Artículo 2343 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 2343. El fiador no puede obligarse a más de lo que debe el deudor principal, pero puede obligarse a menos.
Puede obligarse a pagar una suma de dinero en lugar de otra cosa de valor igual o mayor.
Afianzando un hecho ajeno se afianza sólo la indemnización en que el hecho por su inejecución se resuelva.
La obligación de pagar una cosa que no sea dinero en lugar de otra cosa o de una suma de dinero, no constituye fianza.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Cobro de rentas y multas al fiador solidario sin precisar cuándo terminó el arriendo
Rechaza el recurso de la demandante: no puede alterar los hechos fijados sin denunciar con eficacia las leyes de la prueba, y la rebeldía del fiador importa negar los hechos de la demanda.
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Cobro de certificados de fianza de AVLA pese a medida precautoria y sin probar perjuicio
Rechaza la casación de AVLA: el certificado de fianza de la Ley N° 20.179 es una garantía autónoma, pagadera a primer requerimiento, y la precautoria de otro juicio no afecta su exigibilidad.
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Desposeimiento hipotecario del Banco de Chile y liquidación concursal del deudor
Rechaza la casación del ejecutado porque no denunció los artículos 135 y 136 de la Ley 20.720, 2407 del Código Civil y 758 del Código de Procedimiento Civil, y porque plantea argumentos nuevos.
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Cobro de pagaré al avalista con la deudora principal en liquidación concursal
Rechaza la casación del ejecutado porque no denunció el artículo 464 número 7 del Código de Procedimiento Civil ni los artículos 136 y 138 de la Ley 20.720, y porque su argumento es nuevo.
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Crédito contra la fiadora en liquidación tras votar el banco la reorganización del deudor
Acoge el recurso de Inmobiliaria e Inversiones Cumbres: el banco aprobó la reorganización del deudor principal, cuyos bienes hipotecados eran esenciales, y la fiadora no puede obligarse en términos más gravosos.
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Cobro al avalista de un pagaré cuyo suscriptor está en liquidación concursal
Acoge la casación de Itaú Corpbanca y anula el fallo: la liquidación del suscriptor no impide cobrar al avalista, pues los artículos 138 y 255 de la Ley 20.720 regulan momentos distintos y no se contradicen.
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Cobro al avalista de un pagaré pese a la liquidación voluntaria del suscriptor
Acoge la casación de Scotiabank-Chile y anula el fallo: el artículo 138 de la Ley 20.720 obliga al avalista a pagar de inmediato y el 255 solo extingue las deudas del deudor concursal.
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Cobro de pagaré al aval cuando el suscriptor está en liquidación concursal voluntaria
Acoge la casación de Scotiabank-Chile S.A.: el artículo 138 de la Ley 20.720 obliga al aval a pagar el pagaré de inmediato aunque el suscriptor esté en liquidación, y no choca con el artículo 255.
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Cobro de pagaré al codeudor solidario pese al acuerdo de reorganización del deudor
Rechaza la casación del ejecutado: omitió las normas decisorias de la litis y el acuerdo de reorganización del deudor de las facturas no modifica la obligación del codeudor solidario.
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Fianza solidaria de arrendamiento renovado por tácita reconducción
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del arrendatario y el fiador: la fianza se pactó para todo el contrato y sus prórrogas, y la renovación mantuvo la solidaridad.
Se muestran los 10 más recientes de 15 fallos.
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