Artículo 259 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 259 (256). Si el demandado se encuentra en un territorio jurisdiccional diverso o fuera del territorio de la República, el término para contestar la demanda se aumentará de conformidad al lugar en que se encuentre. Este aumento será determinado en conformidad a una tabla que cada cinco años formará la Corte Suprema con tal objeto, tomando en consideración las distancias y las facilidades o dificultades que existan para las comunicaciones.
Esta tabla se formará en el mes de Noviembre del año que preceda al del vencimiento de los cinco años indicados, para que se ponga en vigor en toda la República desde el 1° de Marzo siguiente; se publicará en el "Diario Oficial", y se fijará a lo menos, dos meses antes de su vigencia, en el portal de internet del Poder Judicial y en los oficios de todos los secretarios de Cortes y Juzgados de Letras.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
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Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Plazo para reclamar contra una sanción de la Superintendencia de Seguridad Social
Revoca y declara admisible la reclamación porque los quince días hábiles del artículo 58 de la Ley 16.395 son administrativos según la Ley 19.880, con dos votos en contra.
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Multa a la Mutual de Seguridad por no reportar a tiempo accidentes laborales graves
Rechaza la queja de la Mutual: la vista de la causa no es esencial en este reclamo y la Mutual debía reportar los accidentes que conoció por otras vías, aunque el empleador no los denunciara.
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Sanción a un médico por licencias sin fundamento y negativa a entregar fichas clínicas
Rechaza la queja de la Superintendencia de Seguridad Social: se podía reclamar sin reponer antes, y no entregar las fichas no prueba por sí solo la falta de fundamento médico de las licencias.
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Cómputo del plazo para reclamar una multa de la Superintendencia de Seguridad Social
Rechaza la casación del reclamante: la carta certificada se entregó en su domicilio el 25 de marzo de 2019, lo que desvirtúa la presunción del artículo 46 de la Ley 19.880, y su reclamo del 17 de abril fue tardío.
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Abandono del procedimiento suspendido por el fallecimiento del demandante
Acoge la casación de la demandante: la comparecencia de los herederos y el pedido de desarchivo en junio de 2017 fueron gestiones útiles que interrumpieron el plazo del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil.
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Abandono del procedimiento cuando correspondía al tribunal dar traslado para la réplica
Acoge la casación de la demandante: notificada la demanda, el tribunal debía de oficio tenerla por contestada en rebeldía y dar traslado para réplica y dúplica, así que el impulso no recaía en las partes.
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Queja por la deserción de una apelación en juicio ejecutivo ante la Corte de Talca
Declara inadmisible la queja de la ejecutada Maiten SpA, porque la resolución que rechazó reponer la deserción de la apelación no es sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio.
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Reivindicación de parcela en El Molino y cosa juzgada entre sucesores en el dominio
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la demandada: el emplazamiento fue válido y hay cosa juzgada, pues las partes son causahabientes de quienes litigaron ante el 26° Juzgado Civil de Santiago.
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Incompetencia territorial alegada al contestar la demanda en un cobro de pesos
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandante: la incompetencia se planteó como defensa de fondo en la contestación y no como excepción dilatoria.
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Incumplimiento de conciliación en denuncia antisindical: queja fuera de plazo
Rechaza la queja del sindicato por extemporánea: se presentó el 17 de abril de 2014 contra una resolución notificada el 9 de abril, vencidos los cinco días hábiles sin aumento por tabla de emplazamiento.
Lo que dice la Corte sobre el art. 259 «[…] Que, a su vez, el artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, en lo que interesa al recurso en análisis, dispone que cada cinco años la Corte Suprema conformará una tabla para los efectos de determinar el término para contestar las demandas en caso que el demandado se encuentre en un territorio jurisdiccional diverso o fuera del territorio de la República, lo que hará tomando en consideración las distancias y facilidades o dificultades que existan en las comunicaciones. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 8769-2014
«[…] Que, a su vez, el artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, en lo que interesa al recurso en análisis, dispone que cada cinco años la Corte Suprema conformará una tabla para los efectos de determinar el término para contestar las demandas en caso que el demandado se encuentre en un territorio jurisdiccional diverso o fuera del territorio de la República, lo que hará tomando en consideración las distancias y facilidades o dificultades que existan en las comunicaciones. […]» (Corte Suprema, Rol 8769-2014, 5 de junio de 2014). «[…] Que, a su vez, el artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, en lo que interesa al recurso en análisis, dispone que cada cinco años la Corte Suprema conformará una tabla para los efectos de determinar el término para contestar las demandas en caso que el demandado se encuentre en un territorio jurisdiccional diverso o fuera del territorio de la República, lo que hará tomando en consideración las distancias y facilidades o dificultades que existan en las comunicaciones. […]» (Corte Suprema, Rol 8769-2014, 5 de junio de 2014). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-procedimiento-civil/articulo-259#corte-5165050
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