Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 60 (63). Pueden los tribunales, a solicitud de parte, habilitar para la práctica de actuaciones judiciales días u horas inhábiles, cuando haya causa urgente que lo exija.
Se estimarán urgentes para este caso, las actuaciones cuya dilación pueda causar grave perjuicio a los interesados, o a la buena administración de justicia, o hacer ilusoria una providencia judicial.
El tribunal apreciará la urgencia de la causa y resolverá sin ulterior recurso.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
-
Amparo de aguas por intervención de los taludes del Canal Capillano sin prueba de autoría
Acoge la casación del denunciado y anula la sentencia: no hay antecedentes que lo vinculen con la intervención de los taludes, exigencia del artículo 181 del Código de Aguas.
-
Amparo de aguas por obstrucción de un canal de riego al construir un estanque en Arica
Rechaza la casación de la Asociación Indígena Hijos del Sol Naciente: cuestiona la valoración de la prueba, ajena a la casación, y está acreditada la construcción del estanque que afectó el canal.
-
Amparo de aguas por destrucción de bocatoma ordenada por la Dirección General de Aguas
Rechaza la casación de los demandantes: no se pudo establecer el perjuicio porque no se determinó el derecho presunto que invocan, y no se denunció infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
-
Amparo de aguas contra Altovalsol SpA por su nuevo sistema de distribución de aguas
Rechaza la casación de la demandada: es hecho asentado, que no puede alterar, que el perjuicio deriva de obras recientes, y no se denunció infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
-
Amparo de aguas por entubamiento de una vertiente en San Francisco de Mostazal
Rechaza la casación de los demandantes: no se probó la vertiente, el agua provenía de drenajes y las obras no eran recientes, hechos que la Corte no puede alterar.
-
Amparo de aguas contra Anglo American Sur sin inspeccionar el punto de captación
Acoge la casación de los demandantes y anula el fallo: ni la Dirección General de Aguas ni el tribunal llegaron al punto de captación de los títulos, así que no podía concluirse que no hubiera impedimentos.
-
Amparo de aguas por obras que obstruyen un canal: basta un perjuicio futuro
Acoge la casación de la demandante y anula el fallo de la Corte de Chillán: el amparo de aguas no exige un perjuicio actual; basta un daño que pueda producirse en el futuro.
-
Amparo de aguas por el acceso al pozo comunitario situado en el predio de Maxco S.A.
Rechaza la casación de la demandada porque quedó probado que impide reparar el pozo, un hecho reciente que perjudica el derecho de aguas de la comunidad, y el recurso intenta alterar los hechos fijados.
-
Cierre unilateral de compuerta por la Asociación Canal Chacabuco y Polpaico
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la Asociación Canal Chacabuco y Polpaico: cerrar la compuerta por sí y ante sí es autotutela inadmisible que reprime el artículo 181 del Código de Aguas.
-
Amparo de aguas por eliminación de canal en parcelas de Sagrada Familia
Rechaza la casación de los demandantes: los jueces establecieron que ambas parcelas siguen recibiendo agua, y la Corte no puede cambiar esos hechos sin denuncia de normas reguladoras de la prueba.
Se muestran los 10 más recientes de 14 fallos.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de prueba