Artículo 1035 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1035. El testamento verbal no tendrá lugar sino en los casos de peligro tan inminente de la vida del testador, que parezca no haber modo o tiempo de otorgar testamento solemne.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Escrituración de testamento verbal de un enfermo de cáncer: falta de peligro inminente
Rechaza la casación de la solicitante: en esta gestión voluntaria el juez puede exigir antecedentes previos y concluir, sin oír a los testigos, que no hubo peligro inminente que justificara el testamento verbal.
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Testamento verbal: no caduca si el tribunal fijó la audiencia de testigos fuera de plazo
Acoge la casación de la solicitante y anula: pidió escriturar dentro de los treinta días del artículo 1036 del Código Civil y la demora en oír a los testigos fue del tribunal; ordena fallar el fondo.
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Nulidad de testamento verbal otorgado en peligro inminente
Rechaza la casación en el fondo de la demandante porque pretende alterar los hechos fijados: la prueba no ponderada era vicio de forma y las normas sobre presunciones no son reguladoras de la prueba.
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Oposición a escriturar un testamento verbal: no se probó el peligro inminente
Rechaza la casación de la solicitante: que no se probó el peligro inminente para la vida de la testadora es un hecho fijado por los jueces del fondo, a quienes corresponde privativamente valorar la prueba.
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Testamento verbal rechazado en Rancagua: sin peligro inminente y testigos contradictorios
Desestima por manifiesta falta de fundamento la casación del solicitante: pasaron diez días en que pudo otorgarse testamento solemne y los testigos fueron vagos y contradictorios.
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Nulidad de testamento verbal por incumplir las solemnidades del Código Civil
Rechaza la casación de la demandada porque solo denunció infringido el artículo 1032 del Código Civil y dejó sin impugnar los artículos 1033, 1034, 1035 y 1037, que también fundan la nulidad.
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Escrituración de testamento verbal: inminencia de la muerte del testador
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante, que no denunció como infringidos el artículo 1039 del Código Civil ni los artículos 818 y 819 del Código de Procedimiento Civil.
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Nulidad de testamento verbal por falta de peligro inminente y petición de herencia
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de los demandantes, que busca alterar los hechos fijados sin denunciar leyes reguladoras de la prueba y cita normas en forma genérica.
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