Artículo 384 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 384. El régimen de la sociedad colectiva se ajustará a los pactos que contenga la escritura social, y en lo que no se hubiere previsto en ellos, a las reglas que a continuación se expresan.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Disolución de Protec Limitada por pérdida de la affectio societatis entre sus dos socios
Rechaza la casación de la demandada reconvencional: la pérdida de la affectio societatis es motivo grave del artículo 2108 del Código Civil, y el recurso omitió las normas decisorias de la litis.
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Obligación de rendir cuenta de las socias administradoras de una sociedad inmobiliaria
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: no impugnó los artículos 384 y 385 del Código de Comercio ni el artículo 4 de la Ley 3.918, con los que se acogió la demanda.
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Ejecución de un laudo y falta de personería de quien demanda por la sociedad
Rechaza con costas la casación del ejecutado por falta de agravio: aunque se desechó su excepción de falta de personería, la demanda ejecutiva fue rechazada al acogerse la excepción del número 7 del artículo 464.
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Demanda por parte del precio de una compraventa sin probar la calidad de socio
Rechaza por manifiesta falta de fundamento el recurso de la demandante: discurre sobre hechos distintos de los fijados y no denuncia infracción de leyes reguladoras de la prueba.
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Cobro ejecutivo de letra de cambio a Inversiones Cerro Pan de Azúcar y su avalista
Rechaza el recurso de los ejecutados porque no expresa en qué consisten los errores de derecho, como exige el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil.
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Crear cuenta de pruebaArtículos que se citan junto a este
- Art. 170 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 1698 · Código Civil
- Art. 144 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 680 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 160 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 342 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 254 · Código de Procedimiento Civil
- Art. 385 · Código de Comercio