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Artículo 23 del Código de Procedimiento Civil (CPC)

Qué dice el artículo

Art. 23 (24). Los que, sin ser partes directas en el juicio, tengan interés actual en sus resultados, podrán en cualquier estado de él intervenir como coadyuvantes, y tendrán en tal caso los mismos derechos que concede el artículo 16 a cada una de las partes representadas por un procurador común, continuando el juicio en el estado en que se encuentre.

Se entenderá que hay interés actual siempre que exista comprometido un derecho y no una mera expectativa, salvo que la ley autorice especialmente la intervención fuera de estos casos.

Si el interés invocado por el tercero es independiente del que corresponde en el juicio a las dos partes, se observará lo dispuesto en el artículo anterior.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.

Sentencias destacadas

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Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.

  • Rol 16711-20262026-07-14Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Falta de servicio de Vialidad: sin legitimación activa quien no es dueño del vehículo

    Rechaza la casación de los demandantes por manifiesta falta de fundamento, pues busca alterar los hechos fijados: el vehículo estaba inscrito a nombre de un tercero y el daño no se probó.

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  • Rol 2575-20262026-06-01Cuarta Sala(Laboral) Hecho

    Apelación de las administradoras de pensiones contra amparo que dejó sin efecto arrestos

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  • Rol 12120-20262026-03-27Primera Sala(Civil) Casación Fondo

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    Rechaza la casación de la Asociación de Consumidores del Profesorado de Chile por manifiesta falta de fundamento: como tercero coadyuvante está subordinada a la demandante y no puede oponerse al avenimiento.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 23
    «[…] En efecto, el artículo 23 inciso 1° del Código de Procedimiento Civil, dispone que: “Los que, sin ser partes directas en el juicio, tengan interés actual en sus resultados, podrán en cualquier estado de él intervenir como coadyuvantes, y tendrán en tal caso los mismos derechos que concede el artículo 16 a cada una de las partes representadas por un procurador común, continuando el juicio en el estado en que se encuentre”. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 12120-2026

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  • Rol 76817-20202026-03-24Segunda Sala(Civil) Casación Fondo T. Propiedad Industrial

    Marca Corona Sunset: se mantiene su rechazo ante la oposición de Cervecería Modelo

    Rechaza la casación de Comercial Raidas S.A.: solo discrepa de los hechos sin mostrar infracción a la sana crítica, y no hay cosa juzgada al no probarse identidad de partes con el juicio anterior.

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  • Rol 51675-20242025-11-11Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Nulidad de sociedad y aporte: faltó demandar a la sucesión del contratante fallecido

    Rechaza la casación de los demandantes: la nulidad debía dirigirse contra todos los contratantes, incluida la sucesión del padre fallecido, que no fue emplazada, defecto insubsanable en segunda instancia.

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  • Rol 15561-20242025-09-23Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Inoponibilidad de una sentencia reivindicatoria alegada por Agrícola San Osvaldo SpA

    Acoge la casación de la parte demandante: el tercero que comparece acepta todo lo obrado según el artículo 22 del Código de Procedimiento Civil y no puede volver a discutir el dominio ya resuelto con sentencia firme.

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  • Rol 76816-20202025-08-26Segunda Sala(Civil) Casación Fondo T. Propiedad Industrial

    Marca mixta Corona Sunset: se mantiene su rechazo ante la oposición de Cervecería Modelo

    Rechaza la casación de Comercial Raidas S.A.: solo discrepa de los hechos sin mostrar infracción a la sana crítica, y no hay cosa juzgada al no probarse identidad de partes con el juicio anterior.

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  • Rol 21625-20252025-08-19Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Tercero se opone al lanzamiento alegando que su inmueble no es el subastado

    Rechaza la casación del tercerista: la resolución no es definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio, y no denunció infringidos los artículos 23 y 235 N° 1 del Código de Procedimiento Civil.

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  • Rol 10729-20242025-07-14Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Orden de demolición de antenas de Entel en Providencia: requerían permiso municipal

    Rechaza la casación de Entel PCS: sobre un edificio de tres pisos la altura se mide desde el suelo, supera tres metros y exige el permiso del artículo 116 bis G de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

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  • Rol 874-20252025-02-27Primera Sala(Civil) Casación Fondo

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