Contraloría General de la República · Obras Públicas y Concesiones
Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, que incluye Asesoría a la Inspección Fiscal y Estudios, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y ConcesionesPronunciamientos
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución representada y aprueba la liquidación final de la consultoría, aunque observa que el estudio no recoge los nuevos criterios sísmicos para puentes, por lo que la dirección deberá adoptar medidas y exigir al consultor explicaciones formales sobre la clasificación de suelo.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica la asesoría a la inspección fiscal, con alcances por un error en la numeración de los resolutivos y por consignar documentos no exigibles en la oferta técnica.
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La Contraloría toma razón de la resolución que regulariza y aprueba el convenio, entendiendo que se reprograman las etapas no vencidas de la cláusula primera y el Anexo N° 4, no como indica la cláusula tercera, y precisa que la reunión fue el 6 de diciembre de 2024.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución anterior y aprueba la liquidación final de la consultoría, aunque con alcances: deberán adoptarse medidas para actualizar el proyecto a los nuevos criterios sísmicos y exigir al consultor explicaciones formales sobre la clasificación de suelo.
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La Contraloría concluye que el Inspector Fiscal actuó dentro de sus atribuciones al exigir a la consultora acreditar el pago de obligaciones laborales, pues las bases del contrato lo obligan a ello y su incumplimiento se sanciona con multa. Por tanto, desestima la reclamación de Creaxxion S.A.
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La Contraloría toma razón del documento que deja sin efecto la resolución N°111 de 2024 y aprueba el convenio modificatorio N°1 del estudio de prefactibilidad, precisando que la adenda N°1 es del 17 de diciembre de 2024.
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La Contraloría no emite un nuevo pronunciamiento porque el recurrente solo reitera planteamientos ya resueltos en dictámenes anteriores, sin aportar antecedentes nuevos. Concluye que la DGOP deberá informar en 20 días sobre las nuevas denuncias de convenios y profesionales.
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La Contraloría concluye que la DV debe pagar a la brevedad los trabajos ejecutados y reajustados, rechaza los intereses y el término anticipado del contrato, y le ordena responder oportunamente las solicitudes pendientes.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión "Ruta 66, Camino de la Fruta", disponiendo que la Dirección General de Concesiones esclarezca una eventual omisión de la inspección fiscal en multas por demoras.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el convenio modificatorio N° 2 del estudio de ingeniería del Paso Fronterizo Sico, precisando que el contrato se rige por las bases administrativas tipo de 2013 y advirtiendo un error en la fecha del cronograma.
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La Contraloría confirma que el MOP puede decidir fundadamente no reembolsar los costos de estudios de una iniciativa privada no aprobada, pues no eran útiles. Rechaza la revisión solicitada por CFI Group, al no aportar nuevos antecedentes.
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La Contraloría toma razón del documento que regulariza y aprueba los convenios ad-referéndum N°s. 5 y 6 y sus addendum, sobre asesoría a la inspección fiscal de la obra Ruta A-133, con el alcance de que en lo sucesivo los convenios transcritos sean legibles.
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La Contraloría toma razón del documento que regulariza y aprueba el convenio de asesoría a la inspección fiscal, precisando que dicha asesoría no está afecta al IVA.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba la liquidación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Ruta G-150, dejando sin efecto la representación anterior tras las aclaraciones de la Dirección de Vialidad.
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La Contraloría concluye que la DOH actuó correctamente al exigir que las remuneraciones mensuales pagadas al personal sean al menos las ofertadas, pues vacaciones proporcionales e indemnizaciones no constituyen remuneración según el artículo 41 del Código del Trabajo. Desestima el reclamo.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza lo obrado y aprueba la modificación N° 5 del contrato de asesoría a la inspección fiscal, reiterando que deben emitirse oportunamente los actos que aprueban convenios, dado el evidente retraso.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Ruta 78, con alcances por su dictación tardía, errores formales e instrucciones sobre autorizaciones previas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba los Términos de Referencia y el Convenio de trato directo para la asesoría a la inspección fiscal del Instituto Nacional del Cáncer, con alcances: prevalece el Reglamento de Consultoría del MOP y deben corregirse errores formales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución representada por el oficio E446284 y regulariza y aprueba los convenios ad-referéndum N°5 y N°6 del estudio caminero en Torres del Paine, ordenando a futuro emitir los actos oportunamente y con fundamentos más claros.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad-referéndum N° 15 del contrato del Puente Chacao, con alcances: el cambio de informes en papel a pendrive no altera su ejecución, y los ajustes de cronograma se revisarán en el control previo de la liquidación.
