Artículo 471 del Código Penal
Qué dice el artículo
ART. 471.
Será castigado con presidio o relegación menores en sus grados mínimos o multa de once a veinte unidades tributarias mensuales:
1.º El dueño de una cosa mueble que la sustrajere de quien la tenga legítimamente en su poder, con perjuicio de éste o de un tercero.
2.° El que otorgare en perjuicio de otro un contrato simulado.
3.° Derogado.
Los ejemplares, máquinas u objetos contrahechos, introducidos o expendidos fraudulentamente, se aplicarán al perjudicado y también las láminas o utensilios empleados en la ejecución del fraude, cuando solo pudieren usarse para cometerlo.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 12 de noviembre de 1874 · promulgación: 12 de noviembre de 1874 · Última modificación: 20 de agosto de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
-
Pena sustitutiva negada a condenado por contrato simulado con otras investigaciones
Rechaza la queja: aplicar los artículos 4° y 5° de la Ley 18.216 para negar la remisión condicional es interpretar la ley, no una falta o abuso grave.
-
Simulación de la venta de la nuda propiedad de un inmueble que encubriría una donación
Rechaza las casaciones de los demandantes: la de forma impugna el rechazo de una casación que la Corte de Apelaciones falla en única instancia, y la de fondo solo busca que se valore de nuevo la prueba.
-
Sobreseimiento por contrato de arriendo falso presentado en un juicio de alimentos
Rechaza la queja contra la Corte de Valparaíso: confirmar el sobreseimiento por falta de perjuicio es una diferencia legítima de calificación jurídica, no una falta o abuso grave.
-
Nulidad absoluta de compraventa de departamento por simulación para eludir acreedores
Rechaza la casación del demandante: no denunció los artículos 1681 y siguientes del Código Civil, y su tesis del arriendo es una alegación nueva planteada recién en la apelación.
-
Nulidad por simulación de la venta de un inmueble ya prometido en venta a otro comprador
Dicta sentencia de reemplazo y declara nula por simulada la compraventa del inmueble de Arica: precio irrisorio, sin prueba de su pago ni de la capacidad económica de la compradora.
-
Contrato simulado por división societaria: sobreseimiento por falta de perjuicio a CORFO
Rechaza la queja de CORFO: estimar que faltó el perjuicio porque no era acreedora al tiempo de la división societaria es una interpretación razonable de los jueces, no falta o abuso grave.
-
Inadmisibilidad de querella de La Península S.A. por contrato simulado
Acoge la queja y ordena admitir la querella de La Península S.A.: la inadmisibilidad exige que los hechos no sean delito de forma evidente, no presumir sin investigar la falta de dolo.
-
Orden de detención vigente contra imputado francés que dejó Chile antes de ser citado
Revoca la sentencia y acoge el amparo: la negativa a fijar audiencia para revisar la orden de detención carece de fundamentos, por lo que deja sin efecto esa orden.
-
Venta simulada de un inmueble para eludir el embargo pedido por Corfo
Rechaza la casación en el fondo de los condenados: los hechos quedaron firmes y configuran contrato simulado en perjuicio de Corfo, pues la venta buscó sustraer el inmueble del embargo.
Lo que dice la Corte sobre el art. 471 «[…] de modo que esta Corte de casación coincide con los sentenciadores de la alzada, en orden a que los elementos propios del artículo 471 N° 2 del Código Penal se han comprobado legalmente, de suerte que no se observa desconocimiento a las normas substantivas que se reclaman […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 2025-2012
«[…] de modo que esta Corte de casación coincide con los sentenciadores de la alzada, en orden a que los elementos propios del artículo 471 N° 2 del Código Penal se han comprobado legalmente, de suerte que no se observa desconocimiento a las normas substantivas que se reclaman […]» (Corte Suprema, Rol 2025-2012, 14 de diciembre de 2012). «[…] de modo que esta Corte de casación coincide con los sentenciadores de la alzada, en orden a que los elementos propios del artículo 471 N° 2 del Código Penal se han comprobado legalmente, de suerte que no se observa desconocimiento a las normas substantivas que se reclaman […]» (Corte Suprema, Rol 2025-2012, 14 de diciembre de 2012). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-penal/articulo-471#corte-1862515 -
Estafa por hipoteca sobre el fundo El Morro con inscripción de papel
Rechaza la casación del condenado: sin invocar infracción de leyes reguladoras de la prueba los hechos son inamovibles, y configuran la estafa del artículo 468 del Código Penal.
Se muestran los 10 más recientes de 37 fallos.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de prueba