Contraloría General de la República
Control de la Contraloría
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Control de la Contraloría, del más reciente al más antiguo. Página 14.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Control de la Contraloría, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Control de la ContraloríaTemas de Control de la Contraloría
Pronunciamientos
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del convenio de transferencia con el Servicio Nacional de Aduanas para el proyecto "Reposición Complejo Aduanero Quillagua", por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe incluirse el imperativo "tómese razón" en las órdenes de tramitación.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia de recursos con la Dirección General de Concesiones, con alcances sobre los plazos de rendición y restitución de saldos y la vigencia del convenio.
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La Contraloría toma razón del documento del IND que aprueba el acuerdo con Transportes Bvan SpA para transporte en los Juegos Parapanamericanos Juveniles 2025, con alcances: solo valen las causales de incumplimiento grave precisas de la cláusula décima, se excluyen las genéricas, y se corrige el cobro de garantía y errores formales.
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La Contraloría confirma que las unidades de control municipales deben revisar preventivamente todo documento que genere obligaciones pecuniarias, no solo los decretos de pago, y ordena a los alcaldes revisar y reforzar la dotación de esas unidades en 30 días.
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La Contraloría se abstiene de tomar razón de la resolución que aprueba el convenio ad-referéndum N° 2 del contrato de ampliación Ruta S-839, porque por su monto queda exenta del trámite de toma de razón según la normativa sobre exenciones.
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La Contraloría toma razón del documento del IND que aprueba el trato directo con Elgueta, Oyanedel y Compañía Ltda. para servicios en los Juegos Parapanamericanos Juveniles Chile 2025, con alcances: solo las causales precisas de la cláusula duodécima permiten terminar anticipadamente el convenio.
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La Contraloría no dio curso al instrumento del Ministerio de Salud que aprueba un convenio de colaboración con la ANID sobre cofinanciamiento del Fondo Nacional de Investigación en Salud, porque no transcribe el texto del convenio ni adjunta los antecedentes que lo fundamentan, y lo representa.
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La Contraloría instruye al nuevo Servicio de Auditoría Interna de Gobierno sobre su coordinación con el ente fiscalizador, la reserva de información y las auditorías excepcionales. Concluye que el SAIG queda sometido a su plena fiscalización y control preventivo de juridicidad.
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La Contraloría toma razón de la resolución que adjudica una licitación de suministro de reactivos e insumos, con el alcance de que el acto omitió la fórmula final "tómese razón" exigida en el control previo de legalidad.
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La Contraloría toma razón del documento que dispone la acumulación y declara la caducidad de una concesión de acuicultura, con el alcance de que el período de inactividad que la origina debe entenderse producido en 2017, como indican sus considerandos 16 y 17, y no según sus considerandos 9° y 12.
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La Contraloría toma razón de la resolución que resuelve una relocalización por ajustes cartográficos y otorga una concesión de acuicultura de reemplazo, con dos alcances: precisar el decreto que contiene el reglamento citado y observar que no se exige publicar el acto.
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La Contraloría toma razón del documento que modifica la resolución N° 37, de 2023, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sobre el perímetro de exclusión en Puerto Montt, y hace presente un error en el orden correlativo de sus resolutivos, que deberá evitarse en lo sucesivo.
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La Contraloría toma razón del documento que da cumplimiento a resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU sobre sanciones por la situación de Haití, con el alcance de que la primera resolución ya fue dispuesta por el decreto N° 304, de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de raciones alimenticias de la JUNAEB, con alcances: las multas deben pagarse en dinero, la garantía se hace efectiva íntegramente ante incumplimiento grave y deben corregirse errores de referencia.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba las bases de la licitación para la venta de un inmueble, con alcances: deben incorporarse inhabilidades de las leyes de Delitos Económicos y de Libre Competencia, y corregirse el control de los actos que sancionan la enajenación.
