Artículo 309 del Código de Aguas
Qué dice el artículo
ARTICULO 309°- Los derechos de aprovechamiento otorgados con anterioridad a este Código, y que no estén expresados en volumen por unidad de tiempo, se entenderán equivalentes al caudal máximo legítimamente aprovechado en los cinco años anteriores a la fecha que se produzca controversia sobre su cuantía.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 29 de octubre de 1981 · promulgación: 13 de agosto de 1981 · Última modificación: 9 de octubre de 2026.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
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Perfeccionamiento de derechos de agua de Viña Santa Rita en el río Cachapoal
Rechaza la casación de Viña Santa Rita: las normas invocadas no regulan la prueba y no impugnó la posible afectación de la Empresa Nacional de Electricidad, razón determinante para fijar 2,4 litros por segundo.
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Reivindicación de aguas servidas tratadas de Copiapó contra Aguas Chañar S.A.
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la demandante: no hubo ultrapetita y las normas del Código de Aguas invocadas no permiten establecer la singularidad de la cosa reivindicada.
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Perfeccionamiento de derechos de aguas inscritos como acciones en una comunidad de aguas
Rechaza la casación de la Dirección General de Aguas: la inscripción de la comunidad detalla las 6,66 acciones del actor, y el recurso solo discute la valoración de la prueba.
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Perfeccionamiento de derecho de aguas fundado en inscripción de una comunidad de aguas
Acoge el recurso de la Dirección General de Aguas y anula el fallo: la inscripción invocada deriva de la de una comunidad de aguas y no acredita el título del derecho que se pedía perfeccionar.
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Perfeccionamiento de derechos de aguas: analizar el título no es ultrapetita
Rechaza la casación en la forma de la demandante, porque el auto de prueba incluyó el título que la habilita y analizar su aptitud no extendió la decisión a puntos no sometidos al tribunal.
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Regularización de acciones del Canal Waddington sin individualizar el derecho inscrito
Rechaza la casación del solicitante: el recurso ataca hechos fijados por los jueces del fondo, que descartaron que el derecho vendido corresponda al inscrito, sin denunciar normas reguladoras de la prueba.
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Codelco no puede perfeccionar como consuntivo un derecho con punto de restitución
Rechaza la casación de Codelco Chile División El Teniente: si el título fija un punto de restitución el derecho se presume no consuntivo, y su uso consuntivo por cinco años va a regularización.
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Perfeccionamiento de un derecho de agua del río Cachapoal: caudal de 45 litros por segundo
Acoge en parte la demanda en reemplazo: fija las características del derecho y solo 45 litros por segundo, pues no se probó un caudal mayor al reconocido por la Dirección General de Aguas.
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Perfeccionamiento de derechos de agua de Novare Agrícola Forestal: caudales objetados
Rechaza el recurso de la Dirección General de Aguas, que objetaba los caudales fijados, porque no denunció infringidas las normas que deciden el pleito, como los artículos 7, 122 y 309 del Código de Aguas.
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Perfeccionamiento del caudal de un derecho de aguas del canal Angostura
Rechaza la casación en el fondo del demandante, porque solo denunció normas de prueba y no los artículos 122, 309 y 311 del Código de Aguas, que deciden el caudal, de modo que los errores no influirían.
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