Artículo 1016 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1016. En el testamento se expresarán el nombre y apellido del testador; el lugar de su nacimiento; la nación a que pertenece; si está o no avecindado en Chile, y si lo está, la comuna en que tuviere su domicilio; su edad; la circunstancia de hallarse en su entero juicio; los nombres de las personas con quienes hubiere contraído matrimonio, de los hijos habidos en cada matrimonio, de cualesquier otros hijos del testador, con distinción de vivos y muertos; y el nombre, apellido y domicilio de cada uno de los testigos.
Se ajustarán estas designaciones a lo que respectivamente declaren el testador y testigos. Se expresarán asimismo el lugar, día, mes y año del otorgamiento; y el nombre, apellido y oficio del escribano, si asistiere alguno.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Nulidad de testamento firmado a ruego por una testigo sin domicilio señalado
Rechaza la casación de la demandante por manifiesta falta de fundamento: no extendió la infracción a normas decisorias como los artículos 999, 1008, 1016, 1023, 1024 y 1681 del Código Civil.
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Nulidad de testamento abierto por falta de domicilio de los testigos
Rechaza la casación de la demandante: debió denunciar al menos los artículos 999, 1015 y 1016 del Código Civil, decisorios de la litis, y la sola mención de una norma no basta.
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Nulidad de testamento de un testador ciego que no expresa por qué no firmó
Acoge la casación de la demandante: el artículo 1019 del Código Civil no exime al testamento del ciego de expresar, como exige el artículo 1018, la causa por la que no firma; rechaza la del tercero coadyuvante.
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Nulidad de testamento por falta de sano juicio de la testadora
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación en el fondo de la demandante: omitió denunciar los artículos 1006, 1447, 1681 y 1682 del Código Civil y pide revalorar la prueba.
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Nulidad de compraventa por demencia de un vendedor no interdicto y reivindicación
Rechaza por manifiesta falta de fundamento las casaciones de ambos demandados: la demencia fijada por los jueces es inamovible sin denunciar infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
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Nulidad de testamento otorgado por quien estaba privado de razón
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: discute la valoración de los testigos, que el artículo 384 del Código de Procedimiento Civil entrega a los jueces del fondo.
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Precario sobre inmueble de Quilpué adquirido por legado testamentario
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: se acreditaron los requisitos del precario y no existe título que justifique su ocupación del inmueble.
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Nulidad de testamento por falta de sano juicio del testador
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de los demandantes: no se alteró la carga de la prueba y lo que se pide es una nueva valoración de la prueba, ajena a la casación.
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Nulidad de testamento: el abogado redactor como testigo y el sano juicio del testador
Rechaza la casación del demandante: que el testador estaba en su sano juicio y que hubo tres testigos son hechos fijados por los jueces del fondo, sin infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
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Nulidad de testamento abierto: omisiones formales corregidas por el notario
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de los demandantes: no denunciaron error en la ponderación de la prueba y la nulidad no aparece de manifiesto en el testamento.
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