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Artículo 464 del Código Procesal Penal

Qué dice el artículo

Artículo 464.- Internación provisional del imputado. Durante el procedimiento el tribunal podrá ordenar, a petición de alguno de los intervinientes, la internación provisional del imputado en un establecimiento asistencial, cuando concurrieren los requisitos señalados en los artículos 140 y 141, y el informe psiquiátrico practicado al imputado señalare que éste sufre una grave alteración o insuficiencia en sus facultades mentales que hicieren temer que atentará contra sí o contra otras personas.

Se aplicarán, en lo que fueren pertinentes, las normas contenidas en los párrafos 4º, 5º y 6º del Título V del Libro Primero.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 12 de octubre de 2000 · promulgación: 29 de septiembre de 2000 · Última modificación: 16 de octubre de 2026.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

  • Rol 30869-20262026-06-09Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Internación provisional cumplida en un recinto penal en espera de evaluación psiquiátrica

    Revoca y acoge el amparo: ordena trasladar al imputado en 72 horas a un centro de salud mental, porque mantenerlo en un recinto penal infringe los artículos 457 y 464 del Código Procesal Penal.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 464
    «[…] amagando su seguridad individual, pues ello importa que el imputado —sujeto a internación provisional— se mantenga privado de libertad en un recinto penal, contraviniéndose abiertamente lo previsto en el artículo 457 y 464 del Código Procesal Penal y el principio de responsabilidad que informa la actuación de todas las autoridades públicas de un Estado Democrático de Derecho […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 30869-2026

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  • Rol 27848-20262026-05-25Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Suspensión del procedimiento e internación de imputada con presunta enajenación mental

    Revoca y acoge el amparo: los informes médicos de ideación suicida y síntomas psicóticos son antecedentes calificados para presumir inimputabilidad; suspende el procedimiento y ordena internación provisional.

  • Rol 22395-20262026-05-05Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Imputado por desacato en internación provisional dentro de un recinto de Gendarmería

    Revoca y acoge el amparo: ordena trasladar al imputado en 72 horas a un centro de salud mental, porque mantenerlo en un recinto penal infringe los artículos 457 y 464 del Código Procesal Penal.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 464
    «[…] amagando su seguridad individual, pues ello importa que el imputado —sujeto a internación provisional— se mantenga privado de libertad en un recinto penal, contraviniéndose abiertamente lo previsto en el artículo 457 y 464 del Código Procesal Penal y el principio de responsabilidad que informa la actuación de todas las autoridades públicas de un Estado Democrático de Derecho […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 22395-2026

  • Rol 20137-20262026-04-22Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Imputado con esquizofrenia en internación provisional dentro de un recinto penal

    Revoca y acoge el amparo: ordena el traslado inmediato del imputado a un recinto asistencial, como exige el artículo 464 del Código Procesal Penal; la falta de cupos no lo excusa.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 464
    «[…] debe ser cumplida en un recinto asistencial idóneo para resguardar su salud y asistirlo médicamente de acuerdo a la patología que padece, en los términos ordenados en el artículo 464 del Código Procesal Penal, y no en un recinto penal, como acontece en la especie, sin que la falta de cupos sea óvide para soslayar el mandato legal […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 20137-2026

  • Rol 10880-20262026-03-25Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Imputado con esquizofrenia y consumo de drogas internado en un recinto penal

    Revoca y acoge el amparo: ordena el traslado inmediato del imputado a un recinto asistencial, como exige el artículo 464 del Código Procesal Penal; la falta de camas no lo excusa.

  • Rol 9572-20262026-03-10Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Internación provisional en Gendarmería desde junio de 2025 sin pericia psiquiátrica

    Revoca y acoge el amparo: ordena trasladar al imputado en 72 horas a un centro de salud mental, porque mantenerlo en un recinto penal infringe los artículos 457 y 464 del Código Procesal Penal.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 464
    «[…] amagando su seguridad individual, pues ello importa que el imputado —sujeto a internación provisional— se mantenga privado de libertad en un recinto penal, contraviniéndose abiertamente lo previsto en el artículo 457 y 464 del Código Procesal Penal y el principio de responsabilidad que informa la actuación de todas las autoridades públicas de un Estado Democrático de Derecho […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 9572-2026

  • Rol 5707-20262026-03-05Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Imputado con trastorno afectivo bipolar internado provisionalmente en un recinto penal

    Revoca y acoge el amparo: ordena el traslado inmediato del imputado a un centro de salud mental, como exige el artículo 464 del Código Procesal Penal; la falta de camas no lo excusa.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 464
    «[…] debe ser cumplida en un recinto asistencial idóneo para resguardar su salud y asistirlo médicamente de acuerdo a las afecciones que padece, en los términos ordenados en el artículo 464 del Código Procesal Penal, y no en un recinto penal, como acontece en la especie […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 5707-2026

  • Rol 4148-20262026-02-10Segunda Sala(Crimen) Apelación AmparoREVOCADA SENTENCIA APELADA QUE

  • Rol 3104-20262026-02-04Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Imputado con esquizofrenia paranoide en internación provisional en un recinto penal

    Revoca y acoge el amparo: ordena el traslado inmediato del imputado a un recinto asistencial, como exige el artículo 464 del Código Procesal Penal; la falta de camas no lo excusa.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 464
    «[…] debe ser cumplida en un recinto asistencial idóneo para resguardar su salud y asistirlo médicamente de acuerdo a la patología que padece, en los términos ordenados en el artículo 464 del Código Procesal Penal, y no en un recinto penal, como acontece en la especie, sin que la falta de camas sea óvide para soslayar el pleno respeto de las garantías fundamentales del amparado […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 3104-2026

  • Rol 2896-20262026-02-03Segunda Sala(Crimen) Apelación Amparo

    Segunda internación provisional simultánea por una causa distinta

    Revoca y acoge el amparo: deja sin efecto la segunda internación provisional, porque la imputada ya cumple una en otra causa, no la ha incumplido y nada indica que eludirá el procedimiento.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 464
    «[…] Que el artículo 464 del Código Procesal Penal regula el instituto de la internación provisional, haciendo aplicables en lo que fueren pertinentes, las normas contenidas en los párrafos 4º, 5º y 6º del Título V del Libro Primero, relativas a la prisión preventiva. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 2896-2026

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