Saltar al contenido
Folium

Artículo 94 de la Constitución Política de la República

Qué dice el artículo

Artículo 94.- Contra las resoluciones del Tribunal Constitucional no procederá recurso alguno, sin perjuicio de que puede, el mismo Tribunal, conforme a la ley, rectificar los errores de hecho en que hubiere incurrido. Las disposiciones que el Tribunal declare inconstitucionales no podrán convertirse en ley en el proyecto o decreto con fuerza de ley de que se trate. En el caso del Nº 16º del artículo 93, el decreto supremo impugnado quedará sin efecto de pleno derecho, con el solo mérito de la sentencia del Tribunal que acoja el reclamo. No obstante, el precepto declarado inconstitucional en conformidad a lo dispuesto en los numerales 2, 4 ó 7 del artículo 93, se entenderá derogado desde la publicación en el Diario Oficial de la sentencia que acoja el reclamo, la que no producirá efecto retroactivo. Las sentencias que declaren la inconstitucionalidad de todo o parte de una ley, de un decreto con fuerza de ley, de un decreto supremo o auto acordado, en su caso, se publicarán en el Diario Oficial dentro de los tres días siguientes a su dictación.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 11 de agosto de 1980 · promulgación: 8 de agosto de 1980 · Texto refundido: Decreto 100, publicado en el Diario Oficial el 22 de septiembre de 2005 · Última modificación: 16 de abril de 2026.

Sentencias destacadas

Actualizado el .

  • Rol 17791-20242026-07-21Primera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDO

    Indemnización por cotizaciones de salud pagadas en exceso por la tabla de factores

    Confirma con declaración y eleva a 550,749 Unidades de Fomento la indemnización por cotizaciones pagadas en exceso entre abril de 2017 y julio de 2021, pues aplicar la tabla de factores incumplió el contrato.

    Ver la ficha del fallo Ver fallo completo

  • Rol 197221-20232024-04-23Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Despido de funcionario civil de FAMAE tras la derogación de sus normas especiales

    Rechaza la unificación de FAMAE porque los fallos de contraste también aplicaron el Código del Trabajo al despido, de modo que no hay interpretaciones divergentes.

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 62146-20232024-04-23Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Despido de funcionario civil de FAMAE tras la derogación de sus normas especiales

    Rechaza la unificación de FAMAE porque los fallos de contraste también aplicaron el Código del Trabajo al despido, de modo que no hay interpretaciones divergentes.

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 62144-20232024-04-23Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Despido de funcionario civil de FAMAE tras la derogación de sus normas especiales

    Rechaza la unificación de FAMAE porque los fallos de contraste también aplicaron el Código del Trabajo al despido, de modo que no hay interpretaciones divergentes.

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 51964-20232024-04-23Cuarta Sala(Laboral) Unificación de Jurisprudencia

    Despido de funcionaria civil de FAMAE tras la derogación de sus normas especiales

    Rechaza la unificación de FAMAE porque los fallos de contraste también aplicaron el Código del Trabajo al despido, de modo que no hay interpretaciones divergentes.

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 2694-20112012-10-25Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FORMA Y FONDO

    Juez tributario delegado y derogación del artículo 116 del Código Tributario

    Invalida de oficio lo obrado desde fojas 80 porque, derogado el artículo 116 del Código Tributario, el juez tributario delegado carecía de jurisdicción en la causa pendiente.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 94
    «[…] la regla del artículo 94 inciso tercero parte final de la Constitución Política de la República significa entonces que la decisión no afecta a procesos terminados por sentencia firme con anterioridad a la fecha de publicación del fallo de inconstitucionalidad, pero sí afecta a las causas en actual tramitación, aun si las actuaciones que se han conformado al precepto irregular son anteriores a esa fecha. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 2694-2011

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 699-20102012-09-21Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Juez tributario delegado y derogación del artículo 116 del Código Tributario

    Invalida de oficio lo obrado desde fojas 84 porque, derogado el artículo 116 del Código Tributario, el juez tributario delegado carecía de jurisdicción en la causa pendiente.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 94
    «[…] la regla del artículo 94 inciso tercero parte final de la Constitución Política de la República significa entonces que la decisión no afecta a procesos terminados por sentencia firme con anterioridad a la fecha de publicación del fallo de inconstitucionalidad, pero sí afecta a las causas en actual tramitación, aun si las actuaciones que se han conformado al precepto irregular son anteriores a esa fecha. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 699-2010

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 4154-20102012-08-23Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Juez tributario delegado: derogación del artículo 116 del Código Tributario y nulidad

    Invalida de oficio lo obrado desde fojas 33 porque el artículo 116 del Código Tributario, que permitía delegar la jurisdicción, quedó derogado y el juez tributario delegado carecía de jurisdicción.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 94
    «[…] los efectos derogatorios generales previstos por el artículo 94 de la Carta Política no impiden reconocer su derogación por los tribunales en las causas de que conocen, desde que se ha originado la antinomia entre la norma legal y la disposición constitucional, ocasión en que, para los efectos de resolver el caso particular, la estipulación legislativa carece de efectos. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 4154-2010

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 428-20112012-08-23Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Juez tributario delegado: derogación del artículo 116 del Código Tributario y nulidad

    Invalida de oficio lo obrado desde fojas 29 porque el artículo 116 del Código Tributario, que permitía delegar la jurisdicción, quedó derogado y el juez tributario delegado carecía de jurisdicción.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 94
    «[…] los efectos derogatorios generales previstos por el artículo 94 de la Carta Política no impiden reconocer su derogación por los tribunales en las causas de que conocen, desde que se ha originado la antinomia entre la norma legal y la disposición constitucional, ocasión en que, para los efectos de resolver el caso particular, la estipulación legislativa carece de efectos. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 428-2011

    Ver la ficha del fallo

  • Rol 8695-20102012-08-23Tercera Sala(CIVIL) CASACIÓN FONDO

    Reclamo tributario fallado por juez delegado del Servicio de Impuestos Internos

    Invalida de oficio lo obrado desde fojas 13 porque el juez tributario delegado carecía de jurisdicción y repone la causa para que la provea el Director Regional; no se pronuncia sobre la casación.

    Lo que dice la Corte sobre el art. 94
    «[…] los efectos derogatorios generales previstos por el artículo 94 de la Carta Política no impiden reconocer su derogación por los tribunales en las causas de que conocen, desde que se ha originado la antinomia entre la norma legal y la disposición constitucional, ocasión en que, para los efectos de resolver el caso particular, la estipulación legislativa carece de efectos. […]»

    Cita textual · Corte Suprema, Rol 8695-2010

    Ver la ficha del fallo

Se muestran los 10 más recientes de 179 fallos.

Lo que dijo la administración sobre este artículo

Con tu cuenta buscas todos los dictámenes, oficios y circulares que citan este artículo.

Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.

Crear cuenta de prueba

Artículos que se citan junto a este

Más de Folium