Artículo 582 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 582. Concepto. Por el seguro de caución el asegurador se obliga a indemnizar al asegurado los daños patrimoniales sufridos en caso de incumplimiento por el tomador del seguro o afianzado, de sus obligaciones legales o contractuales. Todo pago hecho por el asegurador deberá serle reembolsado por el tomador del seguro. Las excepciones o defensas que el tomador oponga al asegurado, alegando que no ha existido incumplimiento de las obligaciones garantizadas por la póliza, no obstarán a que el asegurador pague la indemnización solicitada.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Cobro de un seguro caución y declaración sincera del riesgo por la tomadora
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la aseguradora demandada, que no denunció las normas decisoria litis, como el artículo 1489 del Código Civil y las del seguro del Código de Comercio.
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Pagarés suscritos por la aseguradora antes de pagar el siniestro de pólizas de garantía
Acoge la casación en el fondo de la ejecutada y rechaza la de forma: el mandato para suscribir los pagarés pendía del pago de los siniestros, posterior a su firma, así que no eran actualmente exigibles.
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Cobro de pólizas de seguro de garantía pagaderas a primer requerimiento
Rechaza la casación de la demandada, condenada a pagar US$901.058,28 y UF41.934,96, porque no denunció las normas decisorias de la litis, como los artículos 513 y 529 del Código de Comercio.
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Multa a Orsan por no pagar una póliza de garantía a primer requerimiento
Confirma el rechazo del reclamo de Orsan contra la multa de 1.500 Unidades de Fomento: debía pagar al primer requerimiento y la Comisión sancionó dentro de sus facultades, sin juzgar el contrato.
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HDI Seguros cobra el reembolso de lo pagado a la Contraloría por una pérdida de valores
Rechaza la casación del demandado, condenado a pagar $3.225.000, porque no extendió la infracción a las normas decisorias del Código Civil, del Código de Comercio y de la ley de la Contraloría.
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Seguro de JUNJI: la póliza por inversión del anticipo no cubre la falta de renovación
Rechaza la casación de JUNJI por no denunciar las normas decisorias de la litis, como los artículos 1560 a 1566 del Código Civil, y añade que la afianzada sí prorrogó la póliza hasta el 3 de marzo de 2018.
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Reembolso de Chilena Consolidada contra Industrial Limache por seguro de caución pagado
Rechaza la casación de la demandada por no denunciar como infringidos los artículos 582 y 583 del Código de Comercio, que sustentaron la demanda y aplicaron los jueces.
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Cobro de pólizas de caución de Banco Santander Chile contra Cesce Chile Aseguradora
Rechaza la casación de la aseguradora demandada: no denunció como infringidos el artículo 1545 del Código Civil ni los artículos 513, 518, 543 y 582 del Código de Comercio, decisorios de la litis.
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Multa a AVLA por rechazar el pago de una póliza de garantía a primer requerimiento
Confirma el rechazo del reclamo de AVLA contra la multa de 300 unidades de fomento: alegar que el asegurado avisó tarde del siniestro no la autorizaba a negar el pago de una póliza a primer requerimiento.
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Seguro por terremoto: se descuenta lo pagado por otro seguro del valor del inmueble
Declara inadmisible la casación en la forma y rechaza las de fondo de ambas partes por manifiesta falta de fundamento: los montos son hechos inamovibles y la indemnización tiene por límite el valor de la cosa.
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