; Las sanciones que puede aplicar el empleador ante una infracción del trabajador al Reglamento Interno de la empresa, sólo pueden consistir en amonestación verbal o escrita, y en multas, en conformidad a lo expuesto en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.
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ORD. N°1565 Reglamento interno Orden, Higiene y Seguridad; Disposiciones Obligatorias; Las obligaciones y prohibiciones contenidas en el Código de Ética de Antofagasta Minerals, así como el procedimiento allí establecido para la investigación de las infracciones y la aplicación de las sanciones correspondientes, no constituyen una regulación a la que daban sujetarse los trabajadores de Minera Los Pelambres sino una vez incorporada al reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la referid
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ORD. N°1547 Emergencia Sanitaria Covid-19; Salud y Seguridad en el trabajo; El empleador, en virtud de su poder de dirección, está facultado para imponer determinadas sanciones en conformidad a lo prescrito en el artículo 154 N°10 del Código del Trabajo, considerando lo expuesto en el presente informe.
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ORD. N°1217 Reglamento Interno; Competencia Dirección del Trabajo; Con el objetivo de resguardar el correcto desarrollo de los procedimientos de investigación disciplinaria en el marco de la presente emergencia sanitaria, el empleador se encuentra habilitado a adoptar las medidas pertinentes, debiendo ajustarse dicha decisión a las condiciones establecidas en el artículo 156 del Código del Trabajo y considerar especialmente el derecho al debido proceso que asiste a los trabajadores, conforme se
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ORD. N°1227 Derechos Fundamentales; Medidas de vigilancia y control en la empresa; La jurisprudencia de este Servicio contenida en Dictamen N°2210/035 de 10.06.2009, reconoce dos modalidades que pueden tener las medidas de control y revisión de las personas que trabajan en una empresa: revisión de todo el personal o sección, o mecanismo de selección aleatoria a través de un sistema de sorteo que la empresa debe explicitar en el Reglamento Interno de la misma, debiendo cumplir el empleador en amb
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ORD. N°884 Derechos Fundamentales, Acoso sexual, Acoso Laboral, Investigación del empleador, Reglamento Interno, Facultades y obligaciones del empleador. 1. Respecto del procedimiento de investigación y sanción del acoso sexual, el legislador exige su inclusión y desarrollo en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad, debiendo aquel contener los requisitos mínimos exigidos en nuestra legislación, lo que no obsta a que el empleador desarrolle o establezca otros aspectos o etapas del p
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ORD. N°865 Reglamento Interno Orden, Higiene y Seguridad. Este Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico en los términos solicitados.
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ORD. N°580 Reglamento Interno Orden, Higiene y seguridad; Control alcohol y drogas; 1) Toda medida de control del uso de alcohol y drogas en la empresa debe ser incorporada en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa y respetar los principios y reglas que limitan el ejercicio de las facultades empresariales en este aspecto. 2) Las impugnaciones de ilegalidad de las disposiciones de un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad,deben ser conocidas por la Inspección
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ORD. N°2199 Reglamento interno; Implementos de trabajo; Devolución; Informa sobre doctrina referida a implementos de trabajo.
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ORD. N°2076 Medios de control audiovisual; Derechos fundamentales; Derecho a la intimidad, vida privada y honra de los trabajadores; La utilización de mecanismos de control audiovisual para los trabajadores sólo resulta lícita cuando se ajusta a razones técnico productivas o de seguridad, considerando lo establecido en la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio.