Artículo 1672 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1672. Si el cuerpo cierto perece por culpa o durante la mora del deudor, la obligación del deudor subsiste, pero varía de objeto; el deudor es obligado al precio de la cosa y a indemnizar al acreedor.
Sin embargo, si el deudor está en mora y el cuerpo cierto que se debe perece por caso fortuito que habría sobrevenido igualmente a dicho cuerpo en poder del acreedor, sólo se deberá la indemnización de los perjuicios de la mora. Pero si el caso fortuito pudo no haber sucedido igualmente en poder del acreedor, se debe el precio de la cosa y los perjuicios de la mora.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Indemnización por la cosa arrendada: no se probó culpa de la demandada en su custodia
Rechaza la casación de la demandante por no invocar las normas decisorias de la litis y por discutir hechos fijados: no se acreditó que la demandada faltara al cuidado de la especie arrendada.
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Término del arrendamiento por incendio del inmueble calificado como caso fortuito
Rechaza la casación en el fondo de la demandante por manifiesta falta de fundamento: el caso fortuito quedó fijado como hecho, el artículo 1698 del Código Civil no basta para alterarlo y omite normas decisorias.
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Responsabilidad del comodatario por la pérdida de una máquina excavadora
Rechaza la casación en el fondo de la demandada porque no denunció como infringidos los artículos 44, 1437, 1489, 1545, 1556, 1672 y 2174 del Código Civil, que rigen la acción de cumplimiento del comodato.
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Compensación entre deuda de dinero y obligación de entregar equipos en juicio ejecutivo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: pretende alterar los hechos sin denunciar eficazmente las leyes reguladoras de la prueba, y le tocaba probar la compensación.
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Deuda impaga con un tercero como daño emergente por incumplimiento de SQM Nitratos
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la demandada: la indemnización puede demandarse en forma autónoma y una deuda vigente con un tercero, aunque impaga, es daño emergente cierto.
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Robo de camioneta en estacionamiento de supermercado: legitimación del dueño no conductor
Acoge la casación de los demandantes: el dueño del vehículo, aunque no lo estacionó, es acreedor de la restitución y está legitimado para demandar; se infringieron los artículos 1545 y 1546 del Código Civil.
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Terminación de arriendo e indemnización por deterioros cuando el arrendador no es dueño
Rechaza la casación en el fondo de la arrendataria: las acciones de terminación y de indemnización del artículo 1939 del Código Civil son contractuales y no exigen que el arrendador sea dueño.
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Robo de un equipo médico transportado y límite de la Convención de Varsovia no alegado
Rechaza la casación en el fondo de Jas Forwarding: el límite de responsabilidad de la Convención de Varsovia no se alegó en el juicio, la demandada estuvo en rebeldía y no se probó el peso de la carga.
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Extravío de un refrigerador en transporte internacional y responsabilidad del porteador
Rechaza con costas la casación en el fondo de la demandada: el caso fortuito es alegación nueva, pues no contestó la demanda; el porteador responde de culpa leve y el daño moral contractual se indemniza.
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Ejecución por los programas del juego Kino: excepciones de pago y pérdida de la cosa
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de los ejecutantes: la Universidad de Concepción pagó al entregar los programas, Serigráfica Chilena ya los había devuelto y la pericia fue oportuna.
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