Artículo 546 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 546. (698). Los bienes retenidos por resolución ejecutoriada serán considerados, según su naturaleza, como hipotecados o constituidos en prenda para los efectos de su realización y de la preferencia a favor de los créditos que garantizan. El decreto judicial que declare procedente la retención de inmuebles deberá inscribirse en el Registro de Hipotecas.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Homicidio calificado de un detenido en San Fernando en 1973: daño moral de los nietos
Acoge la casación del Fisco y rechaza las de la defensa del médico condenado: el daño de los cuatro nietos nacidos después de los hechos no tiene nexo causal con el delito.
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Muerte de un herido a bala que esperó más de una hora sin atención en un furgón policial
Acoge la casación de los familiares y anula la absolución: quien hirió a la víctima era garante y no procuró atención médica en más de una hora; anula también el rechazo de la demanda civil.
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Homicidio de dos militantes en una emboscada de la Central Nacional de Informaciones
Rechaza todas las casaciones, por causales incompatibles o que buscan revalorar la prueba, y porque las leyes de reparación no impiden que la prima de una víctima cobre daño moral al Fisco.
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Operación Alfa Carbón de la CNI: siete homicidios calificados y asociación ilícita
Rechaza las casaciones de forma y fondo de los condenados: los sobreseimientos de la justicia militar no producen cosa juzgada y los recursos de fondo solo discuten la valoración de la prueba.
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Jóvenes quemados por una patrulla militar en 1986: cosa juzgada aparente
Rechaza las casaciones de defensas y querellantes: la condena militar previa es cosa juzgada aparente; pero anula de oficio por no fundar el rechazo a calificar la irreprochable conducta anterior.
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Operación Cóndor: secuestros, homicidios y medidas de reparación a una familia
Acoge la casación civil de la cónyuge de una víctima porque las medidas de publicación, búsqueda de restos, libros y plaza concedidas no son reparación íntegra; rechaza todas las casaciones penales.
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Torturas a detenidos en 1973 e indemnización menor a una víctima sin fundamentar
Rechaza las casaciones en el fondo del condenado y de cuatro querellantes, y acoge la casación en la forma de un demandante porque el fallo no explicó por qué le fijó una indemnización menor que al resto.
Lo que dice la Corte sobre el art. 546 «[…] si bien se funda únicamente en la causal del artículo 546 N° 1 del Código de Procedimiento Civil, tal forma de asentar la causal deducida, esto es, esgrimiendo hechos, razones y consecuencias legales incompatibles, no resulta aceptable tratándose de un recurso extraordinario y de derecho estricto -como lo es el de casación en el fondo- […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 44836-2021
«[…] si bien se funda únicamente en la causal del artículo 546 N° 1 del Código de Procedimiento Civil, tal forma de asentar la causal deducida, esto es, esgrimiendo hechos, razones y consecuencias legales incompatibles, no resulta aceptable tratándose de un recurso extraordinario y de derecho estricto -como lo es el de casación en el fondo- […]» (Corte Suprema, Rol 44836-2021, 1 de diciembre de 2023). «[…] si bien se funda únicamente en la causal del artículo 546 N° 1 del Código de Procedimiento Civil, tal forma de asentar la causal deducida, esto es, esgrimiendo hechos, razones y consecuencias legales incompatibles, no resulta aceptable tratándose de un recurso extraordinario y de derecho estricto -como lo es el de casación en el fondo- […]» (Corte Suprema, Rol 44836-2021, 1 de diciembre de 2023). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-procedimiento-civil/articulo-546#corte-1759304 -
Secuestros con violación de dos mujeres por agentes de Carabineros en 1974
Rechaza las casaciones en el fondo de tres condenados: una invocaba causales incompatibles, la media prescripción no procede en delitos de lesa humanidad y no se acreditó obediencia a órdenes superiores.
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Desaparición de un militante del MIR en 1975: indemnización rebajada sin fundamentos
Acoge la casación en la forma de los demandantes y anula la parte civil, porque la Corte de San Miguel rebajó la indemnización a $20.000.000 por demandante sin explicar las razones de esa rebaja.
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Prescripción del cobro de mejoras reconocidas a un ocupante en un juicio de precario
Rechaza la casación en el fondo de la demandada porque, aunque alegó la interrupción civil de la prescripción, no denunció como infringido el artículo 2503 del Código Civil, norma decisoria de la litis.
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