Artículo 86 del Código Procesal Penal (CPP)
Qué dice el artículo
Artículo 86.- Derechos de la persona sujeta a control de identidad. En cualquier caso que hubiere sido necesario conducir a la unidad policial a la persona cuya identidad se tratare de averiguar en virtud del artículo precedente, el funcionario que practicare el traslado deberá informarle verbalmente de su derecho a que se comunique a su familia o a la persona que indicare, de su permanencia en el cuartel policial. El afectado no podrá ser ingresado a celdas o calabozos, ni mantenido en contacto con personas detenidas.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Microtráfico en una plaza de Castro: control de identidad a quien presenció la venta
Rechaza la nulidad de la defensa: hubo flagrancia respecto del vendedor, un indicio objetivo para controlar a su acompañante que presenció la transacción, y la sentencia está fundada.
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Robo por sorpresa en un microbús de Quilpué: control por la ropa que describió la víctima
Rechaza el recurso de nulidad de la defensa: la ropa descrita por la víctima individualizó al autor y su sindicación directa configuraba flagrancia, que autoriza la detención y el registro.
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Control de identidad tras transacciones de droga detectadas por dron
Rechaza la nulidad de la defensa: los movimientos de manos con terceros, registrados por dron, fueron un indicio objetivo para el control de identidad del artículo 85 del Código Procesal Penal.
Lo que dice la Corte sobre el art. 86 «[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 33740-2026
«[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 33740-2026, 3 de agosto de 2026). «[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 33740-2026, 3 de agosto de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-86#corte-3513417 -
Hurto de rieles de Ferrocarriles del Estado: videos de particulares y control de identidad
Rechaza la nulidad: el deber de registro de los artículos 227 y 228 del Código Procesal Penal no alcanza a particulares, y huellas, maquinaria y similitud física justificaron el control de identidad; con voto en contra.
Lo que dice la Corte sobre el art. 86 «[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 24361-2026
«[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 24361-2026, 30 de junio de 2026). «[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 24361-2026, 30 de junio de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-86#corte-1341882 -
Ingreso policial a un domicilio persiguiendo al acusado sorprendido en flagrancia
Rechaza el recurso de nulidad de la defensa: tras ver una entrega de droga y la huida del acusado, la policía podía entrar al inmueble en su persecución, conforme al artículo 129 del Código Procesal Penal.
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Control de identidad preventivo que muta a investigativo al verse un cortaplumas
Rechaza la nulidad de la defensa de un condenado por robo en lugar habitado: el control preventivo mutó legítimamente a investigativo al verse que portaba un cortaplumas.
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Control de identidad basado solo en denuncia anónima de sujetos que observaban casas
Acoge la nulidad de la defensa y ordena nuevo juicio sin la prueba del control: la denuncia anónima no verificada y una conducta neutra no son indicio del artículo 85 del Código Procesal Penal.
Lo que dice la Corte sobre el art. 86 «[…] los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 10371-2026
«[…] los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 10371-2026, 15 de junio de 2026). «[…] los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 10371-2026, 15 de junio de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-86#corte-1055710 -
Agresiones a carabineros tras una detención ilegal: prueba independiente de la detención
Rechaza la nulidad de la defensa: aunque la detención no se ajustó al artículo 85 del Código Procesal Penal, las agresiones posteriores en la comisaría y el hospital se probaron con fuentes independientes de ella.
Lo que dice la Corte sobre el art. 86 «[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 41620-2025
«[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 41620-2025, 1 de junio de 2026). «[…] Es así como los artículos 85 y 86 del Código Procesal Penal, regulan el procedimiento de control de identidad, estableciendo la facultad de los funcionarios policiales para solicitar la identificación de cualquier persona sin orden previa de los fiscales, en los casos fundados en que estimen que exista algún indicio de que se hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta […]» (Corte Suprema, Rol 41620-2025, 1 de junio de 2026). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-procesal-penal/articulo-86#corte-134608 -
Control de identidad tras ver de madrugada un intercambio de dinero por un paquete
Rechaza la nulidad de la defensa: ver de madrugada el cambio de un billete por un paquete blanco y la huida del comprador era indicio suficiente para el control de identidad.
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Porte de cuchillo: control de identidad tras esconder un objeto al ver a Carabineros
Rechaza la nulidad de la defensa: desprenderse de madrugada de un objeto y tratar de ocultarlo al ver un carro policial era indicio claro y objetivo que justificaba el control de identidad.
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