Contraloría General de la República · Compras Públicas (Ley 19.886)
Ejecución y Modificación del Contrato
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Ejecución y Modificación del Contrato, del más reciente al más antiguo. Página 10.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Compras Públicas (Ley 19.886), que incluye Ejecución y Modificación del Contrato, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Compras Públicas (Ley 19.886)Pronunciamientos
-
La Contraloría concluye que la DCCP actuó correctamente al terminar anticipadamente el convenio marco de Importadora Helico por no renovar oportunamente la garantía de fiel cumplimiento, causal expresamente prevista en las bases, por lo que desestima el reclamo.
-
La prenda sin desplazamiento y el mandato de cobro suscritos por el proveedor con un privado son válidos según el derecho común y no transfieren el contrato ni impiden al CRS fiscalizar, multar o terminar anticipadamente; los pagos solo proceden certificada la recepción conforme.
-
La Contraloría concluye que el sistema de boletas electrónicas del SII se implementó conforme a la normativa y a las bases de licitación, desestimando los reclamos: la modalidad offline operó al iniciar su obligatoriedad y las notas de crédito no estaban exigidas en dichas bases.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el addéndum N° 2 del convenio, entendiendo que el plazo máximo de ejecución de los servicios de carena es de 718 días corridos, dato omitido en la cláusula tercera.
-
La Contraloría toma razón del documento que aprueba una modificación al contrato de servicios tecnológicos del Sistema de Transporte Público de Santiago con Sonda S.A., reiterando al ministerio que debe arbitrar medidas para licitar con la debida anticipación.
-
Carabineros hizo efectiva la garantía de fiel cumplimiento para cobrar multas impagas, pero como su monto excedía el de las multas, la Contraloría concluye que debe restituirse el remanente al proveedor, informando en 30 días.
-
La Contraloría concluye que JUNAEB calculó correctamente la multa del Control C4, aplicando la fórmula de las bases de licitación, por lo que desestima el reclamo de la empresa.
-
La Contraloría concluye que, aunque las bases de estas licitaciones no fijaron un tope máximo de multas, por excepción y por esta vez se debe aplicar como tope el establecido en otras bases similares que sí cumplan esa exigencia reglamentaria.
-
La Contraloría concluye que Carabineros actuó conforme al contrato al multar a FYK Comercial por entregar fuera de plazo, pues el término anticipado tras 20 días era facultativo y la empresa no invocó fuerza mayor oportunamente.
-
La Contraloría toma razón de la resolución que aprueba el contrato por trato directo para adquirir insumos de laboratorio, por ajustarse a derecho, con el alcance de que la Subsecretaría debe aplicar al proveedor la medida prevista en la cláusula sexta por el incumplimiento del plazo de entrega.