Artículo 825 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 825. Las servidumbres son inseparables del predio a que activa o pasivamente pertenecen.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Servidumbre de tránsito: sin título ni pericia no se restablece ni se constituye
Rechaza la casación del demandante porque sus infracciones se construyen sobre hechos distintos de los fijados y busca una nueva valoración de la prueba, ajena a la casación.
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Reivindicación de franjas ocupadas por tuberías y postes amparados en servidumbres
Rechaza la casación de Monte Oscuro S.A.: impugna la valoración del peritaje, que es privativa de los jueces del fondo, y no denunció infringido el artículo 889 del Código Civil.
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Conservador de Puerto Varas se niega a inscribir una servidumbre de tránsito resciliada
Rechaza la casación de la parte solicitante porque la inscripción pedida no concuerda con títulos anteriores inscritos, motivo objetivo del artículo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces.
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Mera certeza de servidumbre voluntaria hacia la playa del Lago Villarrica en Pucón
Acoge la casación de los demandantes: no pidieron una servidumbre legal de tránsito sino declarar una voluntaria constituida en las compraventas de cada parcela, que sigue al predio sirviente.
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Servidumbre minera de El Abra sobre predios fiscales: plazo e indemnización
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la minera: el plazo de treinta años atiende a la transitoriedad del artículo 124 del Código de Minería y la indemnización se funda en el peritaje.
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Negativa del Conservador de Cauquenes a inscribir una servidumbre de tránsito de 1957
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la solicitante: la sentencia está fundada y, según los hechos fijados, inscribir la servidumbre afectaría derechos de terceros no emplazados.
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Partición de un lote: la Corte de Talca extinguió una servidumbre de tránsito no pedida
Acoge la casación en la forma de las demandantes por extra petita: nadie pidió extinguir la servidumbre de tránsito y la decisión afectaba a dueños de predios ajenos a la partición.
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Regularización de aguas de la Quebrada de Macul pedida por quien ya no era dueña
Rechaza la casación de Dimitri SpA: al trabarse la litis la solicitante ya no era dueña del predio y carecía de legitimación activa, por lo que nada pudo cederle; el resto discute hechos fijados.
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Cumplimiento de una servidumbre de tránsito que la compraventa no constituyó
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandante contra el fallo de la Corte de Rancagua: no se demostró la existencia de la servidumbre cuyo cumplimiento pide.
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Servidumbre de tránsito para predio sin salida al camino público reconocida por el vecino
Acoge la casación del demandante: los jueces clasificaron mal la servidumbre, que es legal y de utilidad privada porque el predio no tiene salida al camino público y el demandado la reconoció en su plano.
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