Artículo 196 del Código de Aguas
Qué dice el artículo
ARTICULO 196°- Las comunidades se entenderán organizadas por su registro en la Dirección General de Aguas. Las comunidades de aguas que hayan cumplido con este requisito gozarán de personalidad jurídica y les serán aplicables las disposiciones del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, con excepción de los artículos 562, 563 y 564.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de octubre de 1981 · promulgación: 13 de agosto de 1981 · Última modificación: 9 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Perfeccionamiento de derechos de aguas del Estero Puangue no acreditados
Rechaza por manifiesta falta de fundamentos la casación de Agrícola Agua del Valle SpA, que contradice los hechos fijados, como que solo compró aguas subterráneas y que el derecho no se inscribió.
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Amparo de aguas contra la Junta de Vigilancia del Río Elqui por traslado de 74 acciones
Rechaza las casaciones de Sociedad Agrícola Montefraile: la falta de fundamentos no es causal en juicios de ley especial y el fondo ataca hechos sin denunciar normas reguladoras de la prueba.
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Comunidad de aguas sin registro: sus acuerdos de cuotas no tienen mérito ejecutivo
Casa de oficio en el fondo y rechaza los recursos de la ejecutada: sin registro en la Dirección General de Aguas, los acuerdos de la comunidad sobre gastos y cuotas no tienen mérito ejecutivo.
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Jactancia por cobro de cuotas de la Comunidad de Aguas Canal El Cristo
Rechaza el recurso de los demandados: se acreditaron los supuestos del artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, y las normas del Código de Aguas invocadas no fundaron lo resuelto.
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Cumplimiento de contrato sobre derechos de agua: inscripciones paralelas no acreditadas
Rechaza el recurso de la demandante: la inscripción de los derechos de agua acreditó el pago, las inscripciones paralelas no se probaron y revalorar la prueba es ajeno a la casación.
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Caudal por acción del Canal Petterson en el perfeccionamiento de títulos de aguas
Rechaza la casación de Inmobiliaria Socovesa Santiago S.A.: busca revalorar la prueba, y el informe de la Dirección General de Aguas pedido de oficio podía valorarse aunque llegó vencido el probatorio.
Lo que dice la Corte sobre el art. 196 «[…] Pues bien, de acuerdo al artículo 196 del referido texto legal, la constitución de la asociación, sus estatutos y las modificaciones de éstos se realizaran por escritura pública, la que sólo se debe registrar por la Dirección General de Aguas. […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 39723-2017
«[…] Pues bien, de acuerdo al artículo 196 del referido texto legal, la constitución de la asociación, sus estatutos y las modificaciones de éstos se realizaran por escritura pública, la que sólo se debe registrar por la Dirección General de Aguas. […]» (Corte Suprema, Rol 39723-2017, 21 de agosto de 2018). «[…] Pues bien, de acuerdo al artículo 196 del referido texto legal, la constitución de la asociación, sus estatutos y las modificaciones de éstos se realizaran por escritura pública, la que sólo se debe registrar por la Dirección General de Aguas. […]» (Corte Suprema, Rol 39723-2017, 21 de agosto de 2018). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-aguas/articulo-196#corte-1335204 -
Nulidad de comunidad de aguas y obras de drenaje en Ovalle sin drenaje ni registro
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación contra la nulidad de la comunidad: no hubo inversión de la carga de la prueba y el recurso busca alterar los hechos fijados.
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Incorporación a la Comunidad de Aguas Canal Toma Honda del adjudicatario en remate
Rechaza el recurso de los demandados: los artículos 194 y 195 del Código de Aguas habilitaban la demanda, no el 188, y el recurso contraría los hechos fijados sin denunciar leyes reguladoras de la prueba.
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Amparo de aguas del Canal derivado de Punitaqui sin título del demandante
Rechaza la casación del demandante: pide una nueva valoración de la prueba, y quedó fijado que no probó ser titular del derecho y que la Asociación no lo turbó al no entregarle agua.
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Asociación de Canalistas del Canal Zañartu: perfeccionar derechos sin probar el caudal
Rechaza la casación de la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu: no acreditó su vigencia, la titularidad de sus asociados ni la existencia del caudal que pedía perfeccionar.
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