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Artículo 2424 del Código Civil (CC)

Qué dice el artículo

Art. 2424. El acreedor hipotecario tiene para hacerse pagar sobre las cosas hipotecadas los mismos derechos que el acreedor prendario sobre la prenda.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.

  • Rol 378-20232024-04-29Primera Sala(Civil) Casación Forma y Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2424
    «[…] y como se indicó a propósito de igual alegación en el recurso de casación formal analizado más arriba, el acreedor hipotecario goza del derecho de persecución expresamente reconocido por el artículo 2424 del Código Civil, que RWXSXNVTGBG permite perseguir la finca hipotecada en manos de quien se encuentre y a cualquier título que la haya adquirido, sin que exista excepción alguna emanada del usufructo constituido en forma posterior a la hipoteca que justifica el presente procedimiento de desposeimiento. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 378-2023

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  • Rol 238426-20232024-01-05Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2424
    «[…] Sin embargo, el recurrente omite extender la infracción a los artículos 2397, 2424 y 2428 del Código Civil; teniendo en consideración que es precisamente esta normativa la que junto a la denunciada debería ser aplicada por los sentenciadores para resolver el litigio y, al no hacerlo, genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad intentado. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 238426-2023

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  • Rol 79915-20232023-08-10Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2424
    «[…] todos aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida, Sin embargo, el recurrente LXJXXGXHHPZ omite extender la infracción legal a los artículos 2397, 2424 y 2428 del Código Civil, teniendo en consideración que fue precisamente esta normativa la que sirvió de sustento jurídico a la demanda intentada y luego fue aplicada por los sentenciadores para resolver el litigio. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 79915-2023

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  • Rol 97368-20202022-02-22Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 2424
    «[…] También se vulneran los artículos 2469 y 2397, en relación al artículo 2424 del Código Civil, normas que contemplan el derecho del acreedor para pedir la venta en pública subasta de los bienes del deudor, con el objeto de obtener íntegro pago si los bienes fueren suficientes, o en caso de no serlos, a prorrata, siempre que no hubieren causales especiales de preferencia. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 97368-2020

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  • Rol 28947-20262026-07-17Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDOINAD.REC.CASACIÓN FORMA Y FONDO/RECHAZADA CASAC.FDO.

  • Rol 14455-20252026-05-19Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Acoge el recurso del ejecutante y anula la sentencia: la Tesorería no probó qué parte de la deuda era IVA, y la preferencia del artículo 2472 número 9 del Código Civil no alcanza a las multas.

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  • Rol 16530-20262026-04-15Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza la casación de la ejecutada por manifiesta falta de fundamento: no denunció como infringidas las normas decisorias de la litis, y la prescripción de los pagarés era una alegación nueva.

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  • Rol 52748-20252026-01-13Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza la casación de la parte ejecutante por manifiesta falta de fundamento: no citó como infringidas normas decisorias de la litis, como los artículos 758 y 759 del Código de Procedimiento Civil.

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  • Rol 57588-20252026-01-12Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza la casación de la demandada por manifiesta falta de fundamento: no denunció las normas decisorias de la litis, como los artículos 758 y 759 del Código de Procedimiento Civil y 2407 y 2428 del Código Civil.

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  • Rol 50587-20252026-01-05Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza el recurso de la demandante por manifiesta falta de fundamento: no denunció infringidas las normas decisorias de la litis, como los artículos 2428 del Código Civil y 759 del Código de Procedimiento Civil.

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