Contraloría General de la República · Obras Públicas y Concesiones
Modificaciones de Obra y Mayores Gastos
Los pronunciamientos de la Contraloría General de la República sobre Modificaciones de Obra y Mayores Gastos, del más reciente al más antiguo. Página 3.
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Obras Públicas y Concesiones, que incluye Modificaciones de Obra y Mayores Gastos, y con tu cuenta buscas entre todos describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Obras Públicas y ConcesionesPronunciamientos
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La Contraloría concluye que, aunque el contrato es a suma alzada sin reajuste, la demora en la entrega del terreno da derecho a aumento de plazo y pago de mayores gastos generales si afectó el programa; rechaza pagos por la pandemia y el alza de materiales.
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La Contraloría concluye que la DAP puede liquidar de inmediato el contrato terminado anticipadamente, sin esperar el término del nuevo contrato, usando las garantías solo para el mayor valor de las partidas originales, no de obras adicionales.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato "Construcción puente Viluco - El Vínculo y accesos" por faltar antecedentes esenciales (cumplimiento de partidas, expropiaciones, modificaciones, seguros, informes, planos as built, auditorías, estados de pago y certificado laboral), y pide explicaciones sobre la deflactación de obras extraordinarias y advierte un error en la fecha de inicio del contrato.
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La Contraloría no da curso al instrumento que ordena pagar una indemnización de mayores gastos generales por 298 días en el contrato del Hospital de Calama, por no acreditarse los requisitos de las bases ni la imputación presupuestaria.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato del puente Bicentenario, pues la documentación remitida no permite superar todas las observaciones del oficio N° E197866, de 2022.
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La Contraloría no da curso al instrumento que autoriza pagar mayores gastos generales en el contrato “Restauración Palacio Pereira”, pues los antecedentes no acreditan las circunstancias exigidas, y ordena remitir informes y practicar la liquidación final del contrato.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de mejoramiento de canales en Lota, pues los antecedentes adjuntos no permiten superar todas las observaciones formuladas en la representación anterior.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato "Reposición Puente Quinchilca", por omitir el adendum al convenio N° 2, presentar inconsistencias en plazos y documentos incompletos o faltantes.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de pozos, por observaciones sobre modificaciones al convenio, seguros, estados de pago, antecedentes faltantes y obras extraordinarias mal calificadas. Además, instruye devolver las retenciones tras la recepción única de las obras.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de agua potable Santa Olga por falta de antecedentes técnicos, económicos y de respaldo de las modificaciones y obras ejecutadas.
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La Contraloría concluye que, aunque el convenio no fue aprobado formalmente, la DOH debe regularizar y pagar la partida 12.3 ejecutada y recepcionada, reexaminar las indemnizaciones por paralización y término anticipado, e instruir un sumario administrativo.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación del contrato de construcción del Sistema de Regadío Cuncumén, por faltar antecedentes esenciales y observaciones a los estados de pago y ampliaciones de plazo.
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La Contraloría rechaza la reconsideración de la constructora que pedía aumentar el valor de un contrato a suma alzada por mayores costos del COVID-19, pues el reglamento de obras públicas no permite modificar el precio por caso fortuito o fuerza mayor.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba el pago de una indemnización por mayores gastos generales, pues los antecedentes no subsanan todas las observaciones del oficio N° E145680, de 2021.
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La Contraloría no acoge la solicitud de fiscalización general de las obras de Claro Vicuña Valenzuela: el detalle de plazos y modificaciones debe pedirse a cada servicio, y ejercerá su control según sus planes y programas de auditoría.
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La Contraloría concluye que no procede indemnizar por la demora en la entrega de terrenos ni por los costos de desconexión, pero sí corresponde pagar, según precios unitarios, los desvíos y las obras de relleno y asfalto ejecutadas.
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La Contraloría toma razón del instrumento que aprueba la liquidación del contrato de obra "Construcción Caleteras Ruta 5 Sur", terminada en 2016, e instruye a la dirección coordinarse y resguardar los antecedentes de los contratos.
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La Contraloría reconsidera el oficio que negaba reajustar las sumas adeudadas a Dragados por multas excesivas y mayores obras, pues la demora imputable a la Administración alteró el equilibrio económico. Concluye que deben actualizarse según el IPC.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la indemnización por mayores gastos generales, pues no se acredita que la ampliación de plazo de 187 días haya afectado la ruta crítica conforme a los artículos 146 y 147 del Reglamento de Contratos de Obras Públicas.
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La Contraloría no dio curso al instrumento que aprueba el convenio modificatorio N° 4 del estudio de ingeniería, por faltar antecedentes que justifiquen las variaciones de partidas y plazos, y formula observaciones formales y solicita explicaciones.
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La Contraloría no da curso al instrumento que aprueba la liquidación final del contrato de obras viales en la Región de Los Lagos, por falta de antecedentes que respalden ampliaciones de plazo, inconsistencias en el programa de trabajo y documentación omitida.
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La Contraloría concluye que la demora en el traslado de postes eléctricos, ajena a la contratista, constituye fuerza mayor que afectó la programación de las obras, por lo que la DOP debe otorgar un aumento de plazo y recalcular las multas aplicadas.
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La Contraloría toma razón del decreto que modifica, por interés público, obras y servicios del contrato de concesión del Aeropuerto Diego Aracena de Iquique, con el alcance de que debe ponderarse aplicar multas por incumplimiento en la entrega de modificaciones de los proyectos de ingeniería.