Artículo 1961 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1961. Extinguiéndose el derecho del arrendador por hecho o culpa suyos, como cuando vende la cosa arrendada de que es dueño, o siendo usufructuario de ella hace cesión del usufructo al propietario, o pierde la propiedad por no haber pagado el precio de venta, será obligado a indemnizar al arrendatario en todos los casos en que la persona que le sucede en el derecho no esté obligada a respetar el arriendo.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Rentas por término anticipado del arriendo: reajuste pactado y acuerdo por WhatsApp
Rechaza ambas casaciones contra la condena de nueve meses de renta, $7.650.000: no citan normas decisorias de la litis e intentan alterar los hechos sobre la renta aplicable y el acuerdo por WhatsApp.
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Terminación de arrendamiento por extinción del derecho del arrendador
Rechaza la casación de la demandada por manifiesta falta de fundamento: no denunció infringidas normas decisorias de la litis, como los artículos 1, 6, 8 N° 7 y 21 de la Ley N° 18.101.
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Gastos de reparación del inmueble arrendado: la arrendadora debe compensarlos
Rechaza la casación de la arrendadora demandada por no denunciar las normas decisorias de la Ley N° 18.101 y del Código Civil, y por discutir hechos fijados sobre su consentimiento, las obras y su valor.
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Precario contra arrendataria con contrato celebrado con el anterior propietario
Acoge la casación de la demandada e invalida la sentencia: el arrendamiento con el anterior dueño excluye el precario, y su vigencia debe resolverse conforme al Código Civil y la Ley N° 18.101.
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Muerte de la arrendadora no extingue su derecho: los herederos la suceden en el arriendo
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandante: los herederos ocupan la posición jurídica de la arrendadora fallecida, por lo que su derecho no se extinguió con la muerte.
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Cobro de rentas de Inmobiliaria Plaza Chacabuco tras la venta del inmueble arrendado
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada, que no denunció como infringidos el artículo 1977 del Código Civil ni la Ley N° 18.101, base de la demanda y del fallo.
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Término de arriendo por no pago y legitimación activa de la nueva arrendadora
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la demandada: la legitimación de la demandante es un hecho asentado e inamovible, y varias normas citadas no se desarrollaron.
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Inversiones Maule pide terminar un arriendo por extinción del derecho del arrendador
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la demandante: no denunció las normas decisorias de la litis, como los artículos 1950, 1961 y 1962 del Código Civil, ni las reguladoras de la prueba.
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Indemnización al arrendatario por la venta del departamento arrendado a un tercero
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de los demandantes, que buscan alterar los hechos sobre la falta de prueba de los perjuicios sin denunciar leyes reguladoras de la prueba.
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Extinción del derecho del arrendador: el inmueble 5616 y el 5616-B son el mismo
Acoge la casación en el fondo de Cargioli SpA: los jueces infringieron la sana crítica al imponerle probar que el inmueble no estaba dividido, carga que correspondía a los demandados; rechaza la de forma.
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