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La Contraloría toma razón del documento del Ministerio del Interior que aprueba el contrato con Securiport LLC para el sistema PNR, con alcances: no aplica la cláusula de subcontratación, la garantía debe entregarse al firmar el contrato y los pagos futuros requieren disponibilidad presupuestaria.
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La Contraloría no da curso a la resolución del Instituto de Seguridad Laboral que modificaba un contrato ya vencido, pues las modificaciones deben suscribirse durante su vigencia; además, advierte que la renovación solo procedía una vez.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de arriendo de computadores del Instituto de Previsión Social, con el alcance de que los servicios no podrán iniciarse antes del 2 de enero de 2026, cuando termina el convenio vigente.
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La Contraloría representa el documento que aprueba el contrato de aseo con Aramark, por cláusulas que infringen la normativa de compras públicas y presentar estipulaciones genéricas, contradictorias o improcedentes, además de faltar antecedentes esenciales.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba la modificación del convenio de transferencia con la Delegación Presidencial Provincial del Tamarugal, por ajustarse a derecho, con alcances sobre la cita del decreto de nombramiento y la omisión de la fórmula "tómese razón".
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato de aseo con Grupo Arte SpA, con alcances: el pago de facturas se cuenta desde su recepción y la separación de trabajadores exige motivos objetivos y fundados.
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La Contraloría toma razón del instrumento que constituye la reserva de aguas subterráneas en el sector de Cauquenes, con alcances formales sobre la fecha de la demanda comprometida y la fecha del decreto que se deja sin efecto.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba la liquidación final del contrato, porque el cálculo de multas no consideró el incremento del 1,25 del precio unitario y faltan detalles sobre reajustes y la carta Gantt.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el contrato entre el Instituto de Seguridad Laboral y Servicios de Administración Previsional S.A., con alcances: no procede cobrar la garantía si el contrato termina anticipadamente por interés público o seguridad nacional, y hay errores formales en el monto.
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La Contraloría toma razón, con alcance, de la resolución que complementa y modifica la resolución N° 120, de 2021, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional, entendiendo que se trata de una regularización, y ordena remitir oportunamente en lo sucesivo instrumentos como el de la especie.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de raciones alimenticias de la JUNAEB, con alcances: las multas deben pagarse en dinero, la garantía se hace efectiva íntegramente ante incumplimiento grave y deben corregirse referencias y errores del convenio.
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La Contraloría toma razón del documento que fija precios de nudo para suministros eléctricos, reiterando a la Secretaría de Estado que debe dictar los reglamentos para ejecutar la ley N° 20.936, conforme a su artículo vigésimo transitorio.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba el acuerdo de seguros con Renta Nacional, con el alcance de que la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento va del 27 de septiembre de 2025 al 30 de diciembre de 2027, y no como indica la estipulación tercera.
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La Contraloría toma razón del documento que resuelve la relocalización por ajustes cartográficos de una concesión de acuicultura, declarando el término de la original y otorgando una de reemplazo, con el alcance de que el Informe Técnico N° 507 es de 2024 y no de 2023.
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La Contraloría aclara que las asociaciones municipales sí pueden prestar servicios de capacitación remunerados, pues ello se relaciona con sus fines y se solventa conforme al artículo 145 de la ley N° 18.695.
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La Contraloría no dio curso a la resolución que aprobaba la contratación directa de créditos cloud AWS, porque la causal invocada no está suficientemente justificada: no se acredita el carácter accesorio ni un contrato previo adjudicado.
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La Contraloría rechaza la solicitud de la Subsecretaría de Educación Parvularia para rendir de forma simplificada los recursos transferidos a Fundación Integra en 2024, pues las dificultades invocadas no constituyen una condición excepcional que justifique aplicar la excepción a la regla general de rendición.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el convenio de transferencia con la ONG Pather Nostrum, por tratarse de un convenio de continuidad mientras SENAMA culmina el proceso concursal, con alcances sobre prórrogas, rendición de cuentas vía SISREC y la condición de la primera cuota.
