Artículo 291 del Código del Trabajo
Qué dice el artículo
Art. 291. Incurren, especialmente, en infracción que atenta contra la libertad sindical:
a) Los que ejerzan fuerza física o moral en los trabajadores a fin de obtener su afiliación o desafiliación sindical o para que un trabajador se abstenga de pertenecer a un sindicato, y los que en igual forma impidan u obliguen a un trabajador a promover la formación de una organización sindical, y
b) Los que por cualquier medio entorpezcan o impidan la libertad de opinión de los miembros de un sindicato, impidan el ingreso de los trabajadores a las asambleas o el ejercicio de su derecho a sufragio.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 6 de julio de 1987 · promulgación: 27 de mayo de 1987 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 16 de enero de 2003 · Última modificación: 23 de julio de 2026.
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Lo que dice la Corte sobre el art. 291 «[…] concluyeron que el proceso hermenéutico de las normas contenidas en los artículos 289, 290 y 291 del Código del Trabajo debe efectuarse de modo tal que puedan sancionarse todas aquellas malas prácticas que se acreditan en un juicio y que violentan la libertad sindical, a fin de concretar de manera efectiva el ejercicio del derecho fundamental en referencia y asegurar su eficacia […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 37218-2017
«[…] concluyeron que el proceso hermenéutico de las normas contenidas en los artículos 289, 290 y 291 del Código del Trabajo debe efectuarse de modo tal que puedan sancionarse todas aquellas malas prácticas que se acreditan en un juicio y que violentan la libertad sindical, a fin de concretar de manera efectiva el ejercicio del derecho fundamental en referencia y asegurar su eficacia […]» (Corte Suprema, Rol 37218-2017, 30 de enero de 2018). «[…] concluyeron que el proceso hermenéutico de las normas contenidas en los artículos 289, 290 y 291 del Código del Trabajo debe efectuarse de modo tal que puedan sancionarse todas aquellas malas prácticas que se acreditan en un juicio y que violentan la libertad sindical, a fin de concretar de manera efectiva el ejercicio del derecho fundamental en referencia y asegurar su eficacia […]» (Corte Suprema, Rol 37218-2017, 30 de enero de 2018). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-del-trabajo/articulo-291#corte-309289 -
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