Artículo 1490 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1490. Si el que debe una cosa mueble a plazo, o bajo condición suspensiva o resolutoria, la enajena, no habrá derecho de reivindicarla contra terceros poseedores de buena fe.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Resolución y reivindicación contra tercero que compró predios con saldo de precio impago
Revoca y acoge la resolución de la reventa a Sociedad Inmobiliaria Casanoba Ltda. y la reivindicación: la condición constaba en la escritura pública, como exige el artículo 1491 del Código Civil.
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Aporte de derechos a una sociedad con la precautoria alzada pero apelada: objeto ilícito
Acoge el recurso de la demandante: revocado el alzamiento apelado en el solo efecto devolutivo, la prohibición se entiende siempre vigente y el aporte hecho entretanto adolece de objeto ilícito.
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Cancelación de la inscripción de Ferval SpA para cumplir un pacto de retroventa
Rechaza las casaciones de la ejecutante, pero casa de oficio: el pacto de retroventa ya había operado y a Ferval SpA, que compró conociendo el juicio, le es oponible la sentencia y procede cancelar su inscripción.
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Resolución de una cesión de derechos sociales: el demandado alega pago por consignación
Rechaza el recurso del demandado por no extender la infracción a las normas decisorias, entre ellas varios artículos del Código Civil y la Ley 3918, de modo que los errores carecerían de influencia.
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Resolución de compraventa de una máquina industrial cuyo precio se declaró pagado
Acoge la casación de la vendedora: el inciso segundo del artículo 1876 del Código Civil se refiere a terceros poseedores y no le impedía probar que no se pagó el precio.
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Reivindicación de nuda propiedad tras resolverse la compraventa por no pago del precio
Rechaza ambas casaciones de la demandada: el vicio formal no se reclamó contra el fallo de primera instancia, no hubo ultrapetita y la de fondo no denunció los artículos 889, 1490 y 1491 del Código Civil.
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Superposición de 9.470 hectáreas entre Agrícola Konavle y Compañía Minera del Pacífico
Rechaza las casaciones de ambas partes: la inoponibilidad exigía emplazar a todos los que firmaron el avenimiento, y sin singularizar el retazo no procede reivindicar ni prescribir.
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Superposición de 9.470 hectáreas entre Agrícola Konavle y Compañía Minera del Pacífico
Rechaza las casaciones de ambas partes: la inoponibilidad exigía emplazar a todos los que firmaron el avenimiento, y sin singularizar el retazo no procede reivindicar ni prescribir.
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Reivindicación de inmueble vendido por quien lo inscribió con escritura falsificada
Revoca y acoge sin costas la reivindicación: la venta hecha por quien obtuvo el inmueble con escrituras falsificadas es inoponible a los dueños, y el demandado se allanó a la demanda.
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