Artículo 2321 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 2321. Los progenitores serán siempre responsables de los delitos o cuasidelitos cometidos por sus hijos menores, y que conocidamente provengan de mala educación, o de los hábitos viciosos que les han dejado adquirir.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Prescripción de patentes comerciales cobradas por la Municipalidad de Chiguayante
Rechaza el recurso de la Municipalidad: las patentes son un impuesto que prescribe en tres años según el artículo 2521 del Código Civil, y el vicio de fundamentación es propio de la casación en la forma.
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Responsabilidad de los padres por los hechos de sus hijos menores y mala educación
Rechaza la casación de la demandada por no denunciar los artículos 2284, 2314, 2319, 2320 y 2329 del Código Civil y 178 del Código de Procedimiento Civil, y porque discute la suficiencia de la prueba.
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Responsabilidad de los padres por el hecho del hijo adolescente: eximente no probada
Rechaza la casación de la demandada por manifiesta falta de fundamento: a ella correspondía probar la debida diligencia en el cuidado de su hijo, no lo hizo, y los hechos fijados no pueden revisarse.
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Nombramiento irregular de directora de obras: demanda contra la Municipalidad de Quemchi
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: discute los hechos fijados (nombramiento, remuneraciones y servicios prestados) sin denunciar infracción de leyes reguladoras de la prueba.
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Vacuna BCG vencida y meningitis de un recién nacido en la Clínica San Lorenzo
Rechaza la casación en el fondo de la parte demandante, que busca establecer que la vacuna vencida causó la meningitis, hecho que no se acreditó, sin explicar cómo se infringieron normas de prueba.
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Indemnización por daño moral derivada de abuso sexual y prescripción de la acción civil
Rechaza la casación del demandado porque el recurso se limita a transcribir la sentencia de primer grado revocada y no precisa qué normas infringió el fallo de alzada.
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Alumno apuñalado en un liceo: responsabilidad de la Corporación Municipal de San Miguel
Rechaza la casación de la Corporación demandada y mantiene el daño moral ($10.000.000 al alumno y $3.000.000 a cada padre): no vigiló a tiempo a los alumnos pese a una pelea previa e incumplió su deber de seguridad.
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Responsabilidad de los padres por el choque de un hijo menor que conducía ebrio
Rechaza la casación de la parte demandada: solo denunció los artículos 2320 y 2321 del Código Civil y omitió los artículos 2314 y 2329, normas decisorias en que se basó el fallo.
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Responsabilidad del padre por el accidente mortal causado por su hijo adolescente ebrio
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del demandado: discute la valoración de la prueba de la responsabilidad parental, que escapa a la casación, y no se alteró la carga de la prueba.
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Incendio en un predio: demanda contra la Comunidad de Aguas Canal Diaguitas San Isidro
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: discute la valoración de la prueba, y los jueces fijaron que no se acreditó un actuar culposo en el origen del incendio.
Se muestran los 10 más recientes de 24 fallos.
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