Artículo 272 del Código Procesal Penal
Qué dice el artículo
Artículo 272.- Debate acerca de las pruebas ofrecidas por las partes. Durante la audiencia de preparación del juicio oral cada parte podrá formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que estimare relevantes con relación a las pruebas ofrecidas por las demás, para los fines previstos en los incisos segundo y tercero del artículo 276.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.
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Lo que dice la Corte sobre el art. 272 «[…] Cabe indicar que de conformidad a lo previsto en el artículo 272 del Código Procesal Penal, durante la audiencia de preparación de juicio oral se contempla un debate acerca de las pruebas ofrecidas por las partes en el cual se podrán formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que cada interviniente estimare relevante con relación a las pruebas ofrecidas por los demás, para los fines previstos del artículo 276 del código adjetivo […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 25538-2024
«[…] Cabe indicar que de conformidad a lo previsto en el artículo 272 del Código Procesal Penal, durante la audiencia de preparación de juicio oral se contempla un debate acerca de las pruebas ofrecidas por las partes en el cual se podrán formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que cada interviniente estimare relevante con relación a las pruebas ofrecidas por los demás, para los fines previstos del artículo 276 del código adjetivo […]» (Corte Suprema, Rol 25538-2024, 27 de agosto de 2024). «[…] Cabe indicar que de conformidad a lo previsto en el artículo 272 del Código Procesal Penal, durante la audiencia de preparación de juicio oral se contempla un debate acerca de las pruebas ofrecidas por las partes en el cual se podrán formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que cada interviniente estimare relevante con relación a las pruebas ofrecidas por los demás, para los fines previstos del artículo 276 del código adjetivo […]» (Corte Suprema, Rol 25538-2024, 27 de agosto de 2024). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-272#corte-1344749 -
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