Artículo 30 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Artículo 30.- Los escritos y documentos se presentarán por vía electrónica conforme se dispone en los artículos 5º y 6º, respectivamente, de la Ley General sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos Judiciales.
Los escritos se encabezarán con una suma que indique su contenido o el trámite de que se trata.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Confirma sin dar razones propias la sentencia de la Corte de Valparaíso y ordena remitir copia digitalizada de los antecedentes al Ministerio Público.
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Clausura municipal de una fábrica que funcionaba sin patente en Quinta Normal
Rechaza la casación en el fondo del reclamante: pretende alterar los hechos fijados sin denunciar normas reguladoras de la prueba y no hubo conducta municipal que generara confianza legítima.
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Libertad condicional negada pese a reunir los requisitos del Decreto Ley 321
Revoca la sentencia de la Corte de Santiago y acoge el amparo: el informe psicosocial de Gendarmería no es categórico sobre la falta de avances en la reinserción y se reúnen los requisitos del Decreto Ley 321.
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Libertad condicional negada pese a reunir los requisitos del Decreto Ley 321
Revoca la sentencia de la Corte de Santiago y acoge el amparo: el informe psicosocial de Gendarmería no es categórico sobre la falta de avances en la reinserción y se reúnen los requisitos del Decreto Ley 321.
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Revoca la sentencia de la Corte de Santiago y acoge el amparo: el informe psicosocial de Gendarmería no es categórico sobre la falta de avances en la reinserción y se reúnen los requisitos del Decreto Ley 321.
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Abandono del procedimiento en un juicio ejecutivo tributario tras sucesivos desarchivos
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación del Servicio de Tesorerías: pasó el término del artículo 153 sin gestión útil, que es la que lleva a realizar los bienes del deudor.
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Abandono del procedimiento en la reclamación del monto provisional de una expropiación
Rechaza la casación de la reclamante: el abandono es compatible con el Decreto Ley 2.186 y ella no notificó la sentencia definitiva a la contraparte dentro de los seis meses del artículo 152.
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Apelación presentada por buzón antes del último día: no puede negarse su concesión
Acoge de oficio el recurso de hecho de Inmobiliaria Lo Jacinto Limitada y concede su apelación: se presentó en plazo por un medio previsto para recibirla, aunque no fuera el último día.
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Prescripción de la acción ejecutiva prendaria cuando se invoca la cláusula de aceleración
Acoge la casación de la ejecutada y anula: el plazo de tres años corre desde el 18 de septiembre de 2003 y la demanda se notificó el 13 de noviembre de 2006, con la acción ya prescrita.
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