Artículo 352 del Código de Comercio
Qué dice el artículo
Art. 352. La escritura social deberá expresar:
1°. Los nombres, apellidos y domicilios de los socios; 2°. La razón o firma social; 3°. Los socios encargados de la administración y del uso de la razón social; 4°. El capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero, en créditos o en cualquiera otra clase de bienes; el valor que se asigne a los aportes que consistan en muebles o en inmuebles; y la forma en que deba hacerse el justiprecio de los mismos aportes en caso que no se les haya asignado valor alguno; 5°. Las negociaciones sobre que deba versar el giro de la sociedad; 6°. La parte de beneficios o pérdidas que se asigne a cada socio capitalista o industrial; 7°. La época en que la sociedad debe principiar y disolverse; 8°. La cantidad que puede tomar anualmente cada socio para sus gastos particulares; 9°. La forma en que ha de verificarse la liquidación y división del haber social; 10. Si las diferencias que les ocurran durante la sociedad deberán ser o no sometidas a la resolución de arbitradores, y en el primer caso, la forma en que deba hacerse el nombramiento; 11. El domicilio de la sociedad; 12. Los demás pactos que acordaren los socios.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Promulgación: 23 de noviembre de 1865 · Última modificación: 23 de septiembre de 2023.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Inoponibilidad del término de Sky Cargo Limitada pedida por su socia Cargo Wise S.A.
Rechaza la casación de la demandante: la acción prescribió en cinco años, la inoponibilidad protege a terceros y no a una socia, y ella misma reconoció antes el término de la sociedad.
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Nulidad absoluta acogida tras rechazarse la prescripción extintiva de la acción
Rechaza los recursos de los demandados, entre ellos Sociedad Agrícola Río Hermoso Limitada y Sociedad Rio Baker SpA, por no denunciar normas decisorias, como los artículos 1682 y 2514 del Código Civil.
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Nulidad de testamento cerrado y pago de legítimas con inmuebles aportados a una sociedad
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de los demandantes: no se fijó como hecho que el notario conociera el testamento cerrado y la tasación de bienes es válida por hacerse en una partición.
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Desposeimiento del tercer poseedor de finca hipotecada vendida a Comercial Vera Hermanos
Rechaza las casaciones de la demandada: la de forma no procede contra lo que negó la nulidad por falta de emplazamiento y la de fondo omitió el artículo 759 del Código de Procedimiento Civil.
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Cobro ejecutivo de la rendición de cuentas de un socio con la escritura social
Rechaza la casación de la sociedad ejecutante: la escritura social no contiene expresamente la obligación de rendir cuentas y por eso no es título ejecutivo; el error normativo del fallo no influyó.
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Liquidador de sociedad puede excluir a la socia que no enteró su aporte
Rechaza las casaciones de la demandada: la exclusión no admite casación de forma y, según el pacto social, el liquidador árbitro debía fijar la participación conforme a los aportes enterados.
Lo que dice la Corte sobre el art. 352 «[…] que no hay inconveniente, que por la vía del pacto se aplique el procedimiento de liquidación mercantil a la sociedad civil. Tal situación ocurre no sólo cuando se estipula unánimemente al momento de la disolución, sino que puede estar contenida en el estatuto social, según lo permite el artículo 352 N°9 del Código de Comercio, aplicable a toda clase de sociedades de responsabilidad limitada. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 6368-2018
«[…] que no hay inconveniente, que por la vía del pacto se aplique el procedimiento de liquidación mercantil a la sociedad civil. Tal situación ocurre no sólo cuando se estipula unánimemente al momento de la disolución, sino que puede estar contenida en el estatuto social, según lo permite el artículo 352 N°9 del Código de Comercio, aplicable a toda clase de sociedades de responsabilidad limitada. […]» (Corte Suprema, Rol 6368-2018, 11 de julio de 2019). «[…] que no hay inconveniente, que por la vía del pacto se aplique el procedimiento de liquidación mercantil a la sociedad civil. Tal situación ocurre no sólo cuando se estipula unánimemente al momento de la disolución, sino que puede estar contenida en el estatuto social, según lo permite el artículo 352 N°9 del Código de Comercio, aplicable a toda clase de sociedades de responsabilidad limitada. […]» (Corte Suprema, Rol 6368-2018, 11 de julio de 2019). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-comercio/articulo-352#corte-1768931 -
Liquidación de Elizabeth Adauy y Compañía Limitada: el árbitro debía ser de derecho
Rechaza la queja por improcedente, pues la Corte de Apelaciones conoce en única instancia la queja contra árbitros, pero de oficio anula lo obrado por el árbitro arbitrador y ordena designar uno de derecho.
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Autorización a curadora para aportar derechos de una interdicta a una sociedad limitada
Rechaza la casación de la curadora: aportar los derechos sobre inmuebles es una enajenación del artículo 393 del Código Civil y no se probó su utilidad o necesidad manifiesta.
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Tercería de dominio sobre inmueble embargado en cobranza laboral de Habitat
Rechaza la casación de Habitat: sus errores sobre el embargo del aporte de los socios no se discutieron en el juicio, centrado en el dominio del bien, y omitió denunciar las normas decisorias.
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Tercería de dominio sobre inmueble embargado en cobranza laboral contra una sociedad
Rechaza, con costas, la casación de la ejecutante A.F.P. Habitat S.A.: no denunció las normas decisorias de la litis y lo que alegó sobre embargo por deudas de socios no se discutió en el juicio.
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