Artículo 1520 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1520. El deudor solidario demandado puede oponer a la demanda todas las excepciones que resulten de la naturaleza de la obligación, y además todas las personales suyas.
Pero no puede oponer por vía de compensación el crédito de un codeudor solidario contra el demandante, si el codeudor solidario no le ha cedido su derecho.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
-
Cobro de rentas y multas al fiador solidario sin precisar cuándo terminó el arriendo
Rechaza el recurso de la demandante: no puede alterar los hechos fijados sin denunciar con eficacia las leyes de la prueba, y la rebeldía del fiador importa negar los hechos de la demanda.
-
Facturas cedidas sin entrega de mercadería: excepción real oponible al cesionario
Rechaza la casación de Simpli S.A.: la falta de requisitos del título por incumplimiento de la licitación es excepción real oponible al cesionario, y las facturas no son actualmente exigibles.
-
Factura emitida sin compraventa real y cedida para obtener liquidez: nulidad del título
Revoca y acoge la excepción de nulidad del título: la factura N° 149 carecía de causa porque no se entregó lo supuestamente vendido; pone término a la ejecución con costas.
-
Cobro de rentas: prescripción y notificación de la demanda a quien no era representante
Rechaza la casación de la demandada por no extender la infracción a normas decisorias de la litis, como los artículos 1545, 1915, 2492 y 2514 del Código Civil.
-
Cobro de factura anulada por nota de crédito y cedida dos veces: nulidad de la obligación
Rechaza la casación de la ejecutante, que no denunció infringido el artículo 464 número 14 del Código de Procedimiento Civil: la excepción de nulidad acogida bastaba para poner término a la ejecución.
-
Cobro a Walmart Chile de facturas falsas de Strudel GSM cedidas a Scotia Azul Factoring
Rechaza la casación de la ejecutante: la nulidad por falta de causa es excepción real oponible al cesionario aunque las facturas estén irrevocablemente aceptadas, y no denunció los artículos decisivos.
-
Cobro a Walmart Chile de facturas cedidas a Tanner: excepciones oponibles al cesionario
Rechaza la casación de la ejecutada por no denunciar las normas decisivas, pero casa de oficio: la falsedad, la falta de requisitos y la nulidad son excepciones reales oponibles al cesionario de la factura.
-
Excepciones reales oponibles al banco cesionario de facturas cobradas a Walmart Chile
Rechaza la casación de Walmart Chile por no denunciar las normas decisorias, pero casa de oficio: las excepciones de falsedad, falta de requisitos y nulidad son reales y oponibles al cesionario de las facturas.
-
Prescripción del cobro de un mutuo contra la deudora y sus codeudores solidarios
Rechaza la casación de la cooperativa demandante porque no denunció como infringidos los artículos 1545, 2196, 2197, 2514 y 2515 del Código Civil, normas que sirvieron para decidir el litigio.
-
Extinción de saldos insolutos de la Ley 20.720 no beneficia al codeudor solidario
Acoge la casación de ACF Capital S.A. e invalida el fallo: la extinción del artículo 255 de la Ley 20.720 es un beneficio personal del deudor liquidado y no alcanza al codeudor solidario.
Se muestran los 10 más recientes de 24 fallos.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de prueba