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La Contraloría toma razón del instrumento que declara beneficiario y aprueba el convenio entre la Dirección de Educación Pública y la Municipalidad de Monte Patria para financiar infraestructura del Liceo Presidente Eduardo Frei Montalva, con alcances sobre el año de los compromisos financieros y el plazo de rendición de cuentas.
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La Contraloría toma razón del documento que dispone la transferencia de recursos, con el alcance de que el Ministerio deberá usar en lo sucesivo el Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas (SISREC).
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La Contraloría representa el documento de la Subsecretaría de Salud Pública que aprueba las bases para la contratación del servicio de monitoreo y mantenimiento de depósitos de vacunas, por múltiples errores e infracciones legales en su contenido.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad-referéndum N° 4 de asesoría a la inspección fiscal de esa obra, haciendo presente que la Dirección deberá emitir oportunamente los actos que aprueben convenios, dado el evidente retraso.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción Obras Complementarias Embalse Chironta", por no incluir los reajustes pagados y faltar documentos de respaldo. Ordena remitir una tabla comparativa de reajustes y acreditar el pago o restitución de diferencias.
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La Contraloría toma razón del decreto que establece la norma de emisión de contaminantes y olores de la fabricación de pulpa Kraft, con alcances: corrige la fecha de vigencia de la norma anterior citada y ordena timbrar las enmiendas introducidas.
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La Contraloría toma razón del documento del Ministerio de Educación que aprueba el contrato de impresión de textos escolares 2026, con el alcance de que el pago debe hacerse en 30 días corridos desde la factura, sin condicionarlo a la entrega de antecedentes.
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La Contraloría toma razón del documento que aprueba una transferencia de recursos a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, 2025, por ajustarse a derecho, con el alcance de que debe considerarse la normativa presupuestaria sobre el plazo de rendición de cuentas.
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La Contraloría toma razón del documento que amplía las concesiones sanitarias de ECONSSA Chile S.A. para la Población Santa Antonia II, en Ovalle, con el alcance de que los actos administrativos deben individualizar a la autoridad firmante.
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La Contraloría toma razón del decreto que autoriza la contratación directa y aprueba el contrato de subsidio al transporte lacustre en la región de Aysén, por la necesidad de mantener la conectividad del sector. Además, instruye a la Secretaría de Estado adoptar medidas para licitar con antelación y remitir oportunamente sus actos a toma de razón, dado el evidente retraso.
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La Contraloría toma razón del instrumento que regulariza y aprueba el convenio ad referéndum N° 4 sobre el estudio de ingeniería de detalle "Construcción Conexión Vial Puerto Varas – Llanquihue", precisando que dicho convenio es de 9 de agosto de 2025 y no de la fecha indicada en el primer resuelvo de la resolución.
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La Contraloría toma razón de la resolución que dispone una transferencia y fija condiciones de rendición de recursos al Ejército, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la transferencia solo puede efectuarse desde la total tramitación del acto.
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La Contraloría toma razón de la resolución que dispone la transferencia de recursos al Ejército de Chile, por ajustarse a derecho, con el alcance de que solo puede efectuarse desde la total tramitación del acto.
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La Contraloría no da curso a la resolución del Instituto de Salud Pública que aprueba las bases de una licitación de equipos de laboratorio, por múltiples infracciones a la normativa de compras públicas, y representa el acto administrativo.
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La Contraloría no da curso al documento que aprueba la liquidación final del contrato del Embalse Caritaya, pues no se justifica el traspaso del saldo de retenciones sin canjear; ordena al Ministerio regularizar la restitución de esas sumas a la brevedad.
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La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato de contact center de la Subsecretaría de Salud Pública, con alcances sobre el cómputo del plazo, el término anticipado por inhabilitación, el trámite de orden de facturación y la imputación presupuestaria.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica el Reglamento de Premios por Logros Deportivos, con alcances: la mención al "procedimiento de pago excepcional" debe entenderse referida al de los incisos finales del artículo 10, y corrige el número de un oficio citado.