Artículo 304 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 304. El estado civil es la calidad de un individuo, en cuanto le habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones civiles.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Posesión notoria de estado civil de hija de una indígena fallecida en gestión voluntaria
Acoge la casación de la solicitante: el artículo 4 de la Ley 19.253 permite acreditar en gestión voluntaria la posesión notoria del estado civil de hija de una indígena fallecida, y la acción es imprescriptible.
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Precario contra un ocupante que es parte de la familia que heredó el inmueble
Rechaza la casación de la demandante porque intenta alterar hechos fijados: que demandó como dueña exclusiva y no por todos los comuneros, y que el demandado es parte de la familia heredera.
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Demanda para declarar el estado civil de hermana sin filiación materna establecida
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: para declararlas hermanas debe acreditarse antes, en juicio de filiación, que descienden de la misma madre, y ninguna lo hizo.
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Petición de herencia de bisnietos omitidos en la posesión efectiva
Rechaza ambas casaciones de los demandados: no era juicio de estado civil que exigiera oír al fiscal judicial, y no pueden desconocer el certificado de bautismo que ellos usaron para su posesión efectiva.
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Alimentos sin filiación para mayor de edad con discapacidad confiada a las partes
Rechaza la casación del demandado: sin filiación, el artículo 241 inciso tercero del Código Civil permite exigir alimentos a quien tuvo su cuidado judicial, que no cesa con la mayoría de edad por su discapacidad.
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Hermanos que obtuvieron la posesión efectiva ocultando a la hija: poseedores de mala fe
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de los demandados: sabían de la única hija del causante y le ocultaron la herencia, por lo que restituyen frutos como poseedores de mala fe.
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Estado civil de hija no puede declararse en gestión voluntaria si hay contradictores
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del solicitante: la declaración de filiación produce efectos erga omnes y hay legítimos contradictores, por lo que exige un procedimiento contencioso.
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Jactancia por afirmar la calidad de cónyuge sobreviviente en una sucesión
Revoca y rechaza la demanda de jactancia: la demandada invocó su estado civil de cónyuge sobreviviente y el deseo de acreditarlo, no un derecho del que no esté gozando.
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Petición de herencia en representación de un hermano natural fallecido en 1994
Revoca en sentencia de reemplazo y rechaza la demanda: el padre del actor murió en 1994 como hijo natural, sin derechos en la herencia del hermano de madre, y la Ley 19.585 no lo alcanza.
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