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Artículo 2312 del Código Civil (CC)

Qué dice el artículo

Art. 2312. La comunidad termina:

1º. Por la reunión de las cuotas de todos los comuneros en una sola persona;

2º. Por la destrucción de la cosa común;

3º. Por la división del haber común.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.

  • Rol 24683-20182022-10-17Segunda Sala(Crimen) Casación Fondo y Forma

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] En segundo término, denuncia como yerro la errónea aplicación de los artículos 12, 2494 y 2312 del Código Civil, en relación a la Ley N° 19992 y Ley N° 20405. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 24683-2018

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  • Rol 92924-20212022-09-26Cuarta Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] Precisa que en relación con los artículos 2312 y 2313 del Código Civil -que regulan la terminación de la comunidad y la aplicación supletoria de las normas sucesorias para su división- fueron vulnerados “al hacer caso omiso de su especialidad en relación con las normas que regulan los actos traslaticios de dominio”. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 92924-2021

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  • Rol 39883-20212021-12-13Cuarta Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] La que no es la misma en ambos juicios, pues terminar con la indivisión predial que existe no fue objeto de la decisión del anterior juez árbitro, ya que, en la parte resolutiva de SWSEXJYDRC la resolución dictada, dejó entregada la subdivisión legal a las partes, que es el objeto del presente juicio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2312 y 2313 del Código Civil en relación con el artículo 1317 del mismo cuerpo legal, que establecen el derecho de los comuneros a terminar con la indivisión de la cosa común. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 39883-2021

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  • Rol 320-20202020-07-17Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] Que el recurso denuncia que la sentencia impugnada vulnera el artículo 19 Nº 7 letra i) de la Constitución Política de la República y los artículos 2312 y siguientes del Código Civil. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 320-2020

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  • Rol 23093-20192020-01-20Segunda Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] En segundo término, denuncia como yerro la errónea aplicación de los artículos 12, 2494 y 2312 del Código Civil, en relación a la Ley N° 19992 y Ley N° 20405 Indica que resulta insostenible afirmar que las únicas reglas que existen en Chile para regular la responsabilidad del Estado son aquellas contenidas en el Código Civil. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 23093-2019

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  • Rol 9670-20092011-06-29Cuarta Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] Tuvieron presente además que el cuasicontrato que se ha producido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2312 del Código Civil, sólo puede terminar por los motivos que allí se indican y, si hubiere acuerdo entre los comuneros en orden a poner término a la comunidad imperioso es acudir a la normativa que para la partición de bienes consagra el legislador en el artículo 2313 del mismo texto legal en relación con el artículo 227 del Código Orgánico de Tribunales. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 9670-2009

  • Rol 4559-20062008-05-06Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] derechos respecto de estos inmuebles, se extinguió por la partición del 13 de abril de 1988? extinguiéndose en este caso, respecto de este bien, por la causal establecida en el Nº 3 del artículo 2312 del Código Civil, es decir, por la div isión del haber común??. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 4559-2006

  • Rol 3139-20052007-01-31Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDORECHAZA CASACION EN EL FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2312
    «[…] La comunidad termina, de acuerdo con el artículo 2312 del Código Civil, por la reunión de las cuotas de todos los comuneros en una sola persona, por la destrucción de la cosa común y por la división del haber común, siendo esta última el modo normal de poner fin a la indivisión. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 3139-2005

  • Rol 7145-20252025-07-08Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza la casación de la demandante: alega una cosa juzgada no resuelta, omite los artículos 227 y 232 del Código Orgánico de Tribunales y 646 del Código de Procedimiento Civil, y altera los hechos.

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  • Rol 49386-20242024-11-12Cuarta Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza la casación del reclamante por no denunciar el artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio, el Decreto Ley 3516 ni la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que rigen la negativa.

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