Artículo 567 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 567. Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.
Exceptúanse las que siendo muebles por naturaleza se reputan inmuebles por su destino, según el artículo 570.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Acción de mera certeza sobre servidumbre de tránsito: incompetencia relativa acogida
Rechaza la casación en el fondo porque no denuncia infringidos el artículo 108 del Código Orgánico de Tribunales ni el artículo 303 N°1 del Código de Procedimiento Civil, normas decisorias de la litis.
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Reivindicación de un letrero publicitario calificado como inmueble por adherencia
Rechaza la casación de CF Power Graphics porque busca alterar los hechos fijados, en particular que no es dueña ni poseedora del letrero, sin acreditar infracción a las normas reguladoras de la prueba.
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Receptación de un perro de compañía y actuación autónoma de la policía en flagrancia
Rechaza la nulidad de la defensa: la policía actuó autónomamente en flagrancia conforme al artículo 83 del Código Procesal Penal, y el perro, como bien mueble semoviente, puede ser objeto de receptación.
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Crédito fiscal por compra de instalaciones agrícolas: no son muebles por anticipación
Acoge la casación del Servicio de Impuestos Internos: los bienes son inmuebles por adherencia o destinación y no muebles por anticipación, pues no se probó su separación del predio; no procede el crédito fiscal.
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Reivindicación de árboles y frutos de una variedad vegetal protegida por su obtentor
Rechaza la casación del demandado: no denuncia infracción a la Ley de Propiedad Intelectual en que se fundó el fallo, y su posesión se estableció por presunciones que corresponde apreciar a los jueces del grado.
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Precario de Inversiones Trolebuses contra la Municipalidad de Valparaíso por uso de postes
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de Inversiones Trolebuses Limitada, porque no denunció infringido el artículo 2195 del Código Civil, norma decisoria de la litis.
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Reivindicación de estructuras metálicas sin acreditar la tradición de su dominio
Rechaza la casación de la demandante porque solo denuncia el artículo 567 del Código Civil y omite las normas sobre tradición, que fueron la base del rechazo, por lo que el error carecería de influencia.
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Reivindicación de un túnel de congelado instalado en un inmueble rematado
Rechaza la casación del demandado: no se infringieron las leyes de la prueba y el túnel de congelado es mueble, no inmueble por naturaleza, destinación ni adherencia, por lo que procede reivindicarlo.
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Solicitud de quiebra fundada en una deuda cuyo carácter mercantil no se acreditó
Rechaza ambas casaciones de la solicitante: la de forma se dirigió contra la sentencia de primera instancia; la de fondo, porque el título no muestra una obligación mercantil, como exige la Ley de Quiebras.
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Prescripción mercantil del cobro de estructuras para balsas de cultivo de salmones
Acoge la casación del demandado: las estructuras eran artefactos navales, bienes muebles, y la venta fue mercantil, por lo que rige la prescripción de cuatro años del artículo 822 del Código de Comercio, ya cumplida.
Se muestran los 10 más recientes de 13 fallos.
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