Artículo 841 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 841. Las servidumbres legales de la segunda especie son asimismo determinadas por las ordenanzas de policía rural. Aquí se trata especialmente de las de demarcación, cerramiento, tránsito, medianería, acueducto, luz y vista.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
-
Demarcación y cerramiento entre predios de Los Vilos rechazado por cosa juzgada
Rechaza la casación de la demandante porque discute los hechos fijados, que no dan por probado un deslinde sin demarcar, sin denunciar eficazmente infracción a normas reguladoras de la prueba.
-
Servidumbre de tránsito para predio sin acceso a la Ruta N-240
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandado: discute hechos fijados sobre la falta de acceso a camino público y no denunció como infringidas las normas decisorias de la litis.
-
Demarcación cuando ya existe un cerco reconocido y se disputa superficie
Rechaza la casación de la demandante: si existe un deslinde reconocido y lo discutido es la pérdida de terreno, la pretensión excede la demarcación del artículo 842 del Código Civil.
-
Servidumbre de tránsito: no se probó que faltara otro acceso viable y menos oneroso
Rechaza la casación de la demandante porque no denunció los artículos 820, 831, 839 y 841 del Código Civil, normas que sustentaron la demanda y el rechazo de la acción.
-
Servidumbre de tránsito sobre predios que los demandados alegan como tierras indígenas
Rechaza la casación de la demandada por no denunciar los artículos 820, 839, 841, 847 y 848 del Código Civil y porque los jueces descartaron que las tierras fueran indígenas.
-
Servidumbre de tránsito para un predio sin acceso apto a camino público
Rechaza la casación de la demandada porque se basa en hechos distintos de los fijados y omite denunciar normas decisorias como los artículos 820, 831 y 848 del Código Civil.
-
Servidumbre de tránsito demandada a Inversiones Santa Rita por un lote sin salida
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de Inversiones Santa Rita, que no denunció infringidas las normas que deciden el litigio, como los artículos 847 y 849 del Código Civil.
-
Servidumbre de tránsito gratuita para lotes aislados tras la subdivisión de un predio
Rechaza la casación de la demandada porque el artículo 850 del Código Civil concede la servidumbre sin indemnización y sin título, y no importa que los dueños actuales no hayan intervenido en la subdivisión.
-
Servidumbre de tránsito pedida para predios que no colindan con los de los demandados
Rechaza la casación de los demandantes porque busca alterar hechos fijados: los predios no son colindantes, no hay servidumbre inscrita ni se probó la falta de acceso al camino público.
-
Servidumbre de tránsito para un predio que se dice sin acceso al camino público
Rechaza la casación de la demandante por no denunciar como infringidos los artículos 820, 821, 839, 841, 847 y 848 del Código Civil, normas decisorias de la litis sobre la servidumbre de tránsito.
Se muestran los 10 más recientes de 37 fallos.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de prueba