Artículo 192 del Código de Aguas
Qué dice el artículo
ARTICULO 192°- Los acuerdos o resoluciones que declaren la existencia de la comunidad y fijen los derechos de los comuneros, se notificarán en la forma señalada en el artículo 188. Las demás resoluciones se notificarán en la forma ordinaria indicada en el Código de Procedimiento Civil.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de octubre de 1981 · promulgación: 13 de agosto de 1981 · Última modificación: 9 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Amparo de aguas contra la Junta de Vigilancia del Río Elqui por traslado de 74 acciones
Rechaza las casaciones de Sociedad Agrícola Montefraile: la falta de fundamentos no es causal en juicios de ley especial y el fondo ataca hechos sin denunciar normas reguladoras de la prueba.
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Comunidad de aguas sin registro: sus acuerdos de cuotas no tienen mérito ejecutivo
Casa de oficio en el fondo y rechaza los recursos de la ejecutada: sin registro en la Dirección General de Aguas, los acuerdos de la comunidad sobre gastos y cuotas no tienen mérito ejecutivo.
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Incorporación a la Comunidad de Aguas Canal Toma Honda del adjudicatario en remate
Rechaza el recurso de los demandados: los artículos 194 y 195 del Código de Aguas habilitaban la demanda, no el 188, y el recurso contraría los hechos fijados sin denunciar leyes reguladoras de la prueba.
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Cancelan inscripción de Comunidad Canal Melozal que incluía aguas reservadas al Estado
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la Comunidad de Aguas Canal Melozal: la forma no se preparó y el fondo ataca hechos fijados y no denuncia las normas decisorias de la litis.
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Amparo de aguas por exclusión del turno de reparto del Canal El Buitre
Rechaza la casación del demandado: el recurso no desarrolla las normas que cita, mezcla dos sentencias distintas y pretende alterar los hechos fijados sin probar infracción a las leyes de la prueba.
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Comuneros del Canal Perquenco que dejaron aguas en el río siguen debiendo cuotas
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de los demandados: el fallo no es contradictorio y la casación ataca el hecho fijado de que siguen siendo comuneros y deben 340,3350 Unidades de Fomento.
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Inmobiliaria Bretaña sigue siendo comunera del Canal Perquenco y debe pagar cuotas
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de Inmobiliaria Bretaña: el fallo no es contradictorio y la casación ataca el hecho fijado de que sigue siendo comunera y debe 33,4600 Unidades de Fomento.
Se muestran los 10 más recientes de 17 fallos.
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