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La Contraloría toma razón del instrumento que declara de emergencia obras, estudios y asesorías en rutas de Arica y Parinacota, por concurrir la causal invocada, aunque instruye al MOP emitir oportunamente tales actos y evitar duplicidad de labores.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio modificatorio del estudio de prefactibilidad, por inconsistencias en la subdivisión de la Fase 1, omisión de obligaciones y errores en cronogramas y bases administrativas aplicables.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad-referéndum del estudio, precisando que la partida 2.28 corre del día 210 al 300 y que el monto correcto por aumento de la etapa 2.10, IVA incluido, es $11.416.860.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final de la consultoría del Aeropuerto Arturo Merino Benítez, por faltar antecedentes esenciales y justificación de modificaciones contractuales.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría técnica, porque no se acompañaron los antecedentes exigidos en la minuta del 25 de julio de 2024 para subsanar las observaciones.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba las bases del concurso de la consultoría "Proyecto Ferroviario Tren Valparaíso – Santiago", con alcances: la dirección deberá rectificar, ajustar o complementar formalmente la versión del Manual de Carreteras y el significado de "Especialistas".
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el convenio modificatorio N°3 del estudio de puentes, pues la documentación adjunta no subsana todas las observaciones: hay discrepancias en el número de puentes, falta el monto definitivo y el presupuesto final.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba una modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, por no existir cambio de circunstancias que justifique los recursos y por su dictación tardía, ordenando al servicio emitir oportunamente sus actos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza lo obrado y aprueba los convenios ad-referéndum de esa consultoría, con el alcance de que, en lo sucesivo, las ampliaciones de plazo deben formalizarse en el acto administrativo indicando días y fundamentos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal de la obra señalada, teniendo presente lo expuesto en la minuta del Inspector Fiscal sobre las observaciones previas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que deja sin efecto la resolución DGC N° 91 y aprueba una modificación de la asesoría a la inspección fiscal aeroportuaria, con alcances por su dictación tardía y por omisiones en los anexos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación de la asesoría a la inspección fiscal del Aeropuerto Diego Aracena de Iquique, con alcances por su dictación tardía, errores en las citas y cifras, y observaciones al cronograma.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba el convenio de modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Aeropuerto Chacalluta, con alcances por su dictación tardía, un error en el porcentaje de aumento (35,18%) y en la razón social de la empresa.
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La Contraloría toma razón del instrumento que adjudica la asesoría a la Inspección Fiscal del Hospital de Antofagasta, con el alcance de que la oferta económica fue presentada por C y D Ingeniería Limitada y no por la empresa consignada en el acto.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba una modificación de la asesoría a la inspección fiscal del Aeropuerto Arturo Merino Benítez, con alcances por su dictación tardía, falta de justificación de partidas y errores formales, ordenando corregirlos y emitir oportunamente los actos futuros.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Hospital de Antofagasta, por usar una UTM distinta a la de las bases y faltar antecedentes del personal.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba los Términos de Referencia y el Convenio de trato directo para la asesoría a la inspección fiscal del Hospital de La Serena, con alcances: prevalece el Reglamento MOP N° 48 sobre esos documentos y se corrigen menciones formales.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación de la asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Vial Rutas del Loa, formulando alcances por su dictación tardía, errores formales y una omisión en el cronograma.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal del Hospital del Salvador, con alcances por el retraso en su dictación, errores en el plazo de vigencia y en los anexos, que deberán rectificarse.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba los Términos de Referencia y el Convenio de trato directo para la asesoría a la inspección fiscal de tres hospitales, con alcances: prevalece el Reglamento de Consultoría del MOP y se corrigen errores formales de citas y referencias.
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La Contraloría no da curso al documento que rectifica la resolución de adjudicación de la asesoría, porque se aparta del dictamen que le sirve de fundamento en cuanto a la fecha de término de la asesoría vigente.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría a la inspección fiscal, con alcances por su dictación tardía, ordenando al servicio emitir oportunamente sus actos administrativos y corregir la fecha de término del contrato.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la modificación del contrato de asesoría, porque no consta que los proyectos que la justifican hayan sido autorizados por acto administrativo, y formula alcances por errores y extemporaneidad.
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La Contraloría no da curso al instrumento que regulariza y aprueba la liquidación final de la consultoría, por observaciones sobre el avance real del estudio, documentación faltante, demoras y errores en el proyecto y el acta de liquidación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba los Términos de Referencia y el convenio de trato directo para la asesoría a la inspección fiscal de la Concesión Américo Vespucio Oriente, con alcances formales y la prevalencia del Reglamento MOP N° 48 de 1994.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba los convenios modificatorios y el addendum, advirtiendo que los aspectos de los cronogramas ajenos al aumento de plazo y su pago se revisarán al controlar la liquidación de la consultoría, e instruye transcribir legiblemente los anexos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba los convenios modificatorios y el addendum, aunque advierte que los aspectos ajenos al aumento de plazo y su pago se revisarán al controlar la liquidación de la consultoría, e instruye transcribir legiblemente los anexos.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio modificatorio N° 2 de la asesoría a la inspección fiscal del contrato de mejoramiento de la Ruta Y-71, haciendo presente que se ajuste la distribución de recursos durante su ejecución.
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La Contraloría tomó razón de la resolución que aprueba las bases del concurso de consultoría "Estudio Integral Concesión Ruta 5: Tramo Chonchi–Quellón", con alcances: deben corregirse mediante circular aclaratoria las exigencias y errores formales señalados.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de asesoría a la inspección fiscal, por faltar antecedentes sobre informes, recursos, personal y asistencia, y por observaciones a varios estados de pago.