Artículo 848 del Código Civil
Cómo lo aplica la Corte Suprema: 13 fallos lo citan.
Qué dice el artículo
Art. 848. Si las partes no se convienen, se reglará
por peritos, tanto el importe de la indemnización, como el
ejercicio de la servidumbre.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.
Fallos que lo aplican
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