Artículo 824 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 824. Servidumbre aparente es la que está continuamente a la vista, como la de tránsito, cuando se hace por una senda o por una puerta especialmente destinada a él; e inaparente, la que no se conoce por una señal exterior, como la misma de tránsito, cuando carece de estas dos circunstancias y de otras análogas.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Servidumbre de tránsito demandada a Inversiones Santa Rita por un lote sin salida
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Inversiones Santa Rita, que no denunció infringidas las normas que deciden el litigio, como los artículos 847 y 849 del Código Civil.
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Servidumbre de tránsito gratuita para lotes aislados tras la subdivisión de un predio
Rechaza la casación de la demandada porque el artículo 850 del Código Civil concede la servidumbre sin indemnización y sin título, y no importa que los dueños actuales no hayan intervenido en la subdivisión.
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Ductos de Aguas Cordillera bajo el Estadio Palestino: servidumbre e indemnización
Rechaza ambas casaciones de Sociedad de Deportes Palestina: su reconocimiento expreso suple el título de la servidumbre y la indemnización está prescrita, sin que denunciara el artículo 2332 del Código Civil.
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Denuncia de obra nueva por ensanche de camino en un predio con conflicto de deslindes
Rechaza la casación del denunciante: es un hecho inamovible que no se sabe si la obra está en el suelo que posee, la servidumbre no se alegó en la querella y las costas no se impugnan por esta vía.
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Servidumbre de tránsito para predios que, según el demandado, ya tienen salida
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación en el fondo del demandado: no denuncia las normas que resuelven el asunto y pretende cambiar los hechos sin invocar leyes reguladoras de la prueba.
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Servidumbre de tránsito sobre un lote que un tercero compró tras la subdivisión
Acoge la casación del demandado y anula: la servidumbre se rige por el artículo 847 del Código Civil y no por el 850, porque compró su lote después y a quien no hizo la subdivisión.
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Servidumbre de tránsito para un fundo cuyos accesos se dificultan en época de lluvias
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandante: quedó asentado, sin que se atacara, que el predio se comunica con el camino público por varias alternativas.
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Servidumbre de tránsito sin indemnización tras la subdivisión de un fundo en Traiguén
Desestima por manifiesta falta de fundamento la casación de los demandados, porque se probó que la subdivisión dejó los predios de las actoras separados del camino, como exige el artículo 850 del Código Civil.
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Servidumbre de tránsito para parcelas de Casablanca cuyo camino está en mal estado
Rechaza la casación de los demandantes, porque sus predios tienen acceso al camino público, directo o por el camino del plano de subdivisión, y esa comunicación no deja de serlo por ser dificultosa.
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Servidumbre de tránsito y acueducto de Aguas del Valle S.A. y su indemnización
Rechaza la casación de Aguas del Valle S.A., porque no explica cómo se infringieron las normas que cita y discute hechos fijados sin denunciar leyes reguladoras de la prueba; queda firme la indemnización de $100.000.000.
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