Artículo 320 del Código Procesal Penal (CPP)
Qué dice el artículo
Artículo 320.- Instrucci�nes necesarias para el trabajo de los peritos. Durante la etapa de investigación o en la audiencia de preparación del juicio oral, los intervinientes podrán solicitar del juez de garantía que dicte las instrucciones necesarias para que sus peritos puedan acceder a examinar los objetos, documentos o lugares a que se refiriere su pericia o para cualquier otro fin pertinente. El juez de garantía accederá a la solicitud, a menos que, presentada durante la etapa de investigación, considerare necesario postergarla para proteger el éxito de ésta.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Peritajes negados a la defensa tras la acusación por violación con femicidio
Remite la nulidad de la defensa a la Corte de Temuco: lo reprochado es una limitación de las facultades de la defensa, propia del artículo 374 letra c) del Código Procesal Penal, conforme al artículo 383.
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Tráfico de ketamina y éxtasis en pequeñas cantidades sin determinar su pureza
Rechaza la nulidad de la defensa: el artículo 4 de la Ley 20.000 no exige determinar la pureza y la ketamina y el éxtasis son sustancias capaces de provocar graves efectos tóxicos; con voto en contra.
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Tráfico en pequeñas cantidades sin informe de pureza de la droga
Rechaza las nulidades de las defensas de dos condenadas: la pureza no es exigencia del tipo del artículo 4° de la Ley 20.000, el ingreso al domicilio tuvo orden judicial y no cabe revalorar la prueba.
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Transporte de marihuana en un bus sin informe de pureza de la droga
Rechaza la nulidad de la defensa: el protocolo del artículo 43 de la Ley 20.000 no es exigencia del tipo, la marihuana está en el reglamento y negar atenuantes es facultad privativa de los jueces.
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Microtráfico de cannabis sin informe de pureza en procedimiento simplificado
Rechaza la nulidad de la defensa: el artículo 4° de la Ley 20.000 no exige determinar la pureza y el protocolo con las demás menciones del artículo 43 basta para fijar el objeto material del delito.
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Microtráfico de cocaína en recinto penitenciario de Valparaíso: pureza y agravante
Rechaza la nulidad de la defensa: los informes fijaron una concentración de cocaína no inferior al 5%, y la agravante del recinto penitenciario es aumento de pena que no se compensa con la atenuante.
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Microtráfico de marihuana, pasta base y fármacos sin informe de pureza
Rechaza la nulidad de la defensa: aun si faltara la pureza de la marihuana y la pasta base, el clonazepam y el alprazolam, cuya naturaleza y efectos se probaron, bastan para el objeto material del delito.
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Venta de cocaína base en la vía pública sin informe de pureza de la droga
Rechaza la nulidad de la defensa: el artículo 4° de la Ley 20.000 no exige determinar la pureza y la cocaína base figura en el reglamento entre las sustancias capaces de provocar graves efectos tóxicos.
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Ventas de cocaína base a un agente revelador sin informe de pureza de la droga
Rechaza las nulidades de dos condenados: el artículo 4° de la Ley 20.000 no exige la pureza y el protocolo con las demás menciones del artículo 43 basta para fijar el objeto material del delito.
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Tráfico de marihuana sin informe sobre la pureza de la droga
Rechaza la nulidad de la defensa: la pureza de la sustancia no es exigencia del tipo de tráfico de los artículos 1° y 3° de la Ley 20.000 y la cannabis sativa es capaz de dañar la salud.
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