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Artículo 239 del Código de Procedimiento Civil (CPC)

Qué dice el artículo

Art. 239. Las reclamaciones que el obligado a restituir una cosa raíz o mueble tenga derecho a deducir en razón de prestaciones a que esté obligado el vencedor y que no haya hecho valer en el juicio en que se dictó la sentencia que se trata de cumplir, se tramitarán en forma incidental con audiencia de las partes, sin entorpecer el cumplimiento de la sentencia, salvo las excepciones legales.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.

  • Rol 38981-20252025-12-17Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] En la especie, el artículo 239 del Código de Procedimiento Civil, es el que prevé precisamente la acción incidental ejercitada por el poseedor vencido para obtener el pago de las expensas y mejoras introducidas en el inmueble que se le ordenó restituir en virtud de la acción de dominio. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 38981-2025

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  • Rol 6821-20152015-12-23Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] De esta forma, resulta evidente que si en este procedimiento seguido conforme al artículo 239 del Código de Procedimiento Civil se admite que el poseedor vencido exija el pago de mejoras útiles, debe a su vez permitirse que el reivindicador exija la restitución de los frutos civiles correspondientes a las rentas de arrendamiento percibidas por el demandado […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 6821-2015

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  • Rol 9508-20112012-12-27Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] resulta palmario que la demanda incidental enderezada por el demandado en la etapa de cumplimiento del fallo, y por la cual persigue el pago de mejoras, no se ajusta a la hipótesis contenida en el artículo 239 del Código de Procedimiento Civil -norma que le ha servido de basamento a su solicitud- puesto que tal precepto permite dar la tramitación que equivocadamente en ese proceso se ha otorgado, exclusivamente a: […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 9508-2011

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  • Rol 2755-20082009-10-19Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] sin perjuicio de la facultad del demandado de ejercer sus derechos en la oportunidad que prevé el artículo 239 del Código de Procedimiento Civil, en la etapa de ejecución del fallo. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 2755-2008

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  • Rol 22983-20142015-04-01(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] Que de esta forma, al haber decidido los magistrados de la instancia negar lugar a la excepción de falta de oportunidad en la ejecución, dieron correcta aplicación a las normas de los artículos 234, 239 del Código de Procedimiento Civil y 914 del Código Civil, sin incurrir en los errores de derecho que se les atribuye en el recurso, de forma tal que la casación en el fondo intentada, en este punto, debe ser necesariamente declarada sin lugar; […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 22983-2014

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  • Rol 10922-20112012-08-07Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] Acto seguido agrega, que el artículo 239 del Código de Procedimiento Civil en todo caso despeja las dudas y fija la vía como la situación de autos en la cual el demandante deba restituir dineros como contraprestación a la rescisión del bien inmueble, dicha deuda en todo caso no entorpece el cumplimiento del fallo”; […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 10922-2011

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  • Rol 49405-20242024-11-11Primera Sala(Civil) Casación Forma y FondoINADMISIBLE CASACIÓN FORMA RECHAZADA, CASACIÓN FONDO

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] En el presente caso, la normativa que en el recurso en estudio se dice transgredida y que fue mencionado en el motivo sexto que antecede, en específico los artículos 82 y 239 del Código de Procedimiento Civil, sin duda, es de índole procesal, empero ordenatoria litis. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 49405-2024

  • Rol 6288-20192019-09-26Cuarta Sala(Civil) Casación FondoINADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M)

    Lo que dice la Corte sobre el art. 239
    «[…] en lo dispositivo de la sentencia.” Tercero: Que la resolución objetada, esto es, aquella que hizo lugar a la demanda incidental de cobro de mejoras en la etapa regulada en el artículo 239 del Código de Procedimiento Civil, no reviste la naturaleza jurídica de las descritas en el fundamento anterior, razón por la que debe desestimarse el arbitrio deducido. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 6288-2019

  • Rol 10793-20262026-03-24Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza la casación de la demandante incidental: los jueces fijaron que no probó obras previas a la contestación ni aumento del valor, y no se denunció eficazmente infracción de leyes reguladoras de la prueba.

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  • Rol 8902-20182019-07-31Primera Sala(Civil) Casación Fondo

    Rechaza el recurso de la demandada porque discute la valoración de la prueba sin denunciar normas reguladoras, y porque no hizo la reserva del artículo 239 del Código de Procedimiento Civil para las mejoras.

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