Artículo 826 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 826. Dividido el predio sirviente, no varía la servidumbre que estaba constituida en él, y deben sufrirla aquel o aquellos a quienes toque la parte en que se ejercía.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Reivindicación de franjas ocupadas por tuberías y postes amparados en servidumbres
Rechaza la casación de Monte Oscuro S.A.: impugna la valoración del peritaje, que es privativa de los jueces del fondo, y no denunció infringido el artículo 889 del Código Civil.
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Servidumbre de tránsito pedida para predios que no colindan con los de los demandados
Rechaza la casación de los demandantes porque busca alterar hechos fijados: los predios no son colindantes, no hay servidumbre inscrita ni se probó la falta de acceso al camino público.
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Negativa del Conservador de Cauquenes a inscribir una servidumbre de tránsito de 1957
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la solicitante: la sentencia está fundada y, según los hechos fijados, inscribir la servidumbre afectaría derechos de terceros no emplazados.
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Partición de un lote: la Corte de Talca extinguió una servidumbre de tránsito no pedida
Acoge la casación en la forma de las demandantes por extra petita: nadie pidió extinguir la servidumbre de tránsito y la decisión afectaba a dueños de predios ajenos a la partición.
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Restitución de servidumbre de paso: la demandante pidió omitir el término probatorio
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: no acreditó los requisitos, pues ella pidió omitir la prueba aunque la falta de contestación dejó los hechos controvertidos.
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Extinción parcial de una servidumbre de tránsito no usada por más de tres años
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: el retazo solo sirve al predio de las demandantes, no se usó por más de tres años y la denuncia de obra nueva no interrumpió el plazo.
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Oposición al cumplimiento incidental de la sentencia que constituyó una servidumbre
Rechaza la casación del demandado, que alegó la pérdida de ejecutoria del fallo, porque no denunció infringido el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, norma que sustentó la decisión.
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Inscripción de una servidumbre constituida por escritura pública de 1922
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la reclamante, que no citó ni desarrolló la infracción del artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces.
Se muestran los 10 más recientes de 13 fallos.
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