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Servicio de Impuestos Internos

Otras Normas

Los pronunciamientos del Servicio de Impuestos Internos sobre Otras Normas, del más reciente al más antiguo.

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Otras Normas, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Otras Normas

Pronunciamientos

  • 30 de octubre de 2026

    Oficio N° 312

    El SII analiza si el aporte de inmuebles a una sociedad, en el marco de una reorganización empresarial con fines de negocio, cumple los requisitos del artículo 64 del Código Tributario y no constituye una conducta elusiva según los artículos 4° bis y siguientes.

  • 30 de octubre de 2026

    Oficio N° 2911

    El SII aclara que un extranjero con residencia en Chile queda afecto solo a impuestos sobre rentas de fuente chilena durante sus primeros tres años, y que en ese período no se le considera residente para los convenios de doble imposición.

  • 30 de octubre de 2026

    Oficio N° 2913

    El SII aclara que el impuesto del artículo 9 de la Ley N° 21.420 grava bienes inscritos y vigentes en Chile al 31 de diciembre, aunque estén en el extranjero. El contribuyente puede acreditar que el vehículo está fuera del país para dejar sin efecto los giros correspondientes.

  • 7 de octubre de 2026

    Oficio N° 2682

    El SII establece cómo separar el valor de adquisición entre terreno y construcción cuando la escritura no los distingue, permitiendo usar tasación comercial de la fecha de compra o el porcentaje del avalúo fiscal. Así se determina el costo tributario de cada componente.

  • 2 de octubre de 2026

    Oficio N° 2598

    El SII confirma que dos nuevos impuestos japoneses para la defensa quedan cubiertos por el Convenio Chile-Japón, permitiendo a residentes chilenos acreditarlos contra sus impuestos en Chile.

  • 4 de septiembre de 2026

    Oficio N° 2273

    El SII aclara si un notario puede reorganizarse mediante una sociedad de profesionales para cumplir las nuevas exigencias de auditoría y transparencia de la Ley N°21.772, sin infringir las normas del Código Tributario sobre el ejercicio de profesiones.

  • 2 de septiembre de 2026

    Oficio N° 2254

    La norma aclara que una empresa que solo otorga leasing financiero a una sociedad relacionada sigue siendo "institución financiera" para la exención del artículo 24, N°6, del DL 3.475, ya que la habitualidad no depende de la contraparte.

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2238

    El SII rechaza entregar copias del expediente de un Procedimiento de Acuerdo Mutuo, ya que la información está protegida por secreto tributario según el Convenio con México. Solo puede divulgarse a autoridades específicas, no al solicitante.

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2217

    La norma aclara que solo los contribuyentes señalados en la ley pueden acceder a los beneficios tributarios del Título VIII bis del D.L. N° 3.063, pero no impide que otras personas hagan donaciones válidas a entidades inscritas, quedando sujetas al impuesto general correspondiente.

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2222

    El SII confirma que los fondos de inversión que reparten beneficios en dólares deben usar el tipo de cambio vigente el día en que el aportante los recibe, informando ese monto en pesos en la declaración jurada N° 1922 y el Certificado N° 44.

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2219

    El SII confirma que las referencias a “instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores” en la Ley de Donaciones con Fines Educacionales deben entenderse como “colaboradores acreditados” según la Ley N° 20.032.

  • 31 de agosto de 2026

    Oficio N° 2215

    La norma aclara cómo aplicar el Convenio de Doble Tributación entre Chile y España a las pensiones de retiro pagadas a una persona que reside en España, determinando si corresponde retener impuesto en Chile según su residencia o domicilio.

  • 10 de agosto de 2026

    Oficio N° 1983

    El SII confirma que los pagos por regalías mineras entre una empresa chilena y una canadiense se tratan según el artículo 12 del Convenio con Canadá, aplicando criterios vigentes de oficios previos.

  • 27 de julio de 2026

    Oficio N° 1855

    El beneficio tributario de la Ley N° 21.631 sí aplica a quienes compren vivienda nueva con subsidio habitacional y crédito hipotecario, debiendo el banco informar los pagos mediante la declaración jurada N° 1957.

  • 15 de julio de 2026

    Oficio N° 1760

    El SII aclara que la norma antielusiva del artículo 64 del Código Tributario no se aplica al aporte de acciones de una SpA chilena a una sociedad canadiense, siempre que se cumplan los requisitos legales.

  • 14 de julio de 2026

    Oficio N° 1721

    La norma aclara que para acceder al crédito tributario de la Ley N° 21.631 por compra de vivienda nueva, se exige una promesa de compraventa en escritura pública o protocolizada, suscrita después del 16.10.2023, y la recepción final del proyecto debe ser posterior al 31.10.2023.

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