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Artículo 82 del Código Orgánico de Tribunales

Qué dice el artículo

Art. 82. Cuando alguno de los miembros del tribunal necesite estudiar con más detenimiento el asunto que va a fallarse, se suspenderá el debate y se señalará, para volver a la discusión y al acuerdo, un plazo que no exceda de treinta días, si varios ministros hicieren la petición, y de quince días cuando la hiciere uno solo.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 9 de julio de 1943 · promulgación: 15 de junio de 1943 · Última modificación: 2 de abril de 2026.

Sentencias destacadas

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  • Rol 13888-20252025-07-09Segunda Sala(PENAL) NULIDAD

    Asociación ilícita Los Gallegos: testigos reservados, atenuantes y concurso de armas

    Rechaza los recursos de nulidad de las defensas: la condena no descansó solo en testigos reservados, las atenuantes son de apreciación privativa del tribunal del fondo y las municiones excedían la consunción.

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  • Rol 25088-20232024-08-22Primera Sala(Civil) Casación FondoAcoge casación fondo y anula sentencia de segunda instancia

    La jurisprudencia reiterada de esta Corte ha sostenido que un pagaré que indica el monto adeudado y la fecha de vencimiento constituye título ejecutivo suficiente, no siendo exigible que contenga una liquidación detallada de intereses para…

  • Rol 91581-20212023-07-12Primera Sala(Civil) Casación Forma y Fondo

    Perjuicios por la administración del Comité de Agua Potable Rural El Vaticano

    Rechaza la casación en la forma y en el fondo del Comité demandante: la causa sí se vio y el recurso de fondo no acusó la Ley 19.418 ni explicó cómo se infringieron las normas citadas.

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  • Rol 6853-20182019-09-24Primera Sala(Civil) Casación Forma y Fondo

    Reivindicación en Quilpué: cesión de cuotas a ex socios no inscrita y acción prescrita

    Rechaza la casación en la forma y en el fondo de los demandados: el acuerdo lo tomaron los jueces de la vista, la cesión no se inscribió y la obligación de transferir era pura y simple, ya prescrita.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 82
    «[…] de la certificación de doce de febrero de dos mil dieciocho se observa que la causa quedó en estado de acuerdo ante los mismos ministros y abogado integrante que estuvieron presentes en su vista, acaecida el diecinueve de enero de dos mil dieciocho, misma fecha en que quedó en estudio conforme a la facultad establecida en el artículo 82 del Código Orgánico de Tribunales. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 6853-2018

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  • Rol 13123-20182018-10-24Segunda Sala(PENAL) NULIDAD

    Malversación en el Tribunal Electoral del Maule y atenuante de reparación con celo

    Acoge en parte la nulidad del Secretario Relator del Tribunal Electoral del Maule: la atenuante de reparación con celo no exige reparación total; rechaza los recursos de los cómplices.

  • Rol 15163-20182018-10-10Segunda Sala(Penal) NulidadACOGE RECURSO DE NULIDAD

  • Rol 40011-20172018-09-03Segunda Sala(Civil) Casación FondoRECHAZA CASACIÓN EN EL FONDO (M)

  • Rol 1965-20132014-07-22Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDO

    Nulidad absoluta de dos compraventas sucesivas del Fundo Ucúquer

    Rechaza las casaciones de las tres sociedades demandadas: la primera venta fue simulada y la segunda es nula por el Decreto Ley 3.262, al estar impaga la deuda con la ex Corporación de la Reforma Agraria.

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  • Rol 12541-20112012-07-10Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Prescripción de pagaré en cuotas con cláusula de aceleración facultativa

    Rechaza la casación del ejecutado: la cláusula de aceleración era facultativa y el plazo de un año corrió desde la presentación de la demanda a distribución, salvo las cuotas ya prescritas.

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  • Rol 8500-20092011-09-06Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Mandato de gestión de venta no obliga a Cointesa a escriturar viviendas a cooperados

    Rechaza la casación de los demandantes: el convenio entre las demandadas solo dio a Habitacoop un mandato especial de gestión de venta, sin facultad para prometer ni vender, y su texto claro debía aplicarse.

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