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Artículo 187 del Código de Procedimiento Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 31 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 187 (210). Son apelables todas las sentencias definitivas y las interlocutorias de primera instancia, salvo en los casos en que la ley deniegue expresamente este recurso.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

Se muestran 20 de 31 fallos, los más relevantes primero.

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