Artículo 22 de la Ley 20.285 (Transparencia)
Qué dice el artículo
Artículo 22.- Los actos que una ley de quórum calificado declare secretos o reservados mantendrán ese carácter hasta que otra ley de la misma jerarquía deje sin efecto dicha calificación. Transcurridos cinco años contados desde la notificación del acto que declara la calificación, el servicio u órgano que la formuló, de oficio o a petición de cualquier persona y por una sola vez, podrá prorrogarla por otros cinco años, total o parcialmente, evaluando el peligro de daño que pueda irrogar su terminación. Sin embargo, el carácter de secreto o reservado será indefinido tratándose de los actos y documentos que, en el ámbito de la defensa nacional, establezcan la planificación militar o estratégica, y de aquéllos cuyo conocimiento o difusión puedan afectar:
a) La integridad territorial de Chile; b) La interpretación o el cumplimiento de un tratado internacional suscrito por Chile en materia de límites; c) La defensa internacional de los derechos de Chile, y d) La política exterior del país de manera grave.
Los documentos en que consten los actos cuya reserva o secreto fue declarada por una ley de quórum calificado, deberán guardarse en condiciones que garanticen su preservación y seguridad por el respectivo órgano o servicio. Los documentos en que consten los actos declarados secretos o reservados por un órgano o servicio, deberán guardarse en condiciones que garanticen su preservación y seguridad por el respectivo órgano o servicio, durante el plazo de diez años, sin perjuicio de las normas que regulen su entrega al Archivo Nacional. Los resultados de las encuestas o de sondeos de opinión encargados por los órganos de la Administración del Estado facultados para ello serán reservados hasta que finalice el período presidencial durante el cual fueron efectuados, en resguardo del debido cumplimiento de las funciones de aquéllas.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 20 de agosto de 2008 · promulgación: 11 de agosto de 2008 · Última modificación: 11 de julio de 2025.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
-
Acoge la queja del Consejo de Defensa del Estado y declara reservadas las hojas de vida, que integran la dotación de las Fuerzas Armadas protegida por el artículo 436 número 1 del Código de Justicia Militar.
-
Acoge la queja del Consejo de Defensa del Estado y declara reservada la hoja de vida, que integra la dotación de las Fuerzas Armadas protegida por el artículo 436 número 1 del Código de Justicia Militar.
-
Acoge en parte la queja del Consejo de Defensa del Estado: ordena tarjar cursos, capacitaciones y destinaciones porque afectan la seguridad de la Nación; descarta la causal de vida privada del oficial.
-
Rechaza la queja del Consejo de Defensa del Estado, pero de oficio deja sin efecto la decisión de amparo: la hoja de vida es dotación secreta según el artículo 436 del Código de Justicia Militar.
-
Rechaza la queja del Fisco, pero de oficio limita la entrega a lo que la Armada ya dio a otro solicitante: la hoja de vida es dotación secreta, y negar lo ya entregado vulneraría la igualdad ante la ley.
-
Acoge la queja del Consejo de Defensa del Estado y deniega la entrega de sus antecedentes sobre no intervenir en una causa penal: están cubiertos por el secreto profesional y declarados reservados por ley.
Lo que dijo la administración sobre este artículo
Con tu cuenta buscas todos los dictámenes, oficios y circulares que citan este artículo.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de pruebaArtículos que se citan junto a este
- Art. 8 · Constitución Política de la República
- Art. 21 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 19 · Constitución Política de la República
- Art. 28 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 7 · Constitución Política de la República
- Art. 11 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 5 · Ley 20.285 (Transparencia)
- Art. 6 · Constitución Política